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Estas son las normas para las salidas de los niños a partir de este domingo

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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, y el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias comparecieron en rueda de prensa telemática desde La Moncloa para informar sobre las medidas adoptadas para la salida de los niños el domingo 26.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado que los menores de 14 años podrán dar paseos controlados, acompañados de un adulto durante una hora al día, entre las nueve de la mañana y las nueve de la noche, a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a zonas de columpios e instalaciones deportivas.

El ministro de Sanidad, que ha comparecido en la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso, ha señalado que aprobará una Orden para que desde el próximo domingo 26 de abril esta medida de alivio del confinamiento sea posible.

«Estas salidas controladas tienen múltiples efectos beneficiosos para los menores, tanto a nivel físico, como emocional; especialmente para aquellos que viven en hogares más vulnerables, porque no en todos los hogares tienen las mismas condiciones ni todos los estilos de vida son iguales. Por tanto, esta medida es también una medida de equidad», ha subrayado Illa.

Pablo Iglesias, vicepresidente segundo, se ha dirigido a los niños para pedirles perdón: «Hoy hablamos de vosotros y quiero pediros disculpas. En las últimas horas, no hemos sido todo lo claros que podíamos para explicar cómo podéis salir a partir del domingo. Quiero daros las gracias. Cuando se toman decisiones difíciles, se pueden cometer errores».

«A partir del domingo, niños de hasta 14 años podrán salir una vez al día durante una hora de 9 de la mañana a 9 de la noche en un radio de un kilómetro, acompañados por un adulto responsable. El adulto puede salir con hasta tres niños. Iglesias también ha pedido «evitar las horas puntas para evitar posibles contagios».»

Los menores podrán correr, saltar o hacer ejercicio en su paseo, siempre controlados por el adulto responsable. Además, Iglesias ha aclarado que también se pueden sacar pelotas o patinetes para los más pequeños, pero que estos no podrán utilizar las zonas públicas de juego como parques para evitar así el riesgo de contagio.

Iglesias ha aclarado también que los niños que vivan en una zona rural podrán salir a pasear por el campo o por el bosque, siempre respetando las medidas de distanciamiento social. Todos los paseos tendrán que hacerse dentro del entorno de 1 kilómetro.

Los padres también podrán salir a pasear a los menores con los carritos. Desde el Ejecutivo recuerdan también que los menores que tengan síntomas que puedan ser compatibles con COVID-19, tienen que quedarse en casa.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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