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El Tribunal Constitucional suspende la ley del referéndum

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, admitir a trámite los cuatro recursos presentados en el día de hoy por el Gobierno en relación con las actuaciones del Gobierno de la Generalitat de Cataluña y del Parlamento de Cataluña referidas a la celebración de un referéndum de autodeterminación el próximo 1 de octubre.

En concreto: 1. El recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Parlamento de Cataluña 19/ 2017, del referéndum de autodeterminación; 2. La impugnación de la Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña por el que se designan los miembros de la sindicatura electoral; 3. La impugnación del decreto de la Generalitat de Cataluña por el que se aprueban las normas complementarias para la celebración del referéndum; 4. La impugnación del decreto de la Generalitat de convocatoria del referéndum el próximo 1 de octubre.

 

Como consecuencia de la invocación por parte del Gobierno del art. 161.2 de la Constitución, el Pleno acuerda la suspensión de todas las disposiciones impugnadas. El citado precepto constitucional establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”. Asimismo, el Tribunal ha iniciado la tramitación del incidente de ejecución de sentencia presentado también hoy por la Abogacía del Estado en relación con el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña por el que se admite a trámite la proposición de Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República.

 

A mayor abundamiento, las providencias dictadas por el Pleno afirman lo siguiente: 1) Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación. Además de la suspensión cautelar, el Pleno acuerda dar traslado del recurso al Congreso de los Diputados, al Senado, a la Generalitat de Cataluña y al Parlamento de Cataluña, que disponen de un plazo de 15 días para formular las alegaciones que estimen oportunas. Acuerda notificar personalmente la presente resolución al Presidente de la Generalitat de Cataluña, a todos los miembros del Consejo de Gobierno, al Secretario del Gobierno de Cataluña, a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, a todos los miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña, al Letrado Mayor del Parlamento de Cataluña, al Secretario General del Parlamento de Cataluña, al Jefe del Departamento de Publicaciones y a la Técnica de coordinación de la producción de publicaciones del Departamento de Ediciones, todos ellos del Parlamento de Cataluña.

 

Les advierte de su deber de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, de que deben abstenerse de “iniciar tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña regulado en la ley objeto de la presente impugnación y de poner a disposición de la Sindicatura electoral de Cataluña o de las sindicatura electorales de demarcación los medios materiales y personales necesarios para el ejercicio de sus funciones”. Todo ello, con “las advertencias de las eventuales consecuencias penales en caso de incumplimiento”. Se acuerda también notificar personalmente la presente resolución a los miembros (titulares y suplentes) de la sindicatura electoral de Cataluña. A todos ellos les advierte de su deber de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”.

 

En particular, de que deben abstenerse “de proceder al nombramiento de los miembros de las sindicaturas electorales de demarcación, de la creación de ningún registro y/o fichero necesarios para la celebración del referéndum de autodeterminación y de cualquier acto y/o actuación en aplicación del artículo 18 de la Ley 19/2017, así como iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno en orden a la ejecución de las previsiones contenidas en la ley del referéndum, o que promuevan o tramiten norma alguna dirigida a tal fin”.

 

Se les apercibe “de la nulidad radical” de las actuaciones que realicen y “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de desobediencia de dicho requerimiento”. 2) Impugnación de la designación por el Parlamento de Cataluña de los miembros de la sindicatura electoral de Cataluña. Además de la suspensión cautelar, el Tribunal da traslado del recurso al Gobierno de la Generalitat para que, en el plazo de 20 días, aporte cuantos documentos y alegaciones considere oportunos. Asimismo, acuerda notificar personalmente la presente resolución al Presidente de la Generalitat de Cataluña, a todos los miembros del Consejo de Gobierno, al Secretario del Gobierno de Cataluña, a los delegados territoriales del Gobierno de la Generalitat, al Director de la Entidad Autónoma del Diario Oficial de Publicaciones (EADOP); al Subdirector General del Diario Oficial y de la Administración, de la EADOP, al Subdirector General de Publicaciones de la EADOP, a la Jefa del Área de Publicación Oficial de la EADOP, y a los responsables de los boletines oficiales provinciales.

 

El Pleno les advierte de su deber “de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En concreto, señala que deben abstenerse de “iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña regulado en la Ley objeto de la presente impugnación y de poner a disposición de la sindicatura electoral de Cataluña o de las sindicaturas electorales de demarcación los medios materiales y personales necesarios para el ejercicio de sus funciones”. Todo ello, con la advertencia “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”.

