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Muere Luis Roldán, exdirector de la Guardia Civil, a los 78 años

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Muere Luis Roldán, exdirector de la Guardia Civil, a los 78 años

Luis Roldán, exdirector general de la Guardia Civil, , ha fallecido a los 78 años está madrugada en el hospital San Juan de Dios de Zaragoza, donde permanecía hospitalizado, según informa el Heraldo de Aragón.

Nacido en Zaragoza en 1943, Roldán fue nombrado director general de la Guardia Civil tras ejercer como delegado de Gobierno en Navarra entre los años 1982 y 1986.

En febrero de 1995, Luis Roldán fue detenido por policías españoles en el aeropuerto de Bangkok (Tailandia). Fue juzgado por la Audiencia Nacional y condenado a 28 años de cárcel, por malversación de fondos públicos, cohecho, fraude fiscal y estafa. Hasta 435 millones de pesetas de los fondos reservados y 1.800 millones en comisiones, relacionadas con su programa de modernización de las casas cuartel, se calculó que pudo haberse llevado durante su etapa como director general de la Guardia Civil. Además, se le impuso una multa de 1.600 millones de pesetas y una indemnización al Estado de 578,9 millones.

Desde febrero de 1995, Roldán permaneció en la cárcel femenina de Brieva, hasta que en el 2005 la Audiencia de Madrid le permitió salir de la cárcel para trabajar. Pero no fue hasta el año 2010 cuando abandonó prisión, después de 15 años de condena.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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