Sucesos
Hallan a la menor de 16 años desaparecida en La Eliana
Publicado
hace 3 añosen
Violeta Salines Saez, la menor de 16 años desaparecida desde el pasado miércoles en el municipio valenciano de La Eliana, ha sido hallada en perfectas condiciones, según ha informado la asociación SOS Desaparecidos a través de las redes sociales.
La organización ha desactivado la alerta de búsqueda que había lanzado para intentar dar con ella. Desde SOS Desaparecidos han destacado que la adolescente ha sido localizada gracias a la ayuda ciudadana y la difusión de sus publicaciones.
Desactivan la alerta de búsqueda de Violeta Salines Sáez tras localizar a la adolescente:
🔕 DESACTIVADA
Localizada gracias a vuestra ayuda en la difusión de nuestras alertas.#desaparecido #sosdesaparecidos #Missing #Valencia pic.twitter.com/t4RI1iE16a— ALERTA DESAPARECIDOS (@sosdesaparecido) July 12, 2023
Violeta Salinas Sáez: la menor de 16 años desaparecida en La Eliana desde hace casi una semana
La menor desapareció hace una semana en La Eliana, situado en la comarca de Campo de Turia, dentro del pequeño territorio subcomarcal de la Pobla de Vallbona, al norte de la ciudad de Valencia. Todavía se desconocen los detalles de su desaparición.
La importancia de la colaboración ciudadana
Se ruega a la población que, de contar con información relevante sobre un caso de desaparición, se pongan en contacto con las autoridades: Emergencias (112), Guardia Civil (061) o Policía Nacional (091).
También se puede contactar directamente con SOS Desaparecidos en los teléfonos 649 952 957 o 617 126 909. La colaboración y la ayuda ciudadana puede resultar clave en numerosos casos.
Tipos de desapariciones
Desaparición Voluntaria
Tal y como informa SOS Desaparecidos Las desapariciones voluntarias se definen como aquéllas que tienen lugar, tal y como su nombre indica, de forma voluntaria. Es decir, la persona que desaparece lo hace sin ningún tipo de condicionante externo que le obligue a tomar esta decisión, y cuya voluntad es no ser hallada o no facilitar información sobre su vida privada, domicilio, u cualquier dato que afecte a su vida personal y del ámbito de la intimidad a los familiares o personas con derecho a conocer sobre su situación o derecho a localizarla.
La motivación y causa de justificación de esta decisión discrecional y facultativa puede venir dada por muy diversas razones, como son las de carácter familiar, personal, sentimental, laboral, económicas u otras muchas.
Las desapariciones voluntarias se pueden, a la vez, subdividir en diferentes grupos, como son:
-Fugas de personas menores de edad.
-Fugas de personas menores de edad de los centros de protección (en este apartado estaría incluida la categoría de los menores emigrantes no acompañados (MENAS)
-Desapariciones intencionadas de personas mayores de edad, y con plena capacidad jurídica y de obrar.
Desaparición Involuntaria
Se catalogan como desapariciones involuntarias aquéllas en las que la persona desaparece por causas externas y ajenas a su voluntad, siempre y cuando dichos motivos no tengan su origen ni estén basados en hechos que revistan indicios racionales de criminalidad. En este apartado, se pueden circunscribir las desapariciones de personas, tanto mayores como menores de edad, que tengan su razón de ser en alguna de las siguientes causas:
Sin Causa Aparente. Se comprenden en este apartado las desapariciones que no puede englobarse en ninguno de los demás apartados establecidos. Por lo tanto, se incluirían aquellos casos en los que la persona desaparece y se ausenta de su residencia habitual y se ignora su paradero, no existiendo ningún motivo aparente o conocido para que tal hecho se produzca.
De esta forma, la búsqueda de la persona desaparecida viene generada por razones de su propia seguridad o ante la demanda de los familiares o personas allegadas, y por interés social.
A posteriori dicha desaparición puede ser calificada como voluntaria, involuntaria de otra naturaleza, o incluso forzosa.
-Personas con deterioros cognitivos, trastornos mentales, enfermedades neurodegenerativas, personas con discapacidad, etc.
– Accidentes.
-Catástrofes provocadas por causas naturales o derivadas de la acción-humana (carácter accidental o intencionado).
Desaparición Forzosa
En esta categoría, las desapariciones forzosas, se incluirían aquéllas que están basadas en un hecho delictivo o una actividad criminal, y que afectan tanto a personas menores como mayores de edad Al igual que en las tipologías anteriores, ésta se segmenta en diferentes subgrupos, siendo los siguientes:
-Desapariciones de personas fundadas en un entorno o ámbito delictivo.
-Sustracción parental de menores de edad (nacional e internacional).
-Echados/Expulsados del hogar (menores y personas discapacitadas)
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Sucesos
El asesinato de la valenciana Pilar Garrido en México da un giro nueve años después
Publicado
hace 19 horasen
4 noviembre, 2026
Jorge Fernández, condenado en 2019 a 47 años de prisión por el feminicidio, ha sido absuelto tras detectarse dos irregularidades en la sentencia. La familia de la valenciana denuncia que nadie le comunicó oficialmente su excarcelación.
