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Monica Bellucci: «No me da miedo envejecer. No es una enfermedad»

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MADRID, 21 Sep. (CHANCE) – Monica Bellucci se ha convertido en la protagonista del nuevo número de Elle junto a su compatriota Chiara Ferragni. La estrella del cine italiano habla sin tapujos de como se encuentra a sus 53 años: «En este momento de mi existencia tengo ganas de dulzura, de paz. Pero otra parte de mí sigue siendo pasional, temperamental. De lo contrario, sería el final. Digamos que, con el tiempo, voy tomando distancia».

En lo referente al paso del tiempo, Bellucci no siente ninguna presión pues ella se siente radiante año tras año: «No me da miedo envejecer. No es una enfermedad: es simplemente la continuación de una feminidad que se expresa de forma diferente».

Mujer fuerte, Monica siempre ha querido alejar a sus hijas de la vorágine de la prensa: «Velo por que mi vida pública no salpique a mis hijas. Y no me refiero a mis elecciones artísticas; sigo siendo una actriz libre. Hablamos de ellas, no de mí. Aunque cometa errores, me gustaría pensar que lo he hecho todo lo mejor que he podido. El amor es la clave. Un niño querido ya posee la respuesta a por qué está en la Tierra».

Y sobre su larga carrera cinematográfica, la musa de Dolce & Gabbana explica que «tengo una parte oscura, pero he disfrutado de la oportunidad de vivirla a través del cine. Si no, nunca habría rodado Irreversible, ni La pasión de Cristo ni Malena».

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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