 

El Pleno acuerda notificar personalmente la presente resolución a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, a los miembros de la Mesa del Parlamento, al Secretario General, al letrado Mayor, al Jefe del Departamento de Publicaciones y a la Técnica de Coordinación de la producción de publicaciones del Departamento de Ediciones, todos ellos del Parlamento de Cataluña. A todos ellos, les advierte de su deber de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, “de que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña regulado en la Ley objeto de la presente impugnación y de poner a disposición de la Sindicatura electoral de Cataluña o de las sindicaturas electorales de demarcación los medios materiales y personales necesarios para el ejercicio de sus funciones”.

 

Se les apercibe “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”. 3) Impugnación del decreto de la Generalitat de Cataluña de normas complementarias para la celebración del referéndum de autodeterminación. Además de la suspensión cautelar, el Tribunal da traslado del recurso a la Generalitat de Cataluña para que, en el plazo de veinte días, pueda personarse en el proceso y formular las alegaciones que estime convenientes. Acuerda notificar personalmente la presente resolución al Presidente de la Generalitat de Cataluña, a todos los miembros del Consejo de Gobierno, al Secretario del Gobierno de Cataluña, así como a otros 60 altos cargos de la Generalitat y a los Alcaldes de todos los municipios de Cataluña.

 

El Pleno les advierte de su deber “de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, de que deben abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña regulado en el Decreto objeto de la presente impugnación”. Se les apercibe “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”. 4) Impugnación del decreto de convocatoria del referéndum de autodeterminación de Cataluña. Además de la suspensión cautelar, el Pleno acuerda dar traslado del recurso al Gobierno de la Generalitat, que dispone de veinte días para aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes. Acuerda también notificar personalmente la presente resolución al Presidente de la Generalitat, a todos los miembros del Consejo de Gobierno y al Secretario del Gobierno.

 

Les advierte de su deber de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, “de que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña regulado en el Decreto objeto de la presente impugnación”. Se les apercibe “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”. 5) Por otro lado, en el incidente de ejecución de sentencia referido a la tramitación por el Parlamento de Cataluña del proyecto de ley de Transitoriedad Jurídica, el Tribunal acuerda tener por personada en el procedimiento a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los solos efectos de que en este incidente pueda defender sus derechos e intereses legítimos a título particular, sin perjuicio de la personación del Parlamento de Cataluña a través de sus servicios jurídicos. . Madrid, 7 de septiembre de 2017.

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Comunicado del Palacio de Buckingham sobre el rey Carlos III

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Carlos III cáncer
Foto: CASA REAL BRITÁNICA-Samir Hussein

El rey de Inglaterra, Carlos III, regresará el próximo martes 30 de abril a sus compromisos públicos tras un “periodo de tratamiento y recuperación” por el cáncer que padece, según informó este viernes el palacio de Buckingham.

En un comunicado, el palacio indica que el rey y la reina Camila realizarán ese día una visita conjunta a un centro de tratamiento contra el cáncer, donde se reunirán con especialistas médicos y pacientes.

Esa será, según apunta la nota, la primera visita de una serie de “compromisos externos” que acometerá el monarca en las próximas semanas.

El comunicado revela además que Carlos III y su esposa recibirán a los emperadores de Japón, que vendrán al Reino Unido el próximo junio en una visita de Estado.

Comunicado íntegro:

«El programa de tratamiento de Su Majestad continuará, pero los médicos están lo suficientemente satisfechos con el progreso realizado hasta ahora que el rey puede reanudar una serie de tareas de cara al público.

«Su majestad se siente muy alentado por reanudar algunas tareas de cara al público y muy agradecido con su equipo médico por su continuo cuidado y experiencia»

Sale a la luz el mensaje oculto del comunicado sobre el cáncer de Carlos III

Este lunes 5 de febrero, a media tarde, Buckingham Palace hacía pública una noticia que paralizaba Reino Unido: el rey Carlos III padece cáncer. El diagnóstico se produjo en una intervención de próstata en la que se detectó este tumor, del que han preferido no dar más detalles. Y la familia real británica, que atraviesa uno de sus peores momentos en lo personal, se ha volcado ante la delicada situación del monarca.

