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Todos los anuncios de Catalá para la ciudad de Valencia

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La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, durante el primer pleno extraordinario convocado por la actual corporación para analizar el estado de la ciudad desde que fuera elegida regidora. EFE/Manuel Bruque

La alcaldesa de València, María José Catalá, ha anunciado este lunes que en 2025 el Ayuntamiento dará ayudas directas de 300 euros por hijo recién nacido y que promoverá la construcción de cerca de 5.000 viviendas, mil de ellas de protección pública.

En el primer pleno extraordinario convocado por la actual corporación para debatir el estado de la ciudad, Catalá ha anunciado asimismo que ordenarán que se corte la luz, el agua y otros suministros a las viviendas turísticas ilegales y que se bonificará un 95 % del ICIO a las comunidades de propietarios que quieran cambiar sus fachadas, por ser similares a la del edificio incendiado del barrio de Campanar el pasado 22 de febrero, donde murieron diez personas.


Potenciar la conciliación y la maternidad

Catalá ha anunciado las ayudas directas de 300 euros por hijo recién nacido para padres y madres a partir del 1 de enero de 2025, así como la inversión de 3 millones de euros en un plan de conciliación, a su juicio, la «gran asignatura pendiente de la sociedad».

El nuevo plan contempla extender la gratuidad de la educación de 0 a 3 años al mes de julio, además de subvencionar las matineras, aumentar las becas de comedor y hacer gratuitas por segundo año las escuelas de verano de los colegios municipales.


Más de mil nuevas viviendas de protección pública

Catalá ha detallado que el Ayuntamiento va a impulsar una nueva bolsa de suelo en el barrio de Benimàmet, que permitirá la construcción de más de 4.600 viviendas, de las cuales mil serán de protección pública, para dar «respuesta a la acuciante necesidad de vivienda».

También ha anunciado que se va a revisar y actualizar el Plan General de Ordenación Urbana, que data de los años 80 y ya está «obsoleto», y ha valorado que en 2025 habrá 16 PAI en diferentes estados de tramitación, que suponen la construcción de 13.966 nuevas viviendas, de las que 11.156 eran de renta libre y 2.810 de protección.


Corte de suministro para los pisos turísticos ilegales

El Ayuntamiento ordenará a las empresas suministradoras el corte de luz, agua y otros suministros a los pisos turísticos ilegales y pedirá al Consell las competencias para poder sancionarlos.

Catalá ha afirmado que quien no cumpla la ley en València «lo va a pagar caro» y ha recordado que los apartamentos turísticos ilegales podrían enfrentarse a multas de hasta 600.000 euros.


Bonificación del ICIO para cambiar fachadas como las de Campanar

La alcaldesa ha anunciado también que el Ayuntamiento de València bonificará un 95 % el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a las comunidades de propietarios que quieran cambiar sus fachadas por tener material y características similares al edificio incendiado del barrio de Campanar.

Será obligatorio presentar una ficha de intervención operativa para obtener una licencia, lo que implicará aportar un documento con información básica del edificio para que los bomberos «a golpe de vista» puedan ver y planificar la estrategia de actuación.


València tendrá 207 nuevos policías en la calle este año

Asimismo, la alcaldesa ha anunciado que el próximo 1 de octubre se incorporarán a la plantilla de la Policía Local 57 agentes, mientras que antes de finalizar el año habrá 150 más, por lo que este año habrá 207 nuevos agentes, incrementando la plantilla de 1.906 a 2.007 policías.

«Queremos continuar con ese salto cualitativo en materia de personal», ha sostenido Catalá, advirtiendo que «no será fácil si el Gobierno no elimina la tasa de reposición». De no hacerlo, se generará «un problema muy grave en materia de personal y todo el esfuerzo hecho durante este último año se verá mermado por las jubilaciones».

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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