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Salud Pública estudia dar Janssen a menores de 60 y colectivos vulnerables

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EFE

Madrid, 11 may (EFE).- La Comisión de Salud Pública debate esta tarde ampliar el uso de la vacuna de Janssen a las personas de 50 a 59 años, así como a colectivos vulnerables difíciles de captar como personas sin hogar, temporeros o inmigrantes en situación administrativa irregular.

Los técnicos del Ministerio de Sanidad y las comunidades se encuentran reunidos desde las 16.30 horas para analizar una nueva actualización de la estrategia de vacunación que abre además la puerta por primera vez a la inmunización de embarazadas, según el documento al que ha tenido acceso Efe.

Para ellas o para las mujeres en periodo de lactancia, aconseja administrarles vacunas de ARNm (Pfizer y Moderna) cuando les corresponda según el grupo de priorización al que pertenezcan.

El documento también alude por vez primera a los adolescentes, proponiendo que una vez que se apruebe Pfizer para ellos, se vacune a los mayores de 12 años con condiciones de muy alto riesgo, en situación de gran dependencia y aquellos en centros de personas con discapacidad intelectual, centros tutelados y centros de educación especial.

Mientras, el resto de adolescentes y preadolescentes «no se priorizarán en este momento» porque los datos epidemiológicos en España mantienen que las personas de 50-59, 40-49 y 30-39 años tienen un mayor riesgo de hospitalización, ingreso en UCI y muerte que los más jóvenes.

Otra de las novedades que analizan esta tarde es la de crear ya el grupo de población general de 40 a 49 años, para los que se utilizarán las vacunas que se consideren según su disponibilidad, el contexto de la pandemia y de las evidencias.

Sobre la de Janssen, la Comisión plantea seguir usándola de forma simultánea a las de ARNm para completar la vacunación de personas de más de 60 y, a continuación, la de aquellas de 50 a 59 años.

Y también, ante las ventajas que supone que la pauta completa se alcance con una sola dosis, usarla en colectivos vulnerables desde el punto de vista social, económico y/o laboral (personas sin hogar, temporeros, inmigrantes en situación administrativa irregular, etc.) y pacientes difíciles de vacunar (grandes dependientes de complicada accesibilidad, con autismo profundo, enfermedad mental con mucha agitación, etc.).

Asimismo, incluyen personas de difícil captación (trabajadores del mar que realizan pesca de altura en campañas de larga duración, población en centros de internamiento o tutelados, entre otros) y cooperantes que se desplacen en misión a países de alto riesgo y personas que por razón de su actividad no se vayan a encontrar en España en las fechas de la segunda dosis.

Precisamente, respecto a la segunda dosis de AstraZeneca a menores de 60 que ya recibieron un primer pinchazo, la Comisión recuerda que el pasado 30 de abril acordó espaciar la pauta de 12 a 16 semanas de manera temporal hasta contar con más información de farmacovigilancia antes de decidir cómo terminará de inmunizarse este grupo, si con esta marca o con Pfizer.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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