El caso del asesinato de la valenciana María del Pilar Garrido Santamans, ocurrido en México en julio de 2017, ha dado un giro judicial casi nueve años después. Jorge Fernández, su marido y único condenado por el crimen, ha quedado en libertad después de que la Justicia mexicana revocara la condena de 47 años de prisión que pesaba sobre él y dictara una sentencia absolutoria.
La Sala Colegiada en Materia Penal de Tamaulipas acordó la absolución el pasado 28 de octubre, después de revisar el caso por orden de un tribunal federal. Fernández permanecía encarcelado en Ciudad Victoria desde hacía años y había sido condenado por el feminicidio de su esposa.
La decisión deja el asesinato de Pilar Garrido sin ningún responsable penalmente condenado. Sin embargo, la absolución no significa que se haya demostrado la inocencia del marido, sino que el tribunal considera que las pruebas presentadas por la Fiscalía no permiten mantener la condena en los términos en que fue dictada.
Dos errores en la sentencia que condenó al marido de Pilar Garrido
El origen de la excarcelación está en el amparo directo 497/2024, resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Decimonoveno Circuito. Este órgano federal detectó dos irregularidades en la fundamentación de la condena y ordenó a la Sala penal de Tamaulipas volver a examinar las pruebas.
El tribunal federal no declaró inocente a Jorge Fernández ni resolvió que no hubiera cometido el crimen. Su intervención se centró en los defectos procesales de la sentencia y en la forma en que se habían valorado los elementos utilizados para condenarlo.
El primero de los errores estaba relacionado con la carga de la prueba. La sentencia había considerado que el marido no había conseguido demostrar su versión de los hechos, según la cual unos desconocidos habían interceptado el vehículo familiar y secuestrado a Pilar. A partir de esa falta de acreditación se había reforzado la hipótesis de su responsabilidad.
El tribunal federal consideró que ese razonamiento era incorrecto: que la versión del acusado no resulte creíble no demuestra automáticamente que la hipótesis de la Fiscalía sea cierta. La responsabilidad penal debía acreditarla la acusación, sin obligar al procesado a demostrar su inocencia.
La segunda irregularidad afectaba a las primeras declaraciones de Fernández. Cuando denunció la desaparición de su mujer, las autoridades todavía lo trataban como denunciante y supuesto perjudicado por el secuestro. Sin embargo, esas manifestaciones fueron utilizadas posteriormente como indicios en su contra.
El tribunal entendió que no podían incorporarse de esa manera para fundamentar la condena, especialmente después de que el acusado se acogiera a su derecho a no declarar durante el juicio oral.
Tras recibir la orden de revisar el caso, la Sala estatal volvió a valorar las pruebas y dictó la absolución el 28 de octubre. La resolución todavía puede ser recurrida.
La familia de Pilar se entera de la libertad por una llamada
La excarcelación ha provocado una nueva conmoción en el entorno de la valenciana. Según la información publicada por medios mexicanos y españoles, la familia de Pilar no habría recibido una comunicación oficial sobre la salida de prisión de Jorge Fernández.
Fue el propio hombre quien telefoneó a Raquel Garrido, hermana de la víctima y tutora del hijo de ambos, para comunicarle que había recuperado la libertad.
El niño tenía apenas un año cuando desapareció su madre y ahora tiene diez. La familia vuelve a enfrentarse a la incertidumbre sobre un crimen que marcó su vida y que, tras la resolución judicial, se queda sin una condena firme contra el único acusado.
El asesinato de Pilar Garrido en México en 2017
María del Pilar Garrido Santamans tenía 34 años y un hijo pequeño cuando fue asesinada en julio de 2017 en el estado mexicano de Tamaulipas. La valenciana había pasado unos días con su marido y el niño en la zona turística de La Pesca, en el municipio de Soto de la Marina.
Durante el regreso a su domicilio de Ciudad Victoria, Fernández aseguró que un vehículo les cortó el paso y que varios hombres armados se llevaron a su esposa. Según su relato, los asaltantes le obligaron a bajar del coche y secuestraron a Pilar.
La investigación policial descartó posteriormente la versión del secuestro y dirigió las sospechas hacia el marido. La Fiscalía sostuvo que la mujer había sido asesinada y que murió estrangulada.
En 2019, Jorge Fernández fue condenado a 47 años de prisión por el feminicidio. La sentencia se convirtió durante años en la principal respuesta judicial al asesinato de la valenciana.
Ahora, la revisión de las pruebas y los errores detectados en la fundamentación de la condena han cambiado el rumbo del procedimiento. La absolución deja sin efecto la pena de prisión y abre una nueva etapa para la familia de Pilar, que vuelve a reclamar justicia casi nueve años después de su muerte.
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