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Impugnan el modelo lingüístico educativo por «trato discriminatorio» a los castellanoparlantes
Publicado
hace 10 añosen
De
EL Sindicato CSI·F ha impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el decreto 9/2017, de 27 de enero, del Consell, por el que establece el modelo lingüístico educativo valenciano y regula su aplicación en las enseñanzas no universitarias. La central sindical argumenta que vulnera el derecho a la igualdad, en este caso de las personas castellanoparlantes, y que propone un trato “discriminatorio” para los alumnos cuyos centros utilicen el nivel básico, que no obtendrán certificación en inglés.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) explica en el recurso que la Disposición Adicional Quinta del decreto especifica que, con una similar carga docente de inglés en las distintas etapas educativas (Primaria, Secundaria o Bachillerato), se les certificará un nivel u otro de esa lengua en función del programa al que se acoja el centro.
El sindicato recuerda que los alumnos que cursen nivel avanzado, con más asignaturas en valenciano, llegarán a obtener una certificación de nivel B1 en inglés al concluir Bachillerato. Mientras, aquellos cuyo centro opten por nivel básico, con más castellano, no lograrán certificación alguna de inglés a pesar de cursar un número similar de asignaturas en esa lengua.
CSI·F considera que esa medida “debe devenir inconstitucional por cuanto resulta contraria al principio de igualdad, al suponer el factor lingüístico un elemento discriminatorio”.
La central sindical solicita, en su escrito ante el TSJ de la Comunidad Valenciana, “el amparo judicial del derecho y libertad constitucional a la igualdad previsto en el artículo 14 de la Constitución Española”. Además, pide que el contencioso “se tramite por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona”.
La central sindical comenta que estas instrucciones confirman la exigencia del nivel C1 para obtener la capacitación inglés para unos docentes ya sobrecargados de trabajo. El sindicato urge a que la Administración proporcione medios y disponibilidad horaria para perfeccionar su nivel de inglés, ya que en la actualidad los recursos son del todo insuficientes.
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Los cambios de la DGT que entran en vigor este 1 de octubre y afectan a miles de conductores
Publicado
hace 25 minutosen
1 octubre, 2026
La nueva reforma del Reglamento General de Circulación cambia las reglas para patinetes, bicicletas, motos y conductores y crea nuevas obligaciones en carretera y ciudad
Desde este jueves 1 de octubre de 2026 entra en vigor una importante reforma del Reglamento General de Circulación que afecta a miles de usuarios de las carreteras y calles españolas. El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica las normas de circulación para reforzar la protección de los denominados usuarios vulnerables: peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y ciclomotoristas.
La reforma introduce nuevas obligaciones para quienes conducen patinetes eléctricos, bicicletas, motocicletas y ciclomotores, modifica las condiciones para adelantar a determinados usuarios de la vía y establece nuevas reglas para circular durante una retención y facilitar el paso de los servicios de emergencia.
También incorpora por primera vez al Reglamento General de Circulación un título específico dedicado a las normas de circulación en vías urbanas.
Pero hay que tener en cuenta que no todas las medidas comienzan a aplicarse este 1 de octubre. Algunas obligaciones se han aplazado hasta 2027 y otras dependen de un desarrollo técnico posterior.
Los cambios para los patinetes eléctricos
Los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, tendrán desde este jueves nuevas obligaciones.
La edad mínima para conducir un VMP queda fijada en 15 años. Por tanto, los menores de esa edad no podrán conducir este tipo de vehículos.
Además, el casco de protección pasa a ser obligatorio para los usuarios de VMP. El chaleco reflectante también será obligatorio por la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas.
El nuevo reglamento también establece que, fuera de los núcleos urbanos, los VMP podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo que exista una prohibición señalizada.
El alumbrado permanente del patinete tendrá que esperar
Uno de los cambios que aparece asociado a la reforma no entra en vigor este 1 de octubre.
La obligación de que los VMP lleven el alumbrado encendido permanentemente, también durante el día, comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.
Por tanto, los usuarios de patinetes deben distinguir entre las obligaciones que comienzan ahora y las que se incorporarán dentro de un año.
Nuevas reglas para las bicicletas
La reforma también modifica las condiciones de circulación de las bicicletas.
En vías interurbanas, todos los ciclistas deberán utilizar casco. Se eliminan las exenciones que existían hasta ahora.
Además, cuando un vehículo adelante a una bicicleta en una vía interurbana deberá:
- Mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
- Reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
- Cambiar completamente de carril cuando la carretera tenga más de un carril por sentido.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, una medida destinada a mejorar su seguridad.
Además, cuando una bicicleta circule delante de un vehículo a motor por el mismo carril, el conductor deberá mantener una distancia mínima de cinco metros.
En determinadas calles urbanas de un solo carril y con velocidad máxima de 30 km/h, los ayuntamientos podrán permitir, previa señalización, que las bicicletas circulen en los dos sentidos.
Adiós a determinadas situaciones de ámbar en los semáforos
Otra de las novedades afecta a los semáforos de los pasos de peatones.
Como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.