Según han confirmado los medios ingleses, fue el propio Carlos III el que se encargó de comunicar su situación a sus dos hijos. A su heredero, el príncipe Guillermo, pudo contárselo personalmente. De hecho será él, a pesar de la convalecencia de su mujer, Kate Middleton, quien tendrá que repartirse las funciones de su padre junto a la reina Camila. El príncipe Harry, sin embargo, tuvo que enterarse por vía telefónica, ya que reside en Los Ángeles junto a Meghan Markle y sus dos hijos, Archie y Lilibeth.

El mensaje oculto del comunicado

Tras dar la noticia a sus hijos y allegados se decidió hacer un comunicado oficial desde Buckingham Palace, un texto en el que se confirmaba la enfermedad del monarca y que además iba acompañado de una foto de Carlos III, algo completamente inusual en los comunicados.

Una fotografía inédita que fue realizada por Samir Hussein, al que se le cita como autor de la misma en la publicación de palacio en redes sociales, y en la que se ve al rey de Inglaterra de pie, con un traje azul marino frente a uno de los ventanales del palacio.Pero, ¿por qué se adjunto esta instantánea? Según Jennie Bond, excorresponsal de la monarquía británica de la BBC, en declaraciones para Sky News, uno de los medios que más seguimiento está dando a la noticia. «Esto fue cuidadosamente coreografiado. Y probablemente se hizo ayer. Es un intento deliberado del rey y de Palacio de mostrar que está bien, que no debemos preocuparnos demasiado», ha asegurado.

Comunicado de la CASA REAL BRITÁNICA

¿Por qué no se ha dicho qué cáncer padece?

El comunicado que informaba de la situación de Carlos III, no dio detalles del cáncer que padece ni en el estado en el que está. Según la que fue asesora de comunicación del monarca entre 2009 y 2016, esta decisión de no dar más detalles sobre su situación es una forma de huir de la especulación. «En cuanto se sabe qué tipo de cáncer es, todo el mundo empieza a buscarlo, la gente empieza a buscar en Google y dicen: ‘Conozco a alguien y le pasó esto, esto es lo que va a pasar», ha explicado en una entrevista para ITV.

Carlos III, diagnosticado de cáncer

El rey Carlos III, de 75 años, ha sido diagnosticado de cáncer, tal y como de anunciar el Palacio de Buckingham en un comunicado oficial.

“Durante el reciente procedimiento hospitalario de el rey por un agrandamiento benigno de la próstata, se observó otro asunto de preocupación”, según el comunicado enviado por correo electrónico. “Las pruebas de diagnóstico posteriores han identificado una forma de cáncer”.

Carlos III cáncer

Carlos III, en su primer discurso de Navidad como rey. CASA REAL BRITÁNICA

«El Rey permanece positivo con su tratamiento y espera volver a sus compromisos públicos lo antes posible», ha comunicado el Palacio de Buckingham.

El palacio de Buckingham no ha especificado qué tipo de cáncer padece el monarca, ni en qué etapa se encuentra.

El monarca de 75 años ha regresado a Londres desde Sandringham, una de sus residencias, para comenzar el tratamiento de inmediato. Este nuevo diagnóstico no está relacionado con su reciente cirugía y no es cáncer de próstata, pero los médicos lo detectaron cuando se sometió a su procedimiento médico por agrandamiento de la próstata el pasado 26 de enero.

Comunicado íntegro de Buckingham Palace

Durante la reciente estancia en el hospital del Rey para un procedimiento benigno de agrandamiento de próstata, se encontró algo que despertó preocupación. Tras las pruebas de diagnóstico pertinentes se ha identificado una forma de cancer. Su Majestad ha comenzado hoy sus tratamientos regulares y durante este tiempo sus doctores le han recomendado posponer sus actos públicos. A lo largo de este periodo, Su Majestad continuará llevando a cabo tareas de Estado y su trabajo de oficina como siempre. 

El Rey está agradecido a su equipo médico por su rápida intervención lo que ha sido posible gracias al procedimiento al que ha sido sometido recientemente. Se mantiene completamente positivo sobre su tratamiento y espera volver a las funciones públicas lo más pronto posible. Su Majestad el Rey ha querido compartir su diagnóstico para evitar cualquier tipo de especulación y con lo esperanza de que pueda ayudar a todos los que padecen cáncer en el mundo.

Quién es quién en la línea de sucesión de Carlos III


Carlos III fue se convirtió en el monarca más longevo en acceder al trono, con 73 años. S
u primogénito Guillermo, el príncipe de Gales, ocupa el primer lugar en la línea de sucesión, seguido de sus tres hijos y de su hermano Enrique, el duque de Sussex. La lista oficial publicada por la casa real británica en su página web incluye hasta 23 personas de la familia Windsor en esa línea de sucesión.

