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Un niño de 13 años pierde la mano con un petardo en Jaén, FACUA pide responsabilidades

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Un niño de 13 años ha perdido una mano al explotarle un petardo durante la Nochebuena .El suceso, ocurrido en Jaén, tuvo lugar sobre las 00.20 horas cuando el chico intentó prender un petardo durante la celebración de la Navidad en la calle Murillo, en el barrio de Peñamefecit de la capital, según informa el 112. El servicio de emergencias alertó a la Policía Local y al servicio de emergencias sanitarias del 061, que finalmente no actuaron porque los familiares llevaron al niño por su propios medios al hospital. Al principio se creía que el petardo había afectado solo a un dedo, pero fuentes sanitarias han informado a Efe de que, aunque el niño ya se encuentra en planta y estable, han tenido que amputarle una mano.
El juzgado de guardia se ha hecho cargo de las diligencias sobre las circunstancias en las que explotó el petardo, al parecer antes de prenderlo.
FACUA-Consumidores en Acción pide a comunidades autónomas y ayuntamientos que desarrollen inspecciones para detectar establecimientos que venden artículos de pirotecnia a niños por debajo de las edades establecidas en la normativa que los regula en función de su peligrosidad.

En la madrugada de este lunes 26 de diciembre, un niño de 13 años de Jaén ha sufrido la amputación de la mano izquierda al explotarle un potente petardo mientras trataba de encenderlo. En la misma zona, varios menores estaban jugando también con petardos de alta potencia.

FACUA espera que la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de la capital jiennense investiguen en qué establecimiento fue vendido el petardo para que puedan ser depuradas las pertinentes responsabilidades civiles y penales si se lo suministraron directamente al menor o a otros de su edad. Asimismo, reclama que se evalúe si el producto cumplía con sus obligaciones en materia de etiquetado, donde debe advertirse de la edad mínima a partir de la que puede ser adquirido y utilizado.

Sanciones y clausuras

La asociación reclama a las administraciones que apliquen sanciones económicas y clausuren aquellos establecimientos que comercialicen artículos pirotécnicos a menores que no tengan las edades mínimas fijadas en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

FACUA también exige controles exhaustivos sobre los fabricantes de pirotecnia a fin de verificar que cumplen sus obligaciones en el etiquetado. Éste debe indicar, entre otros datos, la edad mínima a partir de la cuál pueden ser adquiridos: 12, 16 o 18 años, en función del nivel de peligrosidad de estos artículos. Así lo establece el artículo 114 del citado Real Decreto.

Los artículos de pirotecnia que pueden ser adquiridos a partir de 12 años, de la categoría F1, son de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante, destinados a ser usados en zonas delitmitadas, incluido el interior de edificios residenciales. Los de categoría F2 pueden venderse a niños a partir de 16 años, son de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido y están destinados a usarse al aire libre en zonas delimitadas. Los artificios de pirotecnia de peligrosidad media -categoría F3- sólo pueden venderse a mayores de 18 años y únicamente pueden usarse al aire libre en zonas de gran superficie. Los de alta peligrosidad -F4- están destinados al uso por parte de expertos, a nivel profesional.

Asimismo, FACUA apela a la responsabilidad de los padres en el control sobre el uso de petardos por parte de los niños. Los adultos pueden comprobar si estos son adecuados a la edad de los menores con una mera revisión de su etiquetado, más allá de las debidas indicaciones sobre las molestias que pueden provocar los artículos de pirotecnia tanto a las personas como a los animales.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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