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Robert Prevost es elegido Papa León XIV: el primer Pontífice de origen estadounidense con alma misionera

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Robert Prevost León XIV
Robert Prevost, papa León XIV

El cardenal estadounidense Robert Francis Prevost ha sido elegido este jueves como el Papa número 267 de la historia de la Iglesia Católica, adoptando el nombre de León XIV. A sus 69 años, Prevost aporta una combinación única de experiencia pastoral, formación académica de alto nivel y compromiso con las causas sociales, heredadas de décadas de trabajo misionero en Perú y su cercanía con el Papa Francisco.

¿Quién es el Papa León XIV?

Nacido el 14 de septiembre de 1955 en Chicago, hijo de madre de ascendencia española, Robert Prevost ingresó al noviciado de la Orden de San Agustín (OSA) en 1977, haciendo sus votos solemnes en 1981. Su formación académica incluye una licenciatura en Matemáticas por la Universidad de Villanova, una maestría en Divinidad por la Catholic Theological Union y un doctorado magna cum laude en Derecho Canónico por la Pontificia Universidad Santo Tomás de Aquino (Angelicum), en Roma.

Su tesis doctoral se centró en el papel del prior local dentro de la Orden agustiniana, una muestra de su interés por el gobierno y la estructura eclesial.

Una vida dedicada al Perú

Después de su ordenación sacerdotal en 1982, Prevost fue enviado a la misión agustiniana en Perú en 1985, donde desempeñó diversos roles clave durante más de dos décadas. Fue canciller de la Prelatura de Chulucanas, prior, director de formación, maestro de profesos y vicario judicial en Trujillo, además de profesor de Derecho Canónico. Su profundo vínculo con las comunidades peruanas marcó su visión pastoral y social.

En 2014, el Papa Francisco lo nombró administrador apostólico de la diócesis de Chiclayo, donde fue ordenado obispo ese mismo año. En 2018, ascendió a vicepresidente de la Conferencia Episcopal Peruana.

Cercano a Francisco y figura clave en el Vaticano

El Papa León XIV fue una figura cercana al difunto Papa Francisco, quien confió en él y lo nombró en 2023 prefecto del Dicasterio para los Obispos, organismo clave para la selección episcopal en todo el mundo. También presidió la Pontificia Comisión para América Latina y fue miembro de siete dicasterios vaticanos, consolidando su rol en la estructura de gobierno de la Santa Sede.

Prevost compartía con Francisco la preocupación por los pobres, los migrantes y el cambio climático, e impulsó una Iglesia sinodal, pobre y servidora. En declaraciones recientes a Vatican News, recordó el primer viaje de Francisco a Lampedusa como símbolo de esa cercanía a los más vulnerables.

Controversias aclaradas

Durante su gestión en Perú, una organización lo acusó de encubrir denuncias de abusos en Chiclayo. Sin embargo, la diócesis negó dichas acusaciones, y el periodista peruano Pedro Salinas, investigador del caso Sodalicio, afirmó que las denuncias contra Prevost eran «absolutamente falsas».

Postura doctrinal y desafíos como Papa

Como nuevo Pontífice, León XIV hereda una Iglesia en búsqueda de unidad, transparencia y compromiso con los desafíos globales. Aunque ha manifestado su rechazo a la ordenación de mujeres, sostiene que «clericalizar a las mujeres no necesariamente soluciona un problema y podría generar uno nuevo», subrayando la importancia de repensar los roles sin caer en lógicas clericales.

 


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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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