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La madre de la niña desparecida en Cullera tiene un orden judicial de busca y captura

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niña desaparecida en Cullera

València, 4 feb (OFFICIAL PRESS-EFE).- La madre de la niña de 6 años desaparecida en Cullera (Valencia) figura como investigada en la causa abierta por un juzgado de Sueca por posible sustracción de menores, y sobre ella consta una orden de busca y captura al no haber sido localizada para entregarle una citación judicial para declarar.

Así lo han explicado este lunes fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que han indicado que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sueca abrió el 24 de enero la causa, tras la denuncia que presentó el padre de la niña el 19 de enero ante la Guardia Civil.

El padre expuso que su expareja debía entregarle a la niña ese día en cumplimiento del régimen de visitas que los dos progenitores habían acordado días antes en un juicio -en el marco de un procedimiento civil sobre guardia y custodia- celebrado en el mismo órgano judicial, que tiene atribuidas también las competencias en materia de Familia en el partido judicial de Sueca.

El juzgado abrió una causa el 24 de enero por posible sustracción de menores y el 30 de enero, al constatar que la Policía Local no localizaba a la madre para entregarle la citación a declarar en sede judicial, cursó una orden de busca y captura contra ella y ofició a la Policía Judicial de la Guardia Civil de Cullera para que realizara las gestiones necesarias a fin de ponerla a disposición judicial.

La niña desaparecida en Cullera

niña desaparecida en Cullera

Imagen publicada en la web del Ministerio del Interior con la desaparición de Agatha.

Piden colaboración ciudadana

Si alguien cree que ha visto a la niña o se encuentra con ella, puede ponerse en contacto con la Guardia Civil en el 062 o con la Policía Local de Valencia. Vía online igualmente se puede informar sobre cualquier dato que se tenga de un desaparecido o una desaparecida en el CNDES, dependiente del Ministerio del Interior, a través de su página web.

Desde la Asociación SOS Desaparecidos también han publicado en la red social X los datos de la menor para encontrarla. «Desaparecida. Pendiente de clasificación», han escrito junto a la foto de la pequeña.

Tipos de desapariciones

Desaparición Voluntaria

Tal y como informa SOS Desaparecidos Las desapariciones voluntarias se definen como aquéllas que tienen lugar, tal y como su nombre indica, de forma voluntaria. Es decir, la persona que desaparece lo hace sin ningún tipo de condicionante externo que le obligue a tomar esta decisión, y cuya voluntad es no ser hallada o no facilitar información sobre su vida privada, domicilio, u cualquier dato que afecte a su vida personal y del ámbito de la intimidad a los familiares o personas con derecho a conocer sobre su situación o derecho a localizarla.

La motivación y causa de justificación de esta decisión discrecional y facultativa puede venir dada por muy diversas razones, como son las de carácter familiar, personal, sentimental, laboral, económicas u otras muchas.

Las desapariciones voluntarias se pueden, a la vez, subdividir en diferentes grupos, como son:

-Fugas de personas menores de edad.

-Fugas de personas menores de edad de los centros de protección (en este apartado estaría incluida la categoría de los menores emigrantes no acompañados (MENAS)

-Desapariciones intencionadas de personas mayores de edad, y con plena capacidad jurídica y de obrar.

Desaparición Involuntaria

Se catalogan como desapariciones involuntarias aquéllas en las que la persona desaparece por causas externas y ajenas a su voluntad, siempre y cuando dichos motivos no tengan su origen ni estén basados en hechos que revistan indicios racionales de criminalidad. En este apartado, se pueden circunscribir las desapariciones de personas, tanto mayores como menores de edad, que tengan su razón de ser en alguna de las siguientes causas:

Sin Causa Aparente. Se comprenden en este apartado las desapariciones que no puede englobarse en ninguno de los demás apartados establecidos. Por lo tanto, se incluirían aquellos casos en los que la persona desaparece y se ausenta de su residencia habitual y se ignora su paradero, no existiendo ningún motivo aparente o conocido para que tal hecho se produzca.

De esta forma, la búsqueda de la persona desaparecida viene generada por razones de su propia seguridad o ante la demanda de los familiares o personas allegadas, y por interés social.
A posteriori dicha desaparición puede ser calificada como voluntaria, involuntaria de otra naturaleza, o incluso forzosa.

-Personas con deterioros cognitivos, trastornos mentales, enfermedades neurodegenerativas, personas con discapacidad, etc.

– Accidentes.

-Catástrofes provocadas por causas naturales o derivadas de la acción-humana (carácter accidental o intencionado).

Desaparición Forzosa

En esta categoría, las desapariciones forzosas, se incluirían aquéllas que están basadas en un hecho delictivo o una actividad criminal, y que afectan tanto a personas menores como mayores de edad Al igual que en las tipologías anteriores, ésta se segmenta en diferentes subgrupos, siendo los siguientes:

-Desapariciones de personas fundadas en un entorno o ámbito delictivo.

-Sustracción parental de menores de edad (nacional e internacional).

