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La Audiencia de Navarra deja en la libertad provisional a ‘La Manada’
Publicado
hace 8 añosen
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha decretado la prórroga, eludible bajo fianza de 6.000 euros, de la prisión provisional establecida para los cinco condenados el pasado abril a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento por una violación perpetrada el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
Entre otras medidas cautelares, además del depósito de la mencionada fianza, el tribunal impone a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia su localidad de residencia, la prohibición de acceder a la Comunidad de Madrid –lugar de residencia de la denunciante–, la prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio o procedimiento, la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, la designación de un domicilio donde puedan ser hallados, así como un teléfono de contacto, con la advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en esos domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).
El auto, contra el que puede interponerse recurso de súplica ante el mismo tribunal, cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, José Francisco Cobo, quien aboga por la prórroga de la prisión provisional incondicional hasta la mitad de la pena impuesta, esto es, 4 años y 6 meses.
Los magistrados Ricardo González, ponente, y Raquel Fernandino, explican que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, tras realizar la pertinente ponderación de los intereses en juego y teniendo siempre presente la preeminencia que debe otorgarse al derecho a la libertad personal, la pretensión de las acusaciones de prorrogar la prisión provisional de los condenados en primera instancia hasta la mitad de la pena impuesta en sentencia de forma incondicional incurre en un automatismo del que se debe huir.
“Así, en primer lugar, entendemos que para valorar la situación actual ya no cabe retomar las razones que fundamentaron en un primer momento la adopción como medida cautelar de la prisión provisional, entre las que se indicaba la posibilidad de imponer a los acusados unas penas de 80 años de prisión; como tampoco las que sirvieron para desestimar los diferentes recursos que contra el auto de prisión o de denegación de la solicitud de libertad provisional se interpusieron”, apunta la Sección Segunda.
Una condena grave no resulta suficiente para la prisión provisional
Tras la sentencia condenatoria a 9 años de prisión, apostilla la sala, “se ha producido, por tanto, una más que notable reducción de las penas solicitadas por las acusaciones y que éstas pretenden minimizar mediante un planteamiento en el que subyace la idea de que la sentencia condenatoria por un delito grave y con una pena grave, como es el caso, resulta suficiente, por sí sola, para justificar la prórroga de la prisión provisional, cuando, según la doctrina constitucional anteriormente expuesta, esta no legitima el automatismo con el que frecuentemente se aplica o pretende aplicarse el precepto en cuestión”, razonan los magistrados.
En cualquier caso, prosiguen los jueces, para resolver cualquier duda o incertidumbre al respecto siempre se atienen a “dos reglas de oro: los principios favor libertatis y el in dubio pro reo.
Según el tribunal, en relación al riesgo de fuga, que durante la instrucción de la causa se vinculaba a las altas penas solicitadas y a la inminencia de la celebración del juicio oral, estas razones han perdido notablemente la fuerza que, en su día, pudieron tener.
“En tal sentido, no habiéndose cuestionado durante todo el procedimiento el arraigo familiar y social de todos los condenados, no cabe ahora, por razón de haya recaído sentencia condenatoria, negárselo; como tampoco cabe seguir invocando el riesgo de fuga como un riesgo genérico y no concreto (derivado de circunstancias concretas y determinadas) que las partes acusadoras no han tratado siquiera de reseñar, sin que de las alegaciones que sobre este particular han expuesto pueda inferirse racionalmente tal riesgo de fuga; riesgo que, aun estando siempre latente, no cabe inferir en este caso como una posibilidad real y concreta, y que, en todo caso, puede conjurarse más que razonablemente con otras medidas cautelares menos gravosas para la libertad”, zanja el tribunal.
En cuanto al riesgo de reiteración delictiva que se pretende justificar por las acusaciones por el hecho de que cuatro de los cinco procesados, ahora condenados, se encuentran incursos en otra causa penal por hechos análogos a los que han motivado su condena y que se están investigando ante un Juzgado de Pozoblanco, el tribunal destaca, de entrada, que tal planteamiento excluye del referido riesgo a Ángel Boza Florido, quien no está inmerso en esa investigación.
La Audiencia de Navarra asegura desconocer cuál es la situación en que se encuentra la instrucción de la referida causa de Pozoblanco, más allá de que se inició en el mes de octubre de 2016. “Se trata por tanto de hechos sub iudice, que aún continúan en fase de investigación por razones que se desconocen y que ninguna de las acusaciones ha podido esclarecer.
