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Muere Maricarmen a los 87 años, la mujer desahuciada de su vivienda en Madrid
Publicado
hace 3 horasen
María del Carmen Abascal, conocida como Maricarmen, ha fallecido este miércoles a los 87 años en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid, según ha informado El País. Su historia se convirtió en uno de los símbolos de la lucha por el derecho a la vivienda después de que fuera desahuciada en septiembre del piso en el que había vivido durante alrededor de 70 años.
Su caso provocó una fuerte movilización social en Madrid y otras ciudades españolas y llegó a situarse en el centro del debate político sobre los desahucios y la protección de los inquilinos vulnerables.
Maricarmen murió a los 87 años
Maricarmen falleció este miércoles en el Hospital Gregorio Marañón, donde había recibido atención médica después del desahucio ejecutado el pasado 23 de septiembre.
La mujer había abandonado su vivienda del distrito madrileño de Retiro en una camilla, acompañada por los servicios sanitarios del Samur. La imagen de su salida del inmueble se convirtió en una de las fotografías más reconocibles de su caso.
En los días posteriores al desahucio permaneció ingresada en el hospital. En uno de sus últimos mensajes públicos, difundido desde el centro sanitario, aseguró que no había conseguido defender su casa, pero que había luchado para que otras personas aprendieran a defender la suya.
Vivió 70 años en la misma casa
Maricarmen había residido durante unas siete décadas en una vivienda de la calle Alcalde Sáinz de Baranda, en el distrito de Retiro.
El conflicto por el piso se prolongó durante años. Según la información publicada sobre el caso, la mujer tenía un contrato de renta antigua y abonaba alrededor de 500 euros mensuales entre alquiler y suministros, con una pensión de aproximadamente 1.400 euros.
La propiedad del inmueble pasó a una sociedad inmobiliaria y, tras varios intentos de desalojo, la comisión judicial ejecutó finalmente el lanzamiento el 23 de septiembre.
La salida de Maricarmen se produjo mientras cientos de personas se concentraban frente al edificio para intentar impedir el desahucio. Los sanitarios la trasladaron en camilla hasta una ambulancia del Samur.
Su desahucio provocó movilizaciones en toda España
El caso de Maricarmen generó una importante movilización de organizaciones de defensa del derecho a la vivienda.
Las protestas se extendieron a distintas ciudades españolas y en Madrid se produjo una concentración multitudinaria en apoyo de la mujer. El lema “Maricarmen somos todos” se convirtió en uno de los mensajes de las movilizaciones.
También hubo movilizaciones en València tras el desahucio, convocadas por organizaciones de inquilinos para denunciar la situación y reclamar una mayor protección para las personas vulnerables.
Consiguió volver a su casa
Tras el impacto social generado por su desahucio, la empresa propietaria accedió finalmente a que Maricarmen pudiera regresar a la vivienda mediante un nuevo contrato de alquiler.
De esta manera, la mujer pudo volver al domicilio en el que había vivido durante décadas, aunque su estado de salud se había deteriorado y necesitaba ayuda para algunas actividades cotidianas.
Su historia también quedó vinculada al debate sobre las medidas de protección de los inquilinos vulnerables y al denominado “decreto Maricarmen”, nombre utilizado para referirse al paquete de medidas de vivienda impulsado posteriormente en respuesta al debate generado por casos como el suyo.
“He luchado para que los demás aprendan a luchar por su casa”
Desde el hospital, pocos días después del desahucio, Maricarmen envió un mensaje en el que agradecía el apoyo recibido y animaba a continuar defendiendo el derecho a la vivienda.
La mujer explicó que su casa había sido su vida y que, aunque no había conseguido evitar el desahucio, quería que su lucha sirviera para otras personas que pudieran encontrarse en una situación similar.
Su fallecimiento llega pocas semanas después de aquel desalojo y después de que su caso se convirtiera en uno de los episodios más destacados del debate sobre la vivienda en España durante 2026.
Una historia que ha marcado el debate sobre los desahucios
La muerte de Maricarmen vuelve a poner el foco sobre la situación de las personas mayores y vulnerables que afrontan procedimientos de desahucio y sobre las medidas existentes para garantizar una alternativa habitacional.
