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Salvador Illa alerta: «Las reuniones familiares son el origen del 45% de los 123 brotes activos»

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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, alertó este martes que hay que tener cuidado durante las reuniones familiares porque son el origen del 45% de los 123 brotes de coronavirus que están activos en estos momentos en España.

Illa se pronunció durante la sesión de control al Gobierno en el Senado en la que ha instado al PP, que ha pedido su dimisión como ministro, a concentrarse entre todos a combatir los brotes porque el virus «sigue ahí» a pesar de que se ha conseguido «con mucho esfuerzo» controlar la pandemia.

El ministro ha destacado la necesidad de que la ciudadanía no celebre con aglomeraciones multitudinarias eventos como los ascensos a primera división de los equipos de fútbol y que en las reuniones familiares se vaya con cuidado.

A este respecto ha precisado que los encuentros con la familia han causado casi la mitad, el 45%, de los 123 brotes que hay activos en el país.

Illa ha asegurado que el Gobierno ha actuado en todo momento «con humildad» para hacer frente a la pandemia durante la que ha ido aprendiendo y que varias de las medidas fueron apoyadas por el PP, incluso sugeridas por algunos de los representantes autonómicos de ese partido.

Por su parte, el senador popular Juan José Sanz ha criticado la gestión del Ejecutivo cuya actitud ha calificado de «arrogante» y le ha reprochado que tras más de un mes del fin del estado de alarma no haya un marco normativo que disipe la inseguridad jurídica de las comunidades autónomas en la situación actual de la pandemia.

«Si le queda dignidad política, dimita», le ha pedido Sanz al ministro, a quien ha dicho que cuando se mire al espejo con las «gafas de ver y no de mirar» no le va a gustar «nada» lo que va a ver.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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