La pérdida del anonimato de los condenados “hace poco menos que impensable” el riesgo de reiteración delictiva
“Por otra parte, según la Audiencia, ninguno de los acusados ahora condenados cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados y no puede desconocerse tampoco que la repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha desatado han alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social; todo ello, junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva”, destaca la Audiencia.
El tribunal resalta también que los acusados tienen sus domicilios a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima y que garantizar su tranquilidad y su sosiego es algo que puede procurarse mediante la adopción de medidas menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional.
Y, respecto a la alegación de que “la ocultación de la perpetración de otros hechos presuntamente delictivos, que posteriormente fueron averiguados por los policías encargados de la investigación”, permita “presumir la existencia del riesgo de acceder por sí, o a través de terceros a las fuentes de prueba o influir sobre otros investigados”, el tribunal considera que es algo que ciertamente carece de todo fundamento si se considera que tales supuestos hechos delictivos habrían de haberse cometido necesariamente con anterioridad a su ingreso en prisión, situación en la que están próximos a cumplir dos años, “tiempo más que suficiente para que se hayan realizado las investigaciones necesarias y asegurado las pruebas que las sustenten si es que esto ha sucedido, pues nada se acredita al respecto por ninguna de las acusaciones”.
El voto particular destaca que las medidas cautelares impuestas no conjuran eficazmente el riesgo de fuga
El auto cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo, ponente además de la sentencia condenatoria a 9 años de prisión.
Según este magistrado, “teniendo en cuenta las características y gravedad del delito por el que han sido condenados los acusados, y ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados, se revela como razonable y proporcionado” la prórroga por plazo de dos años y seis meses, a contar desde el día 7 de julio próximo, de la medida de prisión provisional con el carácter incondicional.
Para este juez, “es indiscutible la gravedad de delito, expresada en el contenido de la pena impuesta”, la afectación a bienes jurídicos especialmente relevantes como lo es en este caso la libertad e indemnidad sexual, en el marco en que se produjeron los hechos delictuales por los que se estableció la condena.
Así, respecto a los datos que pueden evaluarse, en función de lo actuado sobre la estabilidad domiciliaria de los procesados, su disponibilidad de medios para poder desarrollar su vida, su integración en su contexto familiar y convivencial extenso, no permiten, a juicio del magistrado, “conjurar eficazmente el riesgo de que los procesados se sustraigan a la acción de la justicia y las medidas a tal efecto propuestas en la decisión mayoritaria”.
Para el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, “en conclusión, por todo lo expuesto, entiendo que resultaba procedente acordar como así se hace en la decisión mayoritaria, la prórroga de la prisión provisional, pero configurada por las razones expuestas de modo incondicional”.
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El virus Shamonda pone en alerta a seis zonas de España tras la muerte de un paciente en Francia
Publicado
hace 2 díasen
23 octubre, 2026
El Ministerio de Agricultura vigila explotaciones ganaderas de Córdoba, Toledo, Cantabria, Madrid, Ávila y Girona mientras las autoridades investigan el primer caso humano conocido de este virus
El virus Shamonda mantiene en alerta a las autoridades veterinarias españolas tras detectarse en explotaciones ganaderas de seis zonas del país: Córdoba, Toledo, Cantabria, Madrid, Ávila y Girona. El seguimiento se ha intensificado después de conocerse el fallecimiento en Francia de un paciente con inmunodepresión grave que estaba infectado por este patógeno, hasta ahora conocido por afectar principalmente al ganado.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha confirmado la presencia del virus en explotaciones bovinas y mantiene la vigilancia de su evolución en España y Europa. Las autoridades francesas, por su parte, investigan las circunstancias del caso humano y su posible relación con el fallecimiento.
Pese a la preocupación generada, el Ministerio de Agricultura subraya que no existen evidencias de que el virus Shamonda sea una zoonosis, es decir, una enfermedad que se transmita de animales a personas. Las autoridades sanitarias continúan evaluando el caso detectado en Francia y, por el momento, no han identificado un riesgo sanitario para la población general.
Dónde se ha detectado el virus Shamonda en España
El Laboratorio Central de Veterinaria de Algete, que actúa como laboratorio nacional de referencia, ha confirmado la presencia del virus en explotaciones ganaderas de seis zonas españolas.
- Córdoba: detección del virus Shamonda tipo 1 en ganado bovino.
- Toledo: presencia del tipo 1 en explotaciones ganaderas.
- Ávila: detección del tipo 1 en ganado bovino.
