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Detenido un hombre por apuñalar a otros dos en un local de ocio de Mislata

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EUROPA PRESS. Agentes de la Policía Nacional han detenido en Mislata (Valencia) a un hombre, de 45 años y de origen cubano, como presunto autor de los delitos de homicidio en grado de tentativa y lesiones tras supuestamente apuñalar a otros dos hombres con un cuchillo en un local de ocio de dicha localidad, según ha informado la Jefatura Superior de Policía en un comunicado.

Asimismo, ha precisado que la detención de este individuo se produjo el pasado miércoles sobre las 18.00 horas, mientras que los hechos por los que ha sido detenido tuvieron lugar el pasado mes. El detenido, con antecedentes policiales, ha pasado a disposición judicial.

La Policía Nacional inició las investigaciones que han llevado a localizar a este hombre a raíz de los hechos que se produjeron la noche del 25 de diciembre, día de Nochebuena, en Mislata cuando varios hombres se estaban lanzando sillas a las puertas de un local de ocio de ese municipio y uno de ellos presuntamente apuñaló a otros dos y huyó del lugar.

Los agentes que llegaron al lugar tras tener conocimiento de la pelea observaron a dos personas heridas, un hombre de 43 años, con un corte profundo en el brazo derecho, y otro de 33 años, con un corte en la pierna derecha y varios en las dos manos. Ambos fueron trasladados por efectivos sanitarios a un hospital de València, donde uno de ellos tuvo que ser intervenido. Esta persona perdió varios dedos de la mano posteriormente.

La Policía Nacional logró averiguar que los tres hombres estaban juntos cuando se inició una discusión. En ese momento, uno de ellos se fue del lugar y regresó poco después con un cuchillo e intentó apuñalar en el pecho a otro sin conseguirlo. No obstante, lo alcanzó en el brazo y a la otro persona en la pierna y en manos antes huir del lugar y dejar a los dos heridos.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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