-Echados/Expulsados del hogar (menores y personas discapacitadas)

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Sucesos

El asesinato de la valenciana Pilar Garrido en México da un giro nueve años después

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Jorge Fernández, condenado en 2019 a 47 años de prisión por el feminicidio, ha sido absuelto tras detectarse dos irregularidades en la sentencia. La familia de la valenciana denuncia que nadie le comunicó oficialmente su excarcelación.

El caso del asesinato de la valenciana María del Pilar Garrido Santamans, ocurrido en México en julio de 2017, ha dado un giro judicial casi nueve años después. Jorge Fernández, su marido y único condenado por el crimen, ha quedado en libertad después de que la Justicia mexicana revocara la condena de 47 años de prisión que pesaba sobre él y dictara una sentencia absolutoria.

La Sala Colegiada en Materia Penal de Tamaulipas acordó la absolución el pasado 28 de octubre, después de revisar el caso por orden de un tribunal federal. Fernández permanecía encarcelado en Ciudad Victoria desde hacía años y había sido condenado por el feminicidio de su esposa.

La decisión deja el asesinato de Pilar Garrido sin ningún responsable penalmente condenado. Sin embargo, la absolución no significa que se haya demostrado la inocencia del marido, sino que el tribunal considera que las pruebas presentadas por la Fiscalía no permiten mantener la condena en los términos en que fue dictada.

Dos errores en la sentencia que condenó al marido de Pilar Garrido

El origen de la excarcelación está en el amparo directo 497/2024, resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Decimonoveno Circuito. Este órgano federal detectó dos irregularidades en la fundamentación de la condena y ordenó a la Sala penal de Tamaulipas volver a examinar las pruebas.

El tribunal federal no declaró inocente a Jorge Fernández ni resolvió que no hubiera cometido el crimen. Su intervención se centró en los defectos procesales de la sentencia y en la forma en que se habían valorado los elementos utilizados para condenarlo.

El primero de los errores estaba relacionado con la carga de la prueba. La sentencia había considerado que el marido no había conseguido demostrar su versión de los hechos, según la cual unos desconocidos habían interceptado el vehículo familiar y secuestrado a Pilar. A partir de esa falta de acreditación se había reforzado la hipótesis de su responsabilidad.

El tribunal federal consideró que ese razonamiento era incorrecto: que la versión del acusado no resulte creíble no demuestra automáticamente que la hipótesis de la Fiscalía sea cierta. La responsabilidad penal debía acreditarla la acusación, sin obligar al procesado a demostrar su inocencia.

La segunda irregularidad afectaba a las primeras declaraciones de Fernández. Cuando denunció la desaparición de su mujer, las autoridades todavía lo trataban como denunciante y supuesto perjudicado por el secuestro. Sin embargo, esas manifestaciones fueron utilizadas posteriormente como indicios en su contra.

El tribunal entendió que no podían incorporarse de esa manera para fundamentar la condena, especialmente después de que el acusado se acogiera a su derecho a no declarar durante el juicio oral.

Tras recibir la orden de revisar el caso, la Sala estatal volvió a valorar las pruebas y dictó la absolución el 28 de octubre. La resolución todavía puede ser recurrida.

La familia de Pilar se entera de la libertad por una llamada

La excarcelación ha provocado una nueva conmoción en el entorno de la valenciana. Según la información publicada por medios mexicanos y españoles, la familia de Pilar no habría recibido una comunicación oficial sobre la salida de prisión de Jorge Fernández.

Fue el propio hombre quien telefoneó a Raquel Garrido, hermana de la víctima y tutora del hijo de ambos, para comunicarle que había recuperado la libertad.

El niño tenía apenas un año cuando desapareció su madre y ahora tiene diez. La familia vuelve a enfrentarse a la incertidumbre sobre un crimen que marcó su vida y que, tras la resolución judicial, se queda sin una condena firme contra el único acusado.

El asesinato de Pilar Garrido en México en 2017

María del Pilar Garrido Santamans tenía 34 años y un hijo pequeño cuando fue asesinada en julio de 2017 en el estado mexicano de Tamaulipas. La valenciana había pasado unos días con su marido y el niño en la zona turística de La Pesca, en el municipio de Soto de la Marina.

Durante el regreso a su domicilio de Ciudad Victoria, Fernández aseguró que un vehículo les cortó el paso y que varios hombres armados se llevaron a su esposa. Según su relato, los asaltantes le obligaron a bajar del coche y secuestraron a Pilar.

La investigación policial descartó posteriormente la versión del secuestro y dirigió las sospechas hacia el marido. La Fiscalía sostuvo que la mujer había sido asesinada y que murió estrangulada.

En 2019, Jorge Fernández fue condenado a 47 años de prisión por el feminicidio. La sentencia se convirtió durante años en la principal respuesta judicial al asesinato de la valenciana.

Ahora, la revisión de las pruebas y los errores detectados en la fundamentación de la condena han cambiado el rumbo del procedimiento. La absolución deja sin efecto la pena de prisión y abre una nueva etapa para la familia de Pilar, que vuelve a reclamar justicia casi nueve años después de su muerte.

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