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Vitrificar antes de los 35 años aumenta un 40% la tasa de éxito de embarazo

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Vitrificar antes de los 35 años aumenta un 40% la tasa de éxito de embarazo

La preservación de la fertilidad ha supuesto un gran avance para la medicina reproductiva. Así, pacientes diagnosticadas de cáncer que deben someterse a un tratamiento de quimio o radioterapia que pueda dañar su fertilidad, o bien aquellas mujeres que sientan lejano aún el tic tac de su reloj biológico y no quieran renunciar por ello a ser madres en un futuro con sus propios gametos, tienen un seguro de fertilidad llamado vitrificación.

Recientemente, la prestigiosa revista Human Reproduction, publicó un estudio liderado por la doctora Ana Cobo, directora de Unidad de Criobiología de IVI, titulado “Elective and onco-fertility preservation: factors related to IVF outcomes”, en el que también participaron los doctores José Remohí, Antonio Pellicer, y Juan Antonio García-Velasco. En él, se da respuesta a las principales inquietudes de las mujeres respecto a la preservación de la fertilidad y se ofrecen interesantes estadísticas acerca de la tasa de embarazo que puede alcanzar una paciente que vitrifique sus óvulos, en función de su edad y el número de ovocitos que vitrifique.

“Un dato muy llamativo es que mientras que las mujeres menores de 35 años que preservaron su fertilidad por motivos sociales alcanzaron una tasa de éxito del 94% al obtener 24 ovocitos a vitrificar, aquellas que superaban los 35, con una cantidad similar de ovocitos, apenas llegaban al 50% de probabilidad de embarazo a término. De ahí la importancia de preservar la fertilidad antes de los 35 años, algo en lo que incidimos siempre desde IVI, conocedores del efecto de la edad en la calidad ovocitaria”, explica la Dra. Cobo.

En el grupo de pacientes que vitrificaron por motivos oncológicos no se observa la misma tendencia, debido en gran medida al menor tamaño de la muestra de pacientes que regresaron para hacer uso de sus óvulos vitrificados.

Vitrificar antes de los 35 años aumenta un 40% la tasa de éxito de embarazo

El principal marcador de calidad ovocitaria es la edad de la paciente, por lo que este estudio presenta una guía clara de asesoramiento acerca de las posibilidades de tener un bebé en función de estos dos parámetros medibles y ayuda a perfilar una realidad estadística de gran interés para avanzar en el campo de la prevención de la infertilidad.

El estudio es una muestra de la realidad social, que evidencia cómo el grupo mayoritario de pacientes que se plantean preservar su fertilidad por motivos sociales sigue situándose por encima de los 35 años. De hecho, este último grupo aglutina a más del 70% de las mujeres que preservaron su fertilidad por motivos sociales en IVI, y el 15% superaban los 40 años. Esta tendencia se invierte en el caso de los ciclos de onco-fertilidad, donde el 70% de las mujeres eran menores de 35 años.

“Se trata de un estudio retrospectivo integrado en un 83,5% por mujeres que optaron por una preservación electiva de la fertilidad y un 16,5% que lo hicieron por motivos oncológicos (principalmente cáncer de mama). De estas pacientes, aproximadamente 700 han regresado para intentar ser madres, dando lugar al nacimiento de 162 bebés fruto de la preservación por motivos sociales y 25 bebés llegados al mundo tras superar sus madres un cáncer”, explica la Dra. Cobo.

IVI ha sido pionero en España en la vitrificación de ovocitos y, por ende, cuenta con el mayor número de pacientes y resultados hasta la fecha. Esto ha permitido que la muestra de este estudio, formada por 6.332 mujeres, sea la más amplia publicada hasta el momento en trabajos referidos a datos de uso, eficacia y pronóstico de esta técnica de conservación de gametos.

Además, el trabajo muestra una clara evolución de la técnica cuando se realiza por motivos sociales, que en poco más de 10 años ha aumentado en un 18%, pasando a suponer de un 2% a un 22% del total de tratamientos realizados en IVI (periodo estudiado: 2007-2017).

“Aunque las tasas de retorno siguen siendo bajas, con cerca de un 15% en la preservación social y aproximadamente 10% en la oncológica, lo cierto es que esta técnica ha experimentado un crecimiento exponencial en los últimos años y prevemos que siga la misma tendencia en los años venideros, lo cual exige un estudio detallado y en profundidad de sus implicaciones, no sólo médicas, sino también sociales”, concluye la Dra. Cobo.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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