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Valencia

La ‘vacuna emocional’ de València Turisme para recuperar a los turistas en 2022

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La 'vacuna emocional' de València Turisme para recuperar los turistas en 2022
El president de la Diputació, Toni Gaspar, i el diputat de Turisme, Jordi Mayor

Madrid, 19 ene (EFE).- València Turisme, el órgano turístico de la Diputación de Valencia, aspira a recuperar a lo largo de 2022 los turistas perdidos por la crisis sanitaria de la covid-19 con una variada oferta que suponga una ‘vacuna emocional’ para pasar página a los malos datos de los dos últimos años.

El diputado de Turismo y alcalde de Cullera, Jordi Mayor, ha mantenido una apretada agenda en la sesión inaugural de la Feria Internacional de Turismo de Madrid (FITUR), con reuniones con numerosos órganos e instituciones provinciales con el objetivo de avanzar en «la recuperación» y de «inyectar a la gente la vacuna emocional, que hace mucha falta».

Entre ellas con los responsables de Visit València para concretar aún más en la «vorágine de eventos» que tiene previstos la capital autonómica y para hacer balance de algunos de los recientes, como la gala de las estrellas Michelin.

Mayor ha hecho referencia a la gala prevista para el próximo mes de los Premios Goya, donde la Diputación participará en la financiación a partes iguales con la Generalitat y el ayuntamiento, y también a la colaboración provincial para los actos relacionados con la capital del diseño.

Del mismo modo, València Turisme colaborará con la ciudad en acciones por su condición de capital del turismo inteligente en 2022, sobre lo que a corto plazo se prevé que el ayuntamiento anuncie un evento, y ya se trabaja en estar presente en la reciente designación de València para albergar los Gay Games del año 2026.

Para el diputado provincial de Turismo, estos eventos contribuirán a relanzar a la ciudad para alcanzar las cifras de turistas prepandemia.

«València es un destino amable, que está ahí y que puede ser visitada en cualquier momento del año porque ofrece mucho y muy bueno», ha recalcado Mayor.

Desde València Turisme se esperan alcanzar durante el presente año los más de 8 millones de pasajeros en el aeropuerto de Manises, después de dos años con cifras muy inferiores: «Si lo logramos, significará que se ha recuperado al cien por cien el mercado turístico».

Además del ayuntamiento de València, la Diputación se ha reunido con responsables de distintos ayuntamientos, como el de Gandia, que precisamente hoy ha presentado el proyecto para un nuevo palacio de deportes que pueda albergar grandes competiciones deportivas.

Del mismo modo, ha mantenido un encuentro con la Asociación de Municipios y de Administraciones de Turismo de Congresos (MICE) porque se trata de un ámbito «donde la Diputación tiene mucho que decir».

Esto es así, según Mayor, porque la València Turisme se propone inscribir como paraguas de todos los municipios que pueden ofrecer infraestructuras para realizar estas ferias o congresos, «que siempre vienen bien y ayudan a desestacionalizar el turismo».

València Turisme tratará de contribuir a la coordinación de todos esos espacios que puedan ser facilitados a organizaciones, empresas o asociaciones para celebrar sus cónclaves.

Otro de los ámbitos que ha centrado la actividad de la sesión inaugural de FITUR ha sido la inteligencia turística, donde la que en la actualidad hay tres destinos valencianos: la ciudad de València, Gandia y Cullera, todos ellos «en disposición de poder competir para atraer turistas».

La actividad de la Diputación de Valencia continúa en esta jornada de la Feria Internacional de Turismo con la presentación de las estrategias a desarrollar a lo largo de 2022.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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