- Madrid: confirmación del tipo 1 en explotaciones bovinas.
- Girona: identificación del tipo 1 en tres explotaciones de vacuno de leche, con detecciones confirmadas el 20 de octubre.
- Cantabria: confirmación de la presencia del virus Shamonda tipo 2.
Los datos proceden de la actualización del Ministerio de Agricultura sobre la situación de la enfermedad en España y Europa. La vigilancia continúa para conocer la evolución de los focos y caracterizar los virus identificados.
Qué síntomas provoca el virus Shamonda en el ganado
El virus afecta principalmente al ganado bovino, aunque también se ha observado que las ovejas y las cabras pueden infectarse. La enfermedad puede provocar diferentes síntomas, especialmente en las explotaciones de vacuno.
Entre las manifestaciones descritas figuran:
- Fiebre.
- Diarrea.
- Decaimiento.
- Disminución de la producción de leche.
La reducción de la producción láctea puede tener consecuencias económicas para las explotaciones afectadas. El Ministerio mantiene el seguimiento de los casos y estudia las características de los virus detectados para compararlos con los identificados en otros países europeos.
El virus Shamonda pertenece al género Orthobunyavirus y se transmite principalmente a través de pequeños insectos picadores del género Culicoides. Por ello, las medidas de prevención veterinaria incluyen actuaciones dirigidas a controlar estos vectores.
El primer caso humano conocido del virus Shamonda en Francia
La preocupación internacional ha aumentado después de conocerse el fallecimiento en Francia de un paciente con inmunodepresión grave que estaba infectado por el virus Shamonda. El caso se considera el primero conocido de infección humana por este patógeno.
Según la información difundida por las autoridades y los medios que han informado del caso, el paciente estaba ingresado en un hospital de Lyon y presentó síntomas neurológicos antes de fallecer. Las investigaciones clínicas, biológicas y epidemiológicas continúan para esclarecer las circunstancias del episodio y determinar la relación entre la infección y el cuadro clínico.
Hasta este caso, el virus se había asociado principalmente a infecciones animales. Por eso, el episodio francés ha motivado una revisión de la información disponible y una coordinación entre las autoridades sanitarias y veterinarias.
La Organización Mundial de la Salud ha señalado que, por el momento, considera poco probable una propagación más amplia entre personas. No obstante, la evaluación del riesgo sigue pendiente de una revisión formal y las investigaciones continúan abiertas.
¿Existe riesgo para las personas en España?
Una de las principales dudas tras conocerse el fallecimiento en Francia es si el virus Shamonda puede transmitirse a los seres humanos y qué riesgo representa para la población española.
La información oficial del Ministerio de Agricultura indica que no existen evidencias de que el virus constituya una zoonosis. El caso francés es excepcional y está siendo investigado por las autoridades competentes.
Por tanto, la detección del virus en explotaciones ganaderas españolas no significa que exista una transmisión confirmada a personas en España. Tampoco debe confundirse la vigilancia de los animales con una alerta de contagio generalizado entre la población.
Las autoridades mantienen el seguimiento y la coordinación entre los ámbitos de salud animal y salud humana para evaluar cualquier nueva evidencia que pueda surgir.
Qué medidas están tomando las autoridades
El Ministerio de Agricultura mantiene el contacto con las comunidades autónomas, Francia y las autoridades sanitarias para seguir la evolución de la enfermedad. Entre las prioridades se encuentran comprobar si aparecen nuevos focos, estudiar los virus detectados y compararlos con los identificados en otros países europeos.
En las explotaciones ganaderas, la vigilancia veterinaria resulta fundamental para identificar síntomas compatibles y aplicar las medidas preventivas adecuadas, especialmente frente a los insectos que transmiten el virus.
La investigación también busca aclarar las características del caso humano francés y determinar si existe una relación causal definitiva entre la infección y el fallecimiento.
Por ahora, la prioridad de las autoridades es mantener la vigilancia de la sanidad animal, ampliar el conocimiento científico sobre el virus Shamonda y comunicar cualquier cambio relevante en la evaluación del riesgo.
¿Qué es el virus Shamonda?
El virus Shamonda (SHAV) pertenece al género Orthobunyavirus y al serogrupo Simbu. Se identificó por primera vez en Nigeria en la década de 1960 y, hasta 2026, se había detectado principalmente en distintas regiones de África y en Japón.
Durante el verano de 2026 se identificó una variante en Europa, donde se ha extendido entre explotaciones ganaderas de varios países. En España, el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete confirmó en septiembre su presencia en explotaciones de ganado bovino de Córdoba y Toledo.
