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Valencia

Catalá no financiará la Cabalgata de las Reinas Magas

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La nueva alcaldesa de València, María José Catalá, participa en un desayuno informativo organizado por Radio Valencia. EFE/ Biel Aliño

València, 19 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- María José Catalá, no financiará la Cabalgata de las reinas Magas de Ribó. La nueva alcaldesa de València ha dejado importantes titulares este lunes entre los que ha asegurado ser «muy consiente» de que necesita 17 votos para alcanzar acuerdos en el pleno municipal, y el PP tiene 13 concejales de los 33 de la corporación, por lo que hablará con el resto de grupos para dar estabilidad institucional al Ayuntamiento.

«Esta ciudad no puede permitirse líos políticos y tiene que ponerse a trabajar ya» ha manifestado Catalá, que aspira a gobernar en minoría, durante un desayuno informativo de los Encuentros Ser organizado por Radio Valencia y El País.

¿Rechazo a Vox?

Preguntada si rechaza un pacto estable de gobierno con los cuatro concejales de Vox, ha respondido: «Yo ya tengo mi gobierno, que son mis trece concejales, y ahora voy a intentar hablar con todos los grupos y ver en qué escenario político se encuentra cada uno», en alusión a Compromís, PSPV y Vox.

Catalá ha recordado que en la anterior legislatura se consiguieron acuerdos puntuales de ciudad y el PP apoyó propuestas como la petición de la capitalidad verde europea o acciones en el contexto de la pandemia de la covid-19, y a ella no se le «cayeron los anillos».

«Creo que por el tono que adoptaron casi todos los grupos el pasado sábado -durante el pleno de investidura- puedo aspirar a plantear también acuerdos de ciudad», ha añadido.

Sobre las manifestaciones el pasado sábado en el pleno del concejal de Vox Juan Manuel Badenas, quien le advirtió de que un gobierno en minoría «no se puede decir que sea un gobierno moral sino amoral», la alcaldesa ha considerado que «mezclar lo moral con lo político y legal es un verdadero error».

Catalá: «Lecciones en materia de violencia de género, ninguna»

Catalá ha reiterado su rechazo a la violencia de género y ha advertido de que «lecciones en materia de violencia de género, ninguna».

«Tengo una madre, una hermana y una hija de 2 años; pensar que yo soy tolerante con la violencia de género es absurdo. Solo el sentimiento de protección maternal te hace rechazar y combatir cualquier tipo violencia contra las mujeres», ha afirmado.

Ha añadido que el PP ha rechazado «siempre la violencia de género» y ha defendido que «los mayores avances en al lucha de la violencia contra las mujeres han sido propiciados por el PP y, los mayores consensos políticos contra esta lacra social los han adoptado los grandes partidos, el PP y el PSOE».

«Lecciones, ninguna», ha afirmado, al tiempo que ha añadido que «a nadie le quepa la menor duda de que en el gobierno de la Generalitat, el del Ayuntamiento de Valencia y todos los gobiernos populares van a combatir esta lacra de forma tajante».

Acciones urgentes de Catalá: el padrón, policía local y licitaciones

La nueva alcaldesa de València ha señalado asimismo que una de las principales medidas que impulsará en los primeros cien días de gobierno será la de reforzar el personal en el padrón, la Policía Local y en las licencias.

Catalá ha señalado que hay un remanente de tesorería de 300 millones de euros que «tiene que ponerse en circulación», y ha anunciado que unificará en un mismo departamento las licencias de actividad y de obra, así como un plan de choque en materia de limpieza.

En materia de movilidad, ha indicado que se «rediseñarán» los carriles bici en las avenidas de la Constitución, de Primado Reig y de Pérez Galdós, y ha defiendo la peatonalización de las grandes plazas «pero no el feísmo».

Adiós a las Reinas Magas

El nuevo gobierno municipal, ha añadido, no financiará la conocida como Cabalgata de las Reinas Magas porque «no tiene tradición en la ciudad» y hay «otras prioridades económicas» en València, como los mercados municipales y centros de mayores.

Preguntada por último sobre si se fija algún plazo de mandatos, ha afirmado que no se ve veinte años de alcaldesa. «No sé si sería sano. Creo mucho en la alternancia política y estoy muy preparada para lo que venga», ha concluido.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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