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Los mayores no saldrán de las residencias a partir de nivel 2 de alarma en la Comunitat

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València, 17 dic (EFE).- La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha establecido una serie de medidas para las residencias de personas mayores entre el 24 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021 relacionadas con las salidas y las visitas a las personas residentes, que varían en función de del nivel de alerta del entorno en el que se encuentren, entre ellas no salir de los centros residenciales a partir del nivel de alarma 2.

El objetivo de las medidas es que las personas mayores que vayan a recibir visitas, o se desplacen al domicilio de familiares, cuenten con la protección necesaria para salvaguardar su estado de salud, atendiendo a que son el colectivo más vulnerable al coronavirus. han informado fuentes del departamento.

Así, las salidas ordinarias -sin pernoctación- quedarán restringidas a partir del nivel de alarma 2 y solo se permitirán las salidas vacacionales –por un periodo igual o superior a los 7 días-, auqnue también quedarán restringidas en caso de alcanzar el nivel de alarma 4.

Como medidas generales, todos los centros podrán permitir las salidas siempre que esté libre de Covid. Es decir, sin brote ni sospecha de brote, o con brote cerrado. Asimismo, para aquellas personas que no tengan oportunidad de salir se fomentará el contacto con familiares, a través de medios telemáticos con las medidas de seguridad pertinentes.

Para preservar la salud y el entorno de seguridad de las personas mayores, solo podrá acudir a un único domicilio que esté libre de contagio y de personas con sintomatología compatible a la Covid-19 y no podrá ir a establecimientos o espacios públicos donde no se pueda garantizar las medidas sanitarias. Asimismo, no se deberán producir encuentros y contactos con personas de otros grupos de convivencia.

Tanto a la salida como al regreso se le hará control de temperatura y si es superior a 37º no se le permitirá ausentarse del centro o se le aislará hasta valoración médica en caso de que sea a la vuelta. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19.

Del mismo modo, en el caso de las salidas vacacionales, en la vuelta al centro será necesaria una PCR negativa y un periodo de 10 días de aislamiento preventivo. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19, teniéndose que proceder en su entorno familiar de la misma manera que esté determinado para la población general.

Por su parte, las familias tendrán el deber de informar a la dirección del centro si en los días posteriores a la salida se produce algún caso de Covid-19 en la unidad familiar con la que haya estado en contacto la persona residente.

En el caso de las visitas, solo podrán darse en centros libres de Covid-19 de hasta tres personas en el caso de personas convivientes, siempre con cita previa, de una duración máxima de una hora y al menos una vez a la semana, con el fin de facilitar la relación familiar.

En el caso de que el centro disponga de espacios al aire libre, la visita se realizará preferentemente en dichos espacios con estufas exteriores para mejorar el confort. Otra opción es que se produzca en espacios interiores reservados a tal efecto, bien ventilados y con pantallas, barreras u otros elementos de separación que impidan el contacto con la persona residente.

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El aborto farmacológico llegará a los centros de salud: así será el nuevo método

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El Ministerio de Sanidad prepara un cambio en el acceso al aborto farmacológico en España para que las mujeres puedan realizar este procedimiento en los centros de salud de Atención Primaria cuando sea adecuado para su situación.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado este lunes que su departamento impulsará los cambios necesarios para incorporar el aborto farmacológico a la cartera común de servicios de Atención Primaria del Sistema Nacional de Salud. El objetivo es que las pacientes puedan recibir información, atención y seguimiento desde su centro de salud, sin que el proceso tenga que desarrollarse exclusivamente en un hospital.

La medida todavía no está en vigor. Para ponerla en marcha será necesario modificar la normativa que regula la autorización de los centros sanitarios y actualizar la cartera común de servicios del SNS. Sanidad también iniciará los trámites para modificar la ficha técnica de la mifepristona, uno de los medicamentos empleados en el aborto farmacológico, con el objetivo de permitir su utilización fuera del ámbito exclusivamente hospitalario.

¿En qué consiste el nuevo método de aborto?

El aborto farmacológico es una interrupción voluntaria del embarazo mediante medicamentos, sin necesidad de recurrir a una intervención quirúrgica.

La guía común del Sistema Nacional de Salud contempla actualmente diferentes métodos de interrupción voluntaria del embarazo, entre ellos el farmacológico, el instrumental y el quirúrgico. La elección depende de factores como la edad gestacional, las circunstancias sanitarias y las preferencias de la paciente.

La novedad anunciada este lunes no es, por tanto, la creación de una nueva píldora abortiva, sino un cambio en el lugar y la forma en que se presta este servicio sanitario.

La mifepristona, uno de los medicamentos utilizados

Uno de los cambios previstos afecta a la mifepristona, medicamento utilizado junto con otros fármacos en el aborto farmacológico.

Sanidad pretende iniciar los trámites para modificar su ficha técnica y eliminar la limitación que actualmente condiciona su utilización al ámbito hospitalario. De esta forma, el tratamiento podría integrarse en la atención sanitaria desde los centros de salud cuando esté indicado.

El Ministerio plantea que las mujeres puedan contar con profesionales sanitarios que les proporcionen información y acompañamiento antes, durante y después del proceso.

¿Cuándo se podrá hacer en el centro de salud?

Por el momento no existe una fecha concreta de entrada en funcionamiento.

El Ministerio debe modificar el real decreto que regula la autorización de los centros sanitarios, tramitar el cambio de la ficha técnica de la mifepristona y actualizar la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Además, serán las comunidades autónomas las encargadas de organizar la prestación dentro de su red de Atención Primaria.

Sanidad quiere reducir las diferencias entre comunidades

El anuncio se produce en un contexto de diferencias importantes entre territorios en el acceso al aborto dentro de la sanidad pública.

Según el Ministerio de Sanidad, en 2024 casi ocho de cada diez interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros privados.

La intención del Gobierno es ampliar la participación de la red pública y facilitar que las mujeres puedan acceder al aborto farmacológico cerca de su lugar de residencia.

El Ministerio sostiene que llevar esta prestación a Atención Primaria permitirá reducir desplazamientos y facilitar el acompañamiento sanitario durante todo el proceso.

El aborto farmacológico ya está contemplado en el SNS

La medida anunciada no supone incorporar por primera vez el aborto farmacológico al sistema sanitario español. Este método ya forma parte de la cartera de servicios y está recogido en la guía común del Sistema Nacional de Salud.

El cambio planteado ahora consiste en extender su prestación a los centros de Atención Primaria, siempre que resulte adecuado para cada caso y una vez completada la correspondiente tramitación normativa.

Por tanto, la principal novedad anunciada este 28 de septiembre es el traslado de parte de la atención del aborto farmacológico desde el ámbito hospitalario hacia los centros de salud.

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