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Los destinos y aeropuertos de España en los que Ryanair dejará de volar este invierno 2025

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Ryanair

Ryanair recorta vuelos en España por las tasas de Aena

La aerolínea de bajo coste Ryanair ha confirmado este miércoles, 3 de septiembre, que reducirá de manera significativa su operativa en España este invierno 2025-2026. La compañía ha cumplido con su amenaza de recortar rutas debido a las “tasas aeroportuarias excesivas y poco competitivas que aplica Aena”, lo que, según denuncia, limita la competitividad de los aeropuertos regionales.

La medida supondrá un millón de plazas menos este invierno y dos millones anuales que serán desviadas hacia mercados como Italia, Marruecos, Croacia y Albania.

Aeropuertos en los que Ryanair dejará de operar

Ryanair ha comunicado oficialmente qué aeropuertos españoles perderán vuelos o conexiones directas:

  • Santiago de Compostela: cierre de la base con dos aviones, lo que implica la pérdida de una inversión estimada en 200 millones de dólares en Galicia.

  • Vigo: cancelación de todos los vuelos a partir de enero de 2026.

  • Tenerife Norte: supresión de vuelos desde el inicio del invierno de 2025.

  • Valladolid y Jerez: las bases permanecerán cerradas durante toda la temporada de invierno 2025.

En total, se cancelarán 36 conexiones directas en aeropuertos regionales y de las Islas Canarias.

Reducción de capacidad en otros aeropuertos

Además de los cierres, Ryanair aplicará una reducción importante de billetes y rutas en varios aeropuertos españoles:

  • Zaragoza: -45% de capacidad.

  • Santander: -38% de capacidad.

  • Asturias: -16% de capacidad.

  • Vitoria-Gasteiz: -2% de capacidad.

El consejero delegado de Ryanair, Eddie Wilson, aseguró que estas decisiones no significan una retirada completa del mercado español, pero sí un cambio de estrategia hacia destinos internacionales más competitivos.

Un duro golpe para la conectividad regional

Los recortes suponen un duro golpe para la conectividad aérea de ciudades medias y pequeñas en España, especialmente en Galicia, Castilla y León, Cantabria y Aragón.

El cierre de la base en Santiago de Compostela afectará al turismo y a la economía local, mientras que la suspensión de vuelos en Vigo y Tenerife Norte dejará a estos aeropuertos sin una de sus principales aerolíneas de bajo coste.

Dos millones de plazas desviadas a otros países

Con esta medida, Ryanair desviará dos millones de plazas anuales a mercados emergentes y consolidados como Italia, Marruecos, Croacia y Albania, países donde, según la compañía, las condiciones fiscales y aeroportuarias son más favorables para el crecimiento.

“Ryanair mantiene su compromiso con España, pero no podemos justificar una inversión continuada en aeropuertos cuyo crecimiento se ve bloqueado por tasas excesivas”, afirmó Eddie Wilson en su comunicado.

Consecuencias para los viajeros españoles

Los pasajeros que solían volar con Ryanair desde estos aeropuertos se verán obligados a:

  • Desplazarse a aeropuertos alternativos con más oferta.

  • Asumir precios más altos en otras compañías.

  • Adaptarse a una menor conectividad internacional desde las regiones afectadas.

Este reajuste también podría beneficiar a otras aerolíneas de bajo coste que refuercen su presencia en los aeropuertos abandonados por Ryanair.


La situación en Valencia y aeropuertos grandes

A diferencia de otros aeropuertos españoles, Ryanair continuará invirtiendo y aumentando capacidad en Valencia, así como en Málaga y Alicante, donde los precios de acceso son más competitivos. Wilson indicó que la aerolínea tiene un pedido de 300 aviones y planea asignarlos a los aeropuertos que ofrezcan mejores condiciones para el crecimiento y la rentabilidad.

El directivo subrayó que la compañía aporta más de 28.000 millones de euros al PIB español, invierte más de 10.000 millones en operaciones españolas y emplea a más de 10.000 pilotos, tripulantes e ingenieros, lo que convierte a España en un mercado estratégico pese a los recortes regionales.

Consecuencias para los viajeros y el turismo

Los recortes afectarán a la conectividad de la España regional, reduciendo opciones de vuelos, inversión, turismo y empleo. Wilson acusó al Gobierno de mantener una política “anti-turismo” y de no incentivar la competitividad de los aeropuertos regionales, concentrando el 85% del tráfico en solo 10 aeropuertos principales.

Mientras Ryanair reduce vuelos y cierra bases en aeropuertos regionales como Santiago, Valladolid y Jerez, Valencia se consolida como una base estratégica, recibiendo más vuelos y manteniendo el crecimiento de la compañía en España. Los viajeros de la Comunitat Valenciana se beneficiarán de una mayor conectividad y precios más competitivos durante la temporada de invierno 2025-2026.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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