Su caso coincidió además con la aprobación de nuevos decretos de vivienda por parte del Gobierno, que incluyen medidas destinadas a reforzar la protección de determinados inquilinos vulnerables y a ampliar la oferta de vivienda asequible.
Maricarmen se marcha a los 87 años después de haber convertido una batalla personal por permanecer en su casa en un símbolo nacional de la lucha por el acceso a una vivienda digna.
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El BOE publica los nuevos decretos de vivienda: cuándo entran en vigor y qué medidas cambian el alquiler y la compra
Publicado
hace 6 horasen
7 octubre, 2026
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles, 7 de octubre, los dos reales decretos-ley de vivienda aprobados de nuevo por el Consejo de Ministros después de que los anteriores textos fueran rechazados en el Congreso. Las dos normas mantienen buena parte de las medidas anteriores, pero incorporan cambios y nuevas actuaciones para facilitar el acceso al alquiler y a la compra de vivienda.
Los dos textos tienen además fechas de entrada en vigor diferentes. El Real Decreto-ley 29/2026, centrado en la protección de la función social de la vivienda y el aumento de la oferta asequible, comenzará a aplicarse el 8 de octubre. El Real Decreto-ley 28/2026, que modifica el régimen de prórroga de los contratos de alquiler, entrará en vigor el 15 de noviembre de 2026.
¿Qué decretos de vivienda publica el BOE?
El BOE recoge dos normas:
- Real Decreto-ley 28/2026, de medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
- Real Decreto-ley 29/2026, de medidas urgentes para proteger la función social de la vivienda y ampliar la oferta de vivienda asequible.
El primero se centra principalmente en la duración y prórroga de los contratos de alquiler, mientras que el segundo reúne medidas relacionadas con el acceso a la vivienda, el alquiler asequible, la compra de la primera vivienda y el aumento de la oferta.
En total, el Gobierno ha presentado 21 medidas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda, aumentar la oferta, proporcionar mayor estabilidad a inquilinos y propietarios, proteger a colectivos vulnerables y combatir la especulación.
¿Cuándo entra en vigor cada decreto?
La diferencia de fechas es una de las claves de los nuevos textos.
8 de octubre: medidas sobre vivienda y alquiler
El Real Decreto-ley 29/2026 entra en vigor el 8 de octubre de 2026, un día después de su publicación en el BOE, con las excepciones expresamente previstas en su disposición final undécima.
Esta norma incluye las medidas relacionadas con la oferta de vivienda asequible, la protección frente a la especulación, la regulación del alquiler y diferentes instrumentos de financiación.
15 de noviembre: nueva prórroga de los contratos de alquiler
El Real Decreto-ley 28/2026 entrará en vigor el 15 de noviembre de 2026. El propio BOE fija expresamente esa fecha.
La norma modifica el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y establece un nuevo régimen de prórroga de los contratos de vivienda habitual.
Los contratos podrán prorrogarse por periodos sucesivos
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2026, cuando llegue el vencimiento de un contrato de vivienda habitual o de sus prórrogas, después de haber transcurrido al menos cinco años, o siete años si el propietario es una persona jurídica, el contrato se prorrogará obligatoriamente por periodos sucesivos de cinco años, o de siete años en el caso de que el arrendador sea una persona jurídica, si ninguna de las partes comunica su voluntad de no renovarlo en los plazos establecidos.
El propietario deberá comunicar la voluntad de no prorrogar el contrato con una antelación mínima de seis meses, mientras que el inquilino deberá hacerlo con al menos dos meses.
Además, cuando el propietario comunique válidamente que no quiere continuar con el contrato, la nueva regulación establece una indemnización al inquilino en determinadas condiciones, calculada conforme a los valores del sistema estatal de referencia de precios del alquiler.
Una prórroga extraordinaria de hasta dos años
El segundo decreto también incorpora una medida de protección para determinados contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028.
