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Sanidad realizó 8.000 contratos irregulares entre 2011 y 2015, según Simap

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ingreso paciente homosexual Sagunto

(EUROPA PRESS)-El Sindicato de Médicos de Asistencia Pública (Simap) ha asegurado que los tribunales han ratificado las actas de liquidación de la Inspección de Trabajo en las que se declara que la Conselleria de Sanitat realizó las 8.000 contrataciones entre 2011 y 2015.

Según ha informado el sindicato en un comunicado, en 2015 denunciaron estas prácticas ante la Inspección de Trabajo. Tras una primera denuncia del Simap (en 2013), la Inspección detectó más de medio millar de contratos irregulares de trabajadores «que no cotizaban los fines de semana, los festivos y en algunos casos incluso cuando estaban enfermos». Este hecho provocó el cese del gerente del Departamento, en noviembre de 2014.

Ante la sospecha de que estas prácticas fueran generalizadas, con la constatación de casos concretos, el SIMAP hizo extensiva la denuncia a todos los departamentos de salud de gestión directa ante las distintas Inspecciones Provinciales de Trabajo.

En 2016, la Inspección detectó un total de 8.400 casos de contratos irregulares que afectaban a más de 2.500 trabajadores. Desde el Simap han señalado que la Conselleria «no ha dejado de utilizar esta práctica» y entienden que esto se debe a «una interpretación del reglamento diferente» a la de la Tesorería de la Seguridad Social.

Así, han señalado que «vigilarán» que la Conselleria de Sanitat cumpla con las «obligaciones» a las que le instan estas sentencias y que «repare el agravio sufrido a estos trabajadores, restituyendo los salarios no percibidos y los servicios prestados».

El Simap ha considerado que se ha hecho «un uso excesivo y torticero» de este tipo de nombramientos de sustitución que «enmascaran necesidades estructurales y que cubren, de forma irregular, situaciones previsibles de exceso de jornada, libranzas de guardias», entre otras.

NECESIDAD DE «UN CAMBIO RADICAL»

Así, para el sindicato «se hace necesario que la Conselleria realice un cambio radical en los supuestos de contratación temporal y realice la planificación anual de las necesidades de cobertura de ausencias programadas al trabajo como días de libre disposición, vacaciones, excesos de jornada, y formalice nombramientos que cubran de forma continua estas necesidades, que hasta ahora se han cubierto con este tipo de nombramientos irregulares».

De esta forma, «no sólo se ajustará la contratación a los mandatos legales de cotización, sino que además mejorará la calidad del empleo y de a asistencia sanitaria ya que permite obtener equipos de trabajo más estables e integrados».

«Algo sí se ha avanzado, por lo menos en propósito, a raíz de estas denuncias y de forma previa a las sentencias judiciales: es el compromiso de la Conselleria a negociar en la Mesa Sectorial de Sanidad y en el primer trimestre de 2018 un plan de mejora de la eventualidad», han señalado. En este plan se intentará dar solución a los dos grandes problemas de contratos precarios y en fraude de ley que existen en la actualidad: primero, el tema de los nombramientos continuos con ceses los fines de semana y festivos y, segundo, los nombramientos de atención continuada para la cobertura de las guardias.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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