La reforma pretende evitar situaciones en las que los vehículos reciben autorización para continuar mientras los peatones tienen simultáneamente permiso para cruzar.
Así cambia el adelantamiento a ciclistas y otros usuarios vulnerables
La nueva normativa refuerza también las condiciones para adelantar a ciclistas.
La distancia lateral mínima de 1,5 metros se mantiene, pero en las vías con más de un carril por sentido será obligatorio realizar un cambio completo de carril.
Además, en las vías interurbanas habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido.
Estas medidas buscan reforzar la seguridad de quienes circulan en bicicleta, especialmente en carreteras donde la diferencia de velocidad respecto a los vehículos a motor puede ser elevada.
Nuevas obligaciones para los motoristas
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores también tienen nuevas obligaciones desde este jueves.
En vías interurbanas será obligatorio utilizar guantes de protección y, en cualquier tipo de vía, el calzado deberá ser cerrado. La DGT señala que ambas obligaciones constituyen infracciones graves sancionables con 200 euros.
No obstante, existe un matiz importante respecto a los guantes: la exigencia de utilizar guantes con las características técnicas que se establezcan específicamente quedará vinculada a la entrada en vigor de la correspondiente orden ministerial. Mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las características empleadas actualmente.
El casco homologado para ciclomotores se retrasa
La nueva obligación de que los usuarios de ciclomotores utilicen un casco homologado, y no simplemente certificado, no comienza este 1 de octubre.
Esta medida entrará en vigor el 1 de octubre de 2027.
Las motos podrán utilizar el arcén en determinadas retenciones
La reforma también regula una situación habitual cuando se produce una gran congestión.
Las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando exista una situación de congestión del tráfico, pero no podrán hacerlo de forma libre por cualquier carretera.
Será necesario que el tramo esté previamente señalizado y la velocidad máxima será de 30 km/h.
Por tanto, la nueva norma no permite a los motoristas utilizar cualquier arcén para adelantar a los vehículos que están parados.
Los riders tendrán nuevas obligaciones
La reforma presta especial atención a quienes utilizan estos vehículos para trabajar.
Los profesionales que desarrollen su actividad utilizando bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas deberán utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento.
En el caso de los riders que trabajan con bicicleta o VMP, estas obligaciones se aplican mientras desarrollen su actividad profesional. La DGT considera su incumplimiento una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.
Así habrá que formar el carril de emergencia en un atasco
Otra de las novedades afecta a las retenciones.
Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o tengan que detenerse debido a la congestión, los conductores deberán colocarse de manera que quede libre un espacio central para permitir el paso de vehículos de policía, ambulancias, bomberos y otros servicios de emergencia.
El objetivo es crear el denominado carril de emergencia.
En las vías con dos carriles por sentido, el espacio se formará entre ambos carriles.
En carreteras con tres o más carriles por sentido, el hueco deberá quedar entre el carril situado más a la izquierda y el siguiente.
De esta forma, los vehículos del carril izquierdo deberán apartarse hacia la izquierda, mientras que los vehículos de los demás carriles deberán desplazarse hacia la derecha.
Nuevas normas para peatones y circulación urbana
La reforma incorpora un nuevo título VI al Reglamento General de Circulación, dedicado específicamente a las normas de circulación en vías urbanas.
También se reconoce jurídicamente la figura de los caminos escolares seguros, definidos como itinerarios acondicionados por las autoridades para favorecer que los menores puedan desplazarse a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.
El nuevo reglamento también establece cambios en diferentes aspectos de la circulación urbana y busca establecer un marco común para los distintos modos de desplazamiento, aunque los ayuntamientos mantienen capacidad para ordenar determinadas cuestiones mediante sus propias ordenanzas.
Los cambios que entran en vigor y los que se retrasan
Estas son las principales fechas que deben tener en cuenta los conductores:
Desde el 1 de octubre de 2026:
- Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
- Casco obligatorio para usuarios de VMP.
- Chaleco reflectante para VMP de noche o con baja visibilidad.
- Nuevas reglas para adelantar a ciclistas.
- Casco obligatorio para ciclistas en vías interurbanas sin las antiguas exenciones.
- Distancia mínima de cinco metros entre vehículos y bicicletas que circulen delante en el mismo carril urbano.
- Guantes de protección para motoristas y pasajeros en vías interurbanas, con las particularidades de su desarrollo técnico.
- Calzado cerrado para motoristas en cualquier vía.
- Regulación del uso del arcén derecho por motocicletas en determinadas congestiones.
- Nuevas reglas para crear el carril de emergencia.
- Cambios en los semáforos de pasos de peatones.
- Nuevas normas específicas para la circulación urbana.
Desde el 1 de octubre de 2027:
- Alumbrado permanente de los VMP, también durante el día.
- Casco homologado, y no simplemente certificado, para los usuarios de ciclomotores.
La reforma supone así uno de los principales cambios recientes del Reglamento General de Circulación y afecta especialmente a quienes utilizan patinetes, bicicletas y motos, pero también a los conductores de turismos que tendrán que adaptar determinadas maniobras, especialmente al adelantar y durante las retenciones.
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