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Valencia

La Comunitat superará la próxima semana el millón de vacunas administradas

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personas vacunadas en la comunidad valenciana

València, 3 abr (EFE).- La Comunitat Valenciana superará la próxima semana el millón de dosis de vacunas contra la covid administradas, y más del 15 % de la población de esta autonomía habrá recibido, al menos, una dosis de la vacuna.

Así lo ha avanzado el president de la Generalitat, Ximo Puig, quien ha visitado, junto la consellera de Sanidad, Ana Barceló, las obras del Centro Sanitario Rois de Corella de Gandia y posteriormente el Ayuntamiento del municipio valenciano.

En concreto, durante la próxima semana se administrarán unas 224.000 dosis de vacunas (123.000 de Pfizer; 3.200 de Moderna y más de 97.000 de AstraZeneca), lo que supone el récord de vacunas administradas en una semana en la Comunitat.

De Pfizer, se pondrán 120.000 dosis a personas mayores de 80 años, y de 79 y 78 años, y otras 3.000 segundas dosis a colectivos que ya recibieron la primera, mientra que de Moderna se administrarán 3.200 segundas dosis.

Con AstraZeneca se aplicarán 91.500 dosis a personas de 64 y 65 años y 5.840 dosis a otros colectivos de ámbito social y sanitario.

El president ha desgranado el balance de vacunación a día de hoy, y ha señalado que después de vacunar al colectivo de personal docente, se han administrado un total de 912.484 dosis de vacuna, lo que supone que el 12,36 % de valencianos y valencianas ya han recibido alguna dosis, y el 5,7 % tienen la pauta completa.

A las personas mayores residentes se les han administrado 29.726 primeras dosis y 26.817 segundas, lo que significa que el 98 % han recibido una dosis y el 90 % tienen ya las dos dosis.

El personal sanitario y sociosanitario ha recibido 161.382 primeras dosis y 114.989 segundas, de manera que el 90 % han sido vacunado con la primera dosis y el 64,5 %, con las dos pertinentes, mientras que 43.014 grandes dependientes tienen la primera vacuna y 22.280, la segunda también.

En cuanto a las persones mayores de 80 años, 240.966 han recibido la primera vacuna (el 84 %) y 122.632, las dos (43 %), mientras que las fuerzas de seguridad y protección civil han recibido 25.333 primeras dosis (86 %) y el personal docente, 125.195 (86 %).

En declaraciones a los periodistas, el president también ha insistido en que las buenas cifras de la Comunitat Valenciana, con la incidencia acumulada más baja de toda España, no nos pueden hacer bajar la guardia en estos días festivos, y ha pedido restringir al máximo los contactos para poder tener la máxima normalidad en verano.

Asimismo, ha agradecido «la eficacia y eficiencia» del Ayuntamiento de Gandia en la distribución de los fondos del Plan Resistir de la Generalitat, y ha avanzado que habrá un Plan Resistir Plus con los fondos del Gobierno central, que permitirá llegar a más sectores afectados por la crisis derivada de la pandemia.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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