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Valencia

GALERÍA| María Estela Arlandis y su Corte de Honor visitan Fitur

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FMV y su Corte de Honor fitur

La Fallera Mayor de Valencia, Maria Estela Arlandis y su Corte de Honor han visitado este miércoles la Feria Internacional de Turismo, FITUR, en la jornada dedicada a la Comunitat Valenciana.

Acompañadas por la alcaldesa de Valencia, Maria José Catalá y el presidente de Junta Central Fallera, Santiago Ballester, han visitado diferentes stands de la Feria haciendo especial hincapié en el dedicado a València, como embajadoras de las Fallas, fiesta declaradas Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO, así como el de la Comunitat Valenciana.

Una jornada llena de momentos especiales donde Maria Estela y su Corte de Honor han recorrido diferentes estancias de la Feria fotografiándose con todo el mundo que reclamaba su atención y explicando los detalles de su indumentaria.

Stands como el de Japón, Korea o India han disfrutado con la presencia de las máximas representantes de las Fallas, grandes embajadoras de la ciudad de Valencia y sus fiestas.

 

Imágenes: Armando Romero

 

 

València y Madrid estrechan lazos con un protocolo de promoción turística

La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, y el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida han firmado este miércoles en Fitur el Protocolo General de Actuación de las dos ciudades en materia de promoción turística. El acto ha estado presidido por el president de la Generalitat, Carlos Mazón, y ha contado con la presencia de las falleras mayores y sus cortes, entre otros.

“La firma de este protocolo de actuaciones tiene un objetivo muy definido: poner en valor la cultura, el deporte y nuestras fiestas y tradiciones como reclamo turístico. Hoy, damos un paso decidido en esa dirección con la firma de este protocolo”, ha afirmado la alcaldesa de València.

Por su parte, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha señalado que el convenio firmado “ahonda los lazos comerciales y turísticos existentes entre dos ciudades fundamentales”, que son “polos estratégicos” de atracción turística para España, y ha añadido que, para los madrileños, la Comunitat Valenciana y, particularmente, la ciudad

de València, “son destinos esenciales y favoritos”. Además, ha destacado el trabajo realizado en los últimos seis meses por María José Catalá para llevar adelante en València “la mayor bajada de impuestos y mejorar su seguridad”.

La alcaldesa ha explicado que los “dos gobiernos municipales compartimos una línea estratégica muy clara: potenciar nuestro patrimonio cultural como activo y atractivo turístico. Sorolla es el exponente claro del vínculo entre nuestras dos ciudades, pero vamos a ir a más”. “Nuestro objetivo es compartir y no competir, y por eso vamos a desarrollar proyectos conjuntos para dar un salto de calidad al orgullo que tenemos y que sentimos por nuestras ciudades. Somos tierra de arte y cultura y creo ese es el mejor escaparte para enseñar nuestras ciudades e invitar a todo el mundo a visitarlas” ha señalado María José Catalá.

Protocolo general de actuación

El objeto del presente protocolo general de actuación es declarar la intención de las partes de establecer las líneas generales de la colaboración entre las ciudades de València y Madrid para la promoción de actividades y políticas turísticas.

En este sentido, las líneas de colaboración previstas en el marco del presente protocolo serán:

a) Creación de un grupo de trabajo estable para el intercambio de información y conocimiento relativo a las iniciativas que interese promocionar, así como el asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con el presente convenio.

b) Participación en proyectos conjuntos tanto de ámbito local, nacional o internacional, que se deberán concretar en convenios específicos en cada caso.

c) Creación de canales que pongan en contacto a las empresas de cada ciudad en sus diferentes disciplinas como la creación de foros o jornadas de promoción inversa en cada una de las ciudades.

d) Incrementar el conocimiento mutuo entre los ciudadanos de los dos Ayuntamientos, mediante la promoción de los eventos culturales, turísticos y de ocio que se celebren en cada una de las ciudades.

Mascletà en Madrid el 18 de febrero

Fruto de este protocolo, los ayuntamientos de València y Madrid están trabajando conjuntamente para la celebración el próximo 18 de febrero de una mascletà en la capital de España. “La pirotecnia es una de nuestras señas de identidad más importantes y agradecemos la disposición de Madrid por disparar esta mascletà y promocionar a nuestros pirotécnicos de los que nos sentimos muy orgullosos”, ha afirmado Catalá.

Dentro de este trabajo conjunto, el primer intercambio de información se producirá este viernes con la visita de una delegación de bomberos del Ayuntamiento de Madrid que se reunirán con los del Ayuntamiento de Valencia para preparar la mascletà en la capital de España del próximo 18 de febrero.

En esta jornada, se abordará la normativa vigente que regula este tipo de espectáculos y la elaboración de planes de seguridad y de emergencia. Dado que ese viernes se celebrará la exaltación de la fallera mayor de València, donde hay previsto un espectáculo pirotécnico, los bomberos de Madrid acompañarán a los de València para la inspección sobre el terreno.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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