Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Ibáñez (PP): «Puig y Oltra son un repelente a la inversión en la Comunitat»

Publicado

en

El portavoz de Economía del Grupo Popular en Les Corts, Rubén Ibáñez, ha señalado que «la caída de la inversión extranjera en la Comunitat en un 37,1% evidencia que Puig y Oltra ejercen como repelente a la llegada de inversiones a nuestra tierra».

Ibáñez considera que «en solo año y medio de gobierno del tripartito ya estamos viendo las consecuencias reales de su nefasta política. Hay una falta de planificación y ausencia total de seguridad jurídica que hace que la Comunitat se sitúe a la cola en inversión extranjera».

El responsable popular ha indicado que «mientras la inversión extranjera cae a 162 millones de euros en 2016, el incremento del gasto en la administración autonómica de Puig y Oltra se triplica».

Rubén Ibáñez ha afirmado que «los datos son los que son y aquí no hay excusas. Esta vez no pueden echar la culpa al gobierno central como es habitual en el Consell porque esta caída de la inversión de 258 millones en 2015 a 162 millones en 2016 representa apenas el 0,7 % del total nacional. Puig y Oltra elevan la Comunitat Valenciana en materia de inversión extranjera a meramente residual sobre el conjunto de España».

Para el portavoz popular «todos los valencianos sabemos quiénes son los culpables de esta reducción de capital exterior. Sabemos quiénes son los frenan y ponen trabas continuamente a la puesta en marcha de proyectos como Puerto Mediterráneo, Ikea en Alicante o Alcoinnova que crean miles de puestos de trabajo».

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

Publicado

en

Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo