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Pilar Rubio lanza su tienda de moda online para copiar sus ‘looks’

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Pilar Rubio ha anunciado este lunes la apertura de su nueva tienda de moda online. La presentadora ha comunicado este gran noticia a través de sus redes sociales, donde ya venía preparando el terreno en los últimos días. En ‘MyShopList by Pilar Rubio’ pondrá a la venta todas las prendas de sus looks, y es que sus modelitos siempre han causado sensación entre sus seguidoras. Ahora ya, los seguidores más fieles a la colaboradora de El Hormiguero no tendrán problema porque podrán elegir en su tienda online los looks que más les haya gustado para vestirlos tan bien como ella.

Ha sido en su cuenta de Instagram donde ha acompañado la buena noticia con algunas de las prendas más rompedoras que se podrán adquirir en la web. Así, la polifacética presentadora da el salto al mundo de la moda, y nada menos que con esta nueva aventura como empresaria. Con este mensaje ha advertido a todos sus seguidores de este nuevo proyecto: «¡Buenos días! Por fin nuestra tienda online @pilarrubio_myshoplist está ya disponible Podéis encontrar todos los looks en www.pilarrubio.com ¡Espero que os guste!».

Esta innovadora apuesta ocurre en el marco de los preparativos de su boda con Sergio Ramos. La pareja contraerá matrimonio el próximo 25 de junio en Sevilla, rodeados de familiares y sus amigos. Y es que tras años de noviazgo y tres hijos en común, el futbolista y la presentadora han decidido pasar por el altar y afianzar así su familia.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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