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Año y medio de prisión para el expresidente de la Generalitat y de Bancaja, José Luis Olivas

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El Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha condenado a un año y medio de prisión y a una multa de de 151.800 euros al expresidente de la Generalitat y de Bancaja, José Luis Olivas, por emitir, a través de su empresa Imarol S. L. una factura falsa para justificar un ingreso de 500.000 euros por unos servicios de asesoramiento que nunca llegó a prestar a la empresa Sedesa Inversiones.

La entrega del dinero, “cuya causa y finalidad se desconece” según recoge la sentencia, la efectuó el empresario Vicente Cotino, a través de su empresa Sedesa Inversiones, que también ha sido condenado a la misma pena por computar ese pago (500.000 más 80.000 euros de IVA) como gasto deducible en su liquidación del Impuesto de Sociedades y “reducir de forma fraudulenta la base imponible del Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2008” dejando así de ingresar a la Hacienda Pública 150.000 euros.

La magistrada, que les considera autores de los delitos de falsedad en documento mercantil y delito contra la Hacienda Pública, considera que los dos condenados se pusieron de acuerdo para crear un documento que “aparentaba ser una factura” por unos supuestos servicios de asesoramiento prestados por la empresa de Olivas a la de Cotino, interesado en vender sus acciones en Proyectos Eólicos Valencianos.

Ambos deberán además indemnizar de manera conjunta y solidaria con 150.000 euros a la Agencia Tributaria por el dinero defraudado en el ejercicio fiscal 2008.

La jueza concluye que la factura es falsa, que el servicio de asesoramiento de Olivas a Cotino fue “inexistente” y que el informe de tres páginas aportado por el expresidente de la Generalitat Valenciana para justificar el cobro del dinero es una documentación a la que tuvo acceso como presidente de Bancaja, entidad que también negoció con Iberdrola la venta de su paquete accionarial en el mismo proyecto eólico.

Dicho documento estaba firmado por la esposa del expresidente de la Generalitat, administradora de la mercantil y acusada únicamente por la Abogacía del Estado, que ejercía la acusación particular. La Jueza la absuelve por considerar que que “no resulta suficientemente acreditado que la acusada participara en la ideación, desarrollo y ejecución de la emisión de la factura irregular llevada a cabo por los otros dos acusados”. La mujer firmó el documento en 2013, cinco años después de la factura y “por indicación de su marido, único y verdadero gestor de la sociedad”.

Según la sentencia “no basta ser administradora de una persona jurídica para ser de forma automática criminalmente responsable de las actividades de la misma típicamente previstas en la norma penal”.
La sentencia, notificada hoy a las partes, destaca la “contundente prueba indiciaria” que “nos permite concluir la existencia de una simulación de prestación de asesoramiento y gestión” por Imarol SL a Sedesa Inversiones.
Frente a la versión de los acusados y de los informes periciales que aportaron, la jueza fundamenta su pronunciamiento en el “detallado, contundente, riguroso e imparcial informe emitido por los técnicos de Hacienda” sobre el carácter ficticio del trabajo facturado.

Sobre este punto subraya que pese a lo elevado del importe de la remuneración, 500.000 euros, no existía contrato, “ni concreción de los trabajos, ni directrices, ni valoraciónes de los mismos, ni correos electrónicos, ni faxes entre Imarol y Sedesa Inversiones, ni documento alguno que relacione el pago de los 500.000 euros más IVA con el concepto de servicio que recoge la factura”. Recuerda además, que la empresa de Olivas “carece de personal y de infraestructura”, y “desde su constitución no ha tenido prácticamente ninguna actividad”.

La magistrada, igualmente, desgrana las declaraciones prestados por los testigos que negaron que el expresidente de Bancaja interviniera en esa operación de compra-venta de acciones a la que él atribuye el cobro de 500.000 euros.

La jueza aplica la atenuante simple de dilaciones indebidas. Aclara que tales dilaciones “no se han producido en el marco del procedimiento judicial”. Recuerda que la causa se instruyó en sólo nueve meses, pero considera que ha de apreciar tal atenuante porque “se ha producido una demora muy relevante entre la comisión del hecho delictivo (2008) y la interposición de la querella” por parte de la Agencia Tributaria (diciembre de 2013).