El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años adicionales, por anualidades, siempre que cumpla las condiciones establecidas en la norma. Entre ellas figura estar al corriente del pago del alquiler y haberlo estado durante los ocho meses anteriores.
Durante esa prórroga se mantienen los términos y condiciones del contrato, aunque existen excepciones, entre ellas determinados supuestos de acuerdo entre las partes, la firma de un nuevo contrato o la necesidad real y acreditada del propietario de ocupar la vivienda en las condiciones previstas legalmente.
Límite a las subidas del alquiler hasta 2027
El Real Decreto-ley 29/2026 también establece límites extraordinarios para determinadas actualizaciones anuales de las rentas de alquiler hasta el 31 de diciembre de 2027.
Cuando el alquiler supere el límite máximo correspondiente al sistema de índices de precios de referencia, no podrá aplicarse incremento. En el resto de casos, si no existe un nuevo acuerdo entre propietario e inquilino, la subida no podrá superar el 2%.
Préstamos de hasta 50.000 euros para comprar la primera vivienda
Una de las principales novedades anunciadas por el Gobierno es la creación de la línea de financiación ‘Tu Casa’, gestionada por el ICO.
El programa contará con 10.000 millones de euros y permitirá conceder préstamos de hasta 50.000 euros sin intereses para facilitar la compra de la primera vivienda a personas y familias que tienen ingresos, pero no cuentan con ahorro suficiente para afrontar la entrada de una hipoteca.
La medida no queda limitada exclusivamente a los jóvenes, ya que tendrá carácter intergeneracional.
400 millones para vivienda social
Los decretos también incorporan un fondo de 400 millones de euros destinado a proveedores de vivienda social para impulsar nuevas promociones y aumentar la oferta de alquiler asequible.
A esta cantidad se suman 280 millones de euros en avales destinados a fomentar la construcción industrializada de vivienda.
Más viviendas de la Seguridad Social para alquiler asequible
Otra de las medidas previstas es la incorporación a Casa 47, la empresa pública de vivienda, de inmuebles de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que puedan destinarse a vivienda.
El objetivo es que estas viviendas puedan ponerse a disposición de la ciudadanía mediante fórmulas de alquiler asequible.
Cambios para los grandes tenedores y los fondos de inversión
El nuevo paquete legislativo también endurece las condiciones relacionadas con la compra especulativa de vivienda y amplía la definición de los denominados fondos ‘buitre’.
Además, se introduce la obligación de acreditar en el Registro de la Propiedad la condición de gran tenedor de vivienda, de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación estatal o autonómica aplicable.
Más información en los anuncios de alquiler
Los anuncios, promociones y ofertas de alquiler deberán incluir determinada información en los casos previstos por la normativa.
Entre otros datos, deberán reflejar el índice de referencia del precio del alquiler en las zonas en las que resulte aplicable, el límite de renta correspondiente cuando exista una limitación legal y, cuando proceda, la condición de gran tenedor del propietario.
Qué pasa con los desahucios
En materia de desahucios, el marco regulatorio para los pequeños propietarios mantiene el esquema del texto anterior, aunque se incorpora la posibilidad de que las administraciones públicas asuman determinadas costas procesales e intereses moratorios cuando corresponda.
El objetivo declarado por el Gobierno es reforzar la protección de los inquilinos sin modificar el marco general previsto para estos procedimientos.
Unos decretos que todavía deben superar la convalidación parlamentaria
Aunque los dos reales decretos-ley ya han sido publicados en el BOE y tienen fijadas sus fechas de entrada en vigor, su continuidad depende de la correspondiente convalidación parlamentaria.
El propio Gobierno ha reconocido que la norma que establece la nueva prórroga obligatoria de los alquileres no cuenta actualmente con una mayoría parlamentaria suficiente y, por ese motivo, su entrada en vigor se ha fijado para el 15 de noviembre, después de que tenga que pasar por la Diputación Permanente.
Por tanto, el 8 de octubre comenzarán a aplicarse las medidas del Real Decreto-ley 29/2026, mientras que el nuevo régimen de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler queda previsto para el 15 de noviembre, condicionado a su convalidación.
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