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‘El Bigotes’ asegura que no volverá a colaborar con la Justicia: «¿De qué me sirve?»

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MADRID/VALÈNCIA, 8 May. (EUROPA PRESS) –

El responsable de Orange Market, Álvaro Pérez ‘El Bigotes’, ha afirmado este martes en el juicio por la presunta financiación irregular del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) en las campañas electorales de 2007 y 2008 que no volverá a colaborar con la Justicia porque la Fiscalía Anticorrupción no ha aplicado ninguna atenuante de confesión en su petición de penas. «¿De qué me sirve?», se ha preguntado.

‘El Bigotes’, que se enfrenta a 16 años y medio de prisión –Anticorrupción inicialmente solicitó para él 27 años de cárcel–, ha hecho uso de este último turno de palabra para mostrar su decepción con la sentencia del Tribunal Supremo, que confirma las condenas impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en febrero del año pasado a los líderes de la Gürtel y exmiembros del Gobierno valenciano por amañar los contratos públicos para la feria de turismo Fitur entre los años 2005 y 2009.

«Muchas personas estarán celebrando las sentencias del Tribunal Supremo, sacarán el confeti y a celebrarlo», ha lamentado Pérez. También, ha afeado que este mismo martes se haya dado a conocer que el alto tribunal confirma su condena a 12 años y tres meses a través de los medios de comunicación.

«SICARIOS MEDIÁTICOS»
«Hace 10 años nos enterábamos de todas las noticias que tienen que ver con este caso siempre por algún sicario mediático, chorizos que mangan de algún cajón de un tribunal y se la filtran a otro golfo para que la publique», ha dicho Pérez, que ha sido el único de los acusados en hacer un último alegato.

Aunque el titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, ha interrumpido en varias ocasiones al acusado porque estaba «criticando» una resolución diferente al procedimiento por el que está siendo juzgado, el responsable de Orange Market ha enfatizado que es su «sentimiento», su «última palabra», porque «hoy» está «profundamente dolido» porque ha «perdido», «palmado la verdad». «¿Si opina un ministro no voy a opinar yo?», ha dicho en otro momento en el que ha sido frenado por el magistrado.

Al respecto, se ha dirigido a las acusaciones, en especial a los fiscales Anticorrupción Myriam Segura y Carlos Segura, y les ha anunciado que a partir de ahora no va a «volver a colaborar con la Justicia» en todos las piezas sobre la trama Gürtel que quedan por juzgarse porque ya «no cree» en ella. «¿De qué me sirve colaborar?», ha añadido.

CORREA SE MUESTRA DESOLADO
Mientras ‘El Bigotes’ manifestaba estas palabras, el líder de la trama Gürtel, que se encontraba sentado detrás, en la primera fila del banquillo de los acusados y acompañado por su ‘número dos’, Pablo Crespo; se ha mostrado desolado cubriéndose la cara con las manos. Una vez que el juez ha dicho que el juicio queda visto para sentencia, Francisco Correa se ha secado las lágrimas.

Pérez ha explicado ante el juez que, a su juicio, cuando se comete un delito económico es para «llevarte el dinero al bolsillo». Algo que ha asegurado que no ha cometido porque «desde hace 10 años» vive en una «ruina personal y familiar importante y cuando se destapó este caso nadie encontró ni un céntimo en ningún sitio».

SENTENCIAS JUSTAS
Ha añadido que «en momentos convulsos todo el mundo pide sentencias ejemplares», incluso «los vendedores de chochonas». No obstante, ha instado a que se pida «justicia».

En este sentido, ha dicho que «reza para que más pronto que tarde» este caso llegué a un tribunal de Derechos Humanos que «no se deje amedrentar ni por la presión mediática, ni por los sicarios mediáticos» y «ponga orden». «Lo que me han hecho, lo que me están haciendo esto seguirán sentados en sus despachos, pero si me dan hoy fuerza y vida yo intentaré acabar con la carrera de todos ellos», ha concluido.

Álvaro Pérez ha relatado que en la cárcel de Valdemoro (Madrid) en la que se encuentra desde febrero del año pasado cumpliendo –hasta el momento de manera preventiva– la condena por Fitur, otros presos le preguntan que qué ha hecho y no le creen. «Cuando me preguntan qué condena tengo me dicen: ‘hermanito a quién has matado’. Se ríen muchos de mí», ha contado.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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