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Valencia

Magüi Mira, Ricard Camarena, Isabel Sanchis y Ángeles López Artiga reciben los Premios al Mérito Cultural Ciudad de València

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La alcaldesa María José Catalá entrega los galardones en la Lonja de la Seda en la IV edición de los premios

La actriz y directora teatral Magüi Mira, el chef Ricard Camarena, la diseñadora de moda Isabel Sanchis y la compositora, música y pedagoga Ángeles López Artiga han sido distinguidos este lunes con los Premios al Mérito Cultural Ciudad de València, en su cuarta edición.

El acto de entrega, presidido por la alcaldesa de València, María José Catalá, se ha celebrado en el salón columnario de la Lonja de la Seda, y ha contado con la presencia del concejal de Acción Cultural, Patrimonio y Recursos Culturales, José Luis Moreno, así como de representantes del ámbito cultural, político, económico y social de la ciudad. También han asistido la consellera de Cultura, Carmen Ortí Ferrer, y el presidente del Consell Valencià de Cultura, José María Lozano.

Reconocer la excelencia cultural valenciana

Durante su intervención, la alcaldesa ha destacado que estos premios tienen como objetivo “reconocer a quienes, desde la creación artística y cultural, contribuyen a construir una València más consciente de lo que es y más ambiciosa respecto a lo que puede llegar a ser”.

Los Premios al Mérito Cultural Ciudad de València, creados en 2023, reconocen la trayectoria, el reconocimiento crítico, la proyección nacional e internacional y la repercusión cultural de las personas galardonadas. Según Catalá, estos galardones ponen en valor “la verdad, la autenticidad y la excelencia de trayectorias que dejan huella”.

“Detenernos a reconocer la excelencia cultural es también una forma de cuidar el futuro”, ha subrayado la alcaldesa, quien ha definido València como una ciudad “plural, creativa e inconformista”, rasgos que, según ha señalado, comparten las personas premiadas.

Ricard Camarena, gastronomía como lenguaje cultural

Sobre el chef Ricard Camarena, hijo adoptivo de la ciudad, María José Catalá ha afirmado que “es mucho más que uno de los grandes nombres de la gastronomía contemporánea”. La alcaldesa ha destacado su capacidad para convertir la cocina en un acto cultural “profundo, honesto y emocionante”, siempre desde el respeto al producto, al territorio y a la tradición.

Camarena, por su parte, ha señalado que recibir un premio al mérito cultural “sitúa la gastronomía en el espacio de la cultura”, al tratarse de un lenguaje colectivo ligado a la memoria, la identidad y la hospitalidad.

Isabel Sanchis, tradición y modernidad en la moda

La diseñadora Isabel Sanchis ha sido reconocida por una trayectoria que, en palabras de la alcaldesa, equilibra tradición y modernidad desde una mirada artesanal y sofisticada. Catalá ha puesto en valor una forma de entender la moda que huye de lo efímero y apuesta por lo esencial, con un trabajo cercano a la alta costura.

Sanchis ha agradecido el galardón destacando la moda como artesanía e industria cultural, generadora de empleo, emoción y creatividad, y ha reivindicado el trabajo de los profesionales que hay detrás de cada colección.

Ángeles López Artiga, referente de la música valenciana

La compositora, pianista, cantante y pedagoga Ángeles López Artiga, también hija adoptiva de València, ha sido definida como una figura imprescindible de la música contemporánea valenciana. Catalá ha destacado su papel pionero como catedrática del Conservatorio Superior y su contribución a la formación de generaciones de músicos.

Al recoger el premio, López Artiga ha afirmado que “la música es una manera de elevar lo cotidiano y mirarlo desde otra perspectiva”, y ha defendido el arte como alimento para el espíritu en tiempos de incertidumbre.

Magüi Mira, la fuerza transformadora de las artes escénicas

La actriz, productora y directora Magüi Mira ha recibido el reconocimiento por una trayectoria marcada por la valentía artística y el compromiso con la verdad escénica. La alcaldesa ha recordado distinciones como la Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes, el Premio Valle-Inclán o su reciente nombramiento como presidenta de la Academia de las Artes Escénicas.

Mira ha agradecido el premio a la ciudad de València, a la que ha definido como “oxígeno, luz y belleza”, y lo ha dedicado “a todas las mujeres valencianas”.


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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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