El rey Carlos III

Carlos de Inglaterra (1948), coronado ahora como Carlos III, es el primogénito de Isabel II, cuyo reinado acabó por ser el más largo en toda la historia de la monarquía británica, lo que explica el tardío acceso al trono de su hijo.

Casado en 1981 con Diana Spencer, una joven noble -hija de un conde-, tuvo con ella a sus dos hijos, Guillermo y Enrique, aunque el matrimonio acabó en fracaso: se divorciaron en 1996 después de años de infidelidades y escándalos. Apenas un año después, el 31 de agosto de 1997, Diana murió en un accidente de coche en París, cuando trataba de huir de la prensa del corazón.

En 2005, Carlos contrajo segundas nupcias con Camila Parker Bowles, el amor de su juventud, que había seguido siendo su amante durante su matrimonio con Diana. Con la coronación, Camila deja ahora de ser reina consorte para ostentar el título de reina.

1. Guillermo de Gales

El príncipe Guillermo (1982) es el mayor de los hijos del rey Carlos y la princesa Diana, por lo que desde hace ocho meses es el primero en la línea de sucesión del trono británico. Como tal, ostenta el título de príncipe de Gales, además del de duque de Cambridge y duque de Cornualles, entre otros.

Guillermo se casó en 2011 con Kate Middleton, ahora princesa de Gales, a quien conoció cuando estudiaba en la universidad de Saint Andrews, y con quien ha tenido tres hijos, que le siguen en la línea de sucesión.

Educado desde su nacimiento para ser rey en el futuro, su relevancia en la actividad de la familia real británica ha ido creciendo, con un perfil reconocible en su compromiso contra el cambio climático, entre otras causas. Su vida familiar, en cualquier caso, le ha mantenido siempre bajo los focos, desde el giro trágico que suspuso el fallecimiento de su madre, cuando era un adolescente de 15 años, hasta sus recientes discrepancias con su hermano Enrique, que han prvocado el distanciamento entre ambos después de que este y su mujer, Meghan Markle, abandonaran la familia real.

2. Jorge de Gales

El príncipe Jorge (2013), primogénito de los príncipes de Gales, ocupa desde la muerte de su bisabuela Isabel II el segundo puesto en la línea de sucesión en el trono británico. Con tratamiento de alteza real desde su nacimiento, empieza ya a recorrer el camino que emprendió su padre para llegar a encabezar en el futuro a la monarquía británica.

3. Carlota de Gales

La princesa Carlota (2015), segunda hija de los príncipes de Gales, es la primera mujer en la línea de sucesión, ocupando el tercer lugar. En este sentido, no se ha visto desplazada en esta prelación por su hermano menor, ya que la legislación británica suprimió en 2013 la preeminencia que hasta entonces se daba a la línea masculina.

4. Luis de Gales

El príncipe Luis (2018) es el tercer hijo del príncipe Guillermo y la princesa Catalina, el segundo varón. Ocupa el cuarto lugar en la línea sucesoria de la monarquía británica.

5. Enrique de Sussex

El príncipe Enrique (1984), segundo hijo de Carlos y Diana, es el quinto heredero del trono británico. Fue nombrado por su abuela, la reina Isabel II, duque de Sussex con motivo de su matrimonio con la actriz estadounidense Meghan Markle, con quien ha tenido dos hijos, que le siguen en la línea de sucesión.

Desde abril de 2020, el matrimonio ha renunciado al tratamiento de alteza real y al sustento financiero de la corona para ser económicamente independientes, al tiempo que abandonaban las funciones de representación reales. Fue la culminación de un distanciamiento que se había iniciado dos años antes, cuando decidieron establecerse en Estados Unidos, después de que la duquesa -de ascendencia afroamericana por parte de madre- aireara en una entrevista en televisión que un miembro de la familia real había cuestionado el color de la piel del primer hijo de la pareja.

Como resultado, su presencia en Reino Unido se ha reducido al mínimo y Enrique, que en su primera juventud fue un habitual de los tabloides -protagonizó portadas disfrazado de nazi o desnudo en un hotel de Las Vegas-, ahora trabaja para una empresa tecnológica de San Francisco.