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Giro inesperado en el juicio por la muerte de Maradona

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El juicio por la muerte de Diego Armando Maradona afronta un inesperado giro. Un perito oficial ha planteado ante el tribunal que no puede descartarse que el exfutbolista falleciera como consecuencia de una infección por coronavirus, una hipótesis que no había sido expuesta hasta ahora durante el proceso.

Pablo Ferrari, médico forense, pediatra y último perito en declarar ante el tribunal, consideró además que no realizar una prueba de covid durante la autopsia de Maradona fue «un error metodológico».

El testimonio se produjo después de 43 audiencias y la declaración de 76 testigos en el juicio que trata de determinar las responsabilidades por la muerte del astro argentino, fallecido el 25 de noviembre de 2020.

Un perito afirma que no puede descartarse el covid

Ferrari sostuvo ante el tribunal que la posibilidad de que Maradona hubiera padecido coronavirus no puede excluirse porque no se realizó una prueba específica durante la autopsia.

«No podemos descartar que haya muerto de covid«, afirmó el perito durante su declaración.

Ferrari explicó que el coronavirus podía provocar una evolución especialmente rápida y llegar a causar la muerte en pocas horas. Su planteamiento introduce una nueva hipótesis en un proceso en el que hasta ahora el debate se había centrado principalmente en la atención médica que recibió Maradona durante los últimos días de su vida.

El perito participó en una pericia solicitada en 2025 por la defensa de Leopoldo Luque, uno de los principales acusados del caso.

Ferrari también cuestiona la duración de la agonía de Maradona

Durante el juicio también se ha debatido cuánto tiempo pudo permanecer Maradona en agonía antes de fallecer.

Mientras otros peritos oficiales apuntaron al comienzo del proceso que el exfutbolista pudo sufrir una agonía de alrededor de 12 horas, Ferrari ofreció una interpretación diferente.

A su juicio, la agonía tuvo que producirse en pocos minutos.

El perito explicó que Maradona habría acumulado líquido en los pulmones durante un periodo relativamente corto, de minutos a pocas horas. Esta acumulación habría provocado dificultades respiratorias que terminarían desencadenando un paro cardíaco.

Una hipótesis que puede beneficiar a la defensa de Leopoldo Luque

La declaración de Ferrari tiene especial relevancia para la defensa de Leopoldo Luque, médico que estaba a cargo de la atención de Maradona y uno de los siete acusados en el proceso.

Otros especialistas propuestos por las defensas ya habían defendido durante el juicio que la muerte de Maradona pudo producirse de manera repentina. Ferrari es, sin embargo, el único perito oficial que ha respaldado esta interpretación durante el proceso.

La nueva hipótesis no supone que el tribunal haya establecido que Maradona murió por covid. Se trata de una valoración realizada por un perito durante el juicio y deberá ser analizada junto al resto de pruebas y testimonios.

Siete acusados por la muerte de Maradona

El juicio trata de determinar si los profesionales que participaron en la atención médica de Maradona incurrieron en responsabilidades penales relacionadas con su fallecimiento.

Los siete acusados son Leopoldo Luque, Agustina Cosachov, Nancy Forlini, Carlos Díaz, Mariano Perroni, Ricardo Almirón y Pedro Di Spagna. Todos están acusados de homicidio simple con dolo eventual.

Maradona murió el 25 de noviembre de 2020, a los 60 años, mientras se recuperaba en una vivienda situada en las afueras de Buenos Aires tras haber sido sometido semanas antes a una operación por un hematoma subdural.

Cuándo terminará el juicio por la muerte de Maradona

La próxima audiencia está prevista para el 29 de septiembre, cuando comenzarán las declaraciones de los acusados.

Los alegatos de las partes están previstos inicialmente para el 6 de octubre, mientras que el juicio podría prolongarse hasta finales de octubre.

El tribunal deberá valorar ahora todas las pruebas reunidas durante el proceso, incluida esta nueva hipótesis sobre una posible infección por coronavirus, antes de determinar las responsabilidades que correspondan por la muerte del exfutbolista.

 

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