El principal hospedador afectado es el ganado vacuno, aunque también pueden infectarse ovejas y cabras. La transmisión se produce principalmente mediante la picadura de pequeños insectos del género Culicoides, que actúan como vectores y transmiten otros virus que afectan al ganado.

¿Cuáles son los síntomas del virus Shamonda?
Los síntomas descritos hasta ahora se han observado principalmente en el ganado bovino. Las manifestaciones más habituales son:
- Fiebre: aumento de la temperatura corporal durante la fase aguda de la infección.
- Diarrea: uno de los signos clínicos identificados en explotaciones afectadas.
- Disminución de la producción de leche: en algunos brotes se han registrado descensos de entre el 10% y el 20% durante aproximadamente una semana o diez días.
- Decaimiento: los animales pueden presentar falta de vitalidad y un deterioro de su estado general.
- Problemas reproductivos: la infección durante la gestación puede asociarse a abortos, muerte fetal, malformaciones congénitas y nacimiento de animales débiles.
La mayoría de los bovinos adultos afectados se recuperan y, hasta ahora, no se ha observado una mortalidad atribuible directamente al virus en esta especie. No obstante, las consecuencias pueden ser importantes para las explotaciones, especialmente por la caída de la producción láctea y los posibles problemas reproductivos.
Las ovejas y las cabras también pueden infectarse, aunque no se ha descrito en ellas un cuadro clínico claro. En équidos se han detectado animales positivos con signos neurológicos, pero no se ha confirmado que estos síntomas estén causados por el virus Shamonda.
¿Qué síntomas provoca en las personas?
El primer caso humano conocido se ha comunicado en Francia este 22 de octubre de 2026. El paciente falleció a principios de mes y presentaba una enfermedad grave previa que podía aumentar su vulnerabilidad frente a las infecciones.
Por el momento, no existe información suficiente para establecer cuáles son los síntomas habituales del virus Shamonda en humanos. Las autoridades investigan tanto la forma en que se produjo el contagio como la posible relación entre la infección y el fallecimiento.
Algunas informaciones han apuntado a posibles complicaciones neurológicas, pero todavía no se ha establecido un cuadro clínico humano característico ni se ha demostrado que el virus fuera la causa directa de la muerte.
Por ello, no debe confundirse la sintomatología descrita en el ganado con los efectos que podría tener en las personas. La información disponible es todavía muy limitada.
¿Cómo se transmite el virus Shamonda?
En animales, la principal vía de transmisión conocida es la picadura de insectos del género Culicoides. Estos pequeños dípteros se alimentan de sangre y pueden transmitir diferentes virus entre animales susceptibles.
No existen evidencias de una transmisión directa significativa entre animales por el contacto habitual. Sin embargo, se ha descrito la posibilidad de transmisión de la madre al feto durante la gestación.
En el caso humano comunicado en Francia, las autoridades consideran que la infección pudo producirse en una zona del este del país donde el virus ya circulaba entre animales. La vía exacta de contagio continúa bajo investigación.
¿Es peligroso el virus Shamonda para la población?
A fecha de 22 de octubre de 2026, las autoridades sanitarias no han identificado un riesgo para la población general. El ECDC está siguiendo el caso y colaborando con las autoridades francesas para evaluar sus implicaciones.
El fallecimiento comunicado no demuestra, por sí solo, que el virus sea mortal en humanos ni permite establecer cómo evolucionaría una infección en una persona sin enfermedades previas. Será necesario investigar más casos y disponer de evidencia científica adicional para conocer mejor sus posibles efectos.
En cuanto a los animales, el principal motivo de preocupación es el impacto sobre la producción ganadera y la reproducción, especialmente en el ganado bovino.
¿Existe una vacuna contra el virus Shamonda?
Actualmente no hay una vacuna comercial disponible contra el virus Shamonda. La prevención en las explotaciones se basa en la vigilancia veterinaria, la detección precoz de los casos y las medidas destinadas a reducir la exposición a los insectos transmisores.
Ante la aparición de fiebre, diarrea o una caída repentina de la producción de leche en varios animales, se recomienda contactar con el veterinario para valorar el diagnóstico. La confirmación requiere pruebas de laboratorio, ya que los síntomas pueden confundirse con los de otras enfermedades animales.
La evolución del primer caso humano conocido y las investigaciones en curso serán determinantes para aclarar el riesgo real de este virus emergente.
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