6. Archie de Sussex

El hijo mayor de los duques de Sussex, Archie Harrison (2019) es el sexto en la línea de sucesión. Los duques de Sussex optaron por no otorgarle ningún título al nacer -ya que podría utilizar el segundo de su padre, conde de Dumbarton, de forma subsidiaria- para que creciera como un ciudadano más, con el único tratamiento de master y el apellido Mountbatten-Windsor.

Sin embargo, con la muerte de Isabel II y el ascenso al trono de Carlos III, accedió al título de príncipe y puede usar el tratamiento de alteza real, sin que sus padres hayan aclarado si lo hará. Por el momento, la lista oficial de herederos de la casa real británica lo mantiene como «príncipe».

7. Lilibet de Sussex

La hija menor de los duques de Sussex, Lilibet Diana, ocupa el séptimo lugar en la línea de sucesión, siendo la segunda mujer, tras su prima Carlota de Gales. Al igual que su hermano, tras el ascenso al trono de Carlos III açccedió al título de princesa con tratamiento de alteza real, y como tal aparece en la lista oficial de herederos, pero sus padres han sugerido que no lo utilizará más allá de actos oficiales.

8. Andrés de York

El príncipe Andrés (1960), segundo hijo varón de Isabel II y hermano del rey Carlos III, ocupó el segundo puesto en la línea de sucesión hasta el nacimiento de su sobrino, el príncipe Guillermo, en 1982, si bien los sucesivos hijos y nietos del rey le han ido desplazando y ahora es el octavo heredero a la corona.

Considerado el favorito de los hijos de Isabel II -fue el primero que tuvo siendo ya reina-, en 1980 se casó con la aristócrata Sarah Ferguson y ambos fueron nombrados duques de York. El matrimonio tuvo dos hijos, que siguen a Andrés en la línea sucesoria, pero acabó en divorcio tras una serie de infidelidades puntualmente aireadas por los tabloides.

El mayor escándalo, sin embargo, le alcanzaría en 2014, por su amistad con el financiero estadounidense Jeffrey Epstein y las investigaciones contra este por abusos sexuales: una de sus víctimas, Virginia Giuffre, denunció al príncipe por presuntamente haber abusado de ella hasta en tres ocasiones cuando era menor de edad. El pleito se cerró con un acuerdo económico, pero Isabel II ya le había despojado de todos los honores militares y los mecenazgos reales. Desde entonces, su actividad pública para la familia real se ha reducido al mínimo.

9. Beatriz de York

La princesa Beatriz (1988), hija primogénita de Andrés, ocupa el noveno lugar en la línea de sucesión, por detrás de su padre. Fue la primera princesa nacida en la familia real británica en casi cuatro décadas, desde el alumbramiento de la princesa Ana, la segunda hija de la reina Isabel.

Criada libre de compromisos reales, se casó en julio de 2020 -después de que su enlace se cancelara a causa de la pandemia de coronavirus-, con el noble italiano Edoardo Mapelli Mozzi, con quien ha tenido una hija que le sigue en la línea de sucesión.

10. Sienna Elizabeth Mapelli Mozzi

Nacida en septiembre de 2021, fue la duodécima bisnieta que conoció la reina Isabel II -a la que alude su segundo nombre- y actualmente ocupa el décimo puesto en la línea de sucesión a la corona. Tiene un hermanastro, Christopher Woolf, hijo de una anterior relación de Edoardo Mapelli con la arquitecta americana Dara Huang.

A partir del décimo lugar, la línea sucesoria continúa de la siguiente manera, hasta alcanzar los 23 herederos oficiales:

11. Princesa Eugenia de York, segunda hija del duque de York.

12. August Brooksbank, hijo de la princesa Eugenia.

13. Príncipe Eduardo, duque de Edimburgo, cuarto y último hijo de la reina Isabel II.

14. Jacobo Mountbatten-Windsor, conde de Wessex, hijo menor del príncipe Eduardo

15. Luisa Mountbatten-Windsor, hija mayor del príncipe Eduardo

16. Princesa Real Ana, segunda hija de la reina Isabel II

17. Peter Phillips, hijo mayor de la princesa Ana

18. Savanna Phillips, hija mayor de Peter Phillips

19. Isla Phillips, hija menor de Peter Phillips

20. Zara Tindall, hija menor de la princesa Ana

21. Mia Tindall, primera hija de Zara Tindall

22. Lena Tindall, segunda hija de Zara Tindall

23. Lucas Tindall, tercer hijo de Zara Tindall

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