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Valencia

Catalá: “Los Bomberos son nuestros ángeles de la guarda y todo lo que sea fortalecer a València es una prioridad”

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La alcaldesa de València, María José Catalá, ha reafirmado su compromiso con la seguridad y protección ciudadana durante su visita a las obras del nuevo edificio administrativo y de dirección del Departamento de Bomberos. Esta futura sede, ubicada en la avenida de la Plata, cuenta con una inversión municipal de 12,8 millones de euros y se prevé que esté finalizada a comienzos de 2027.

“Para mí, como alcaldesa, todo lo que es prevención, protección y, sobre todo, fortalecer a la ciudad de València es una prioridad. Los Bomberos de València han sido nuestros ángeles de la guarda”, ha afirmado Catalá.

La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, visita las obras del nuevo edificio de Bomberos.


Una sede moderna, sostenible y emblemática

El nuevo edificio contará con seis alturas, planta baja y un sótano, sumando 6.976 m² construidos. Aparte de las oficinas de dirección, el complejo albergará unidades de intervención, prevención, protección civil, logística, formación, una sala de reuniones y zonas de aparcamiento (subterráneo y en superficie) para un total de más de 160 vehículos entre coches, motos y bicicletas.

El proyecto se remonta a un concurso de ideas celebrado en 2007. Aunque quedó paralizado por falta de presupuesto, en 2021 fue recuperado, actualizado y adaptado a las nuevas normativas y necesidades del cuerpo.


Más vehículos para emergencias: 5,3 millones en renovación

Durante la visita, la alcaldesa ha anunciado la adquisición de nueve nuevos vehículos de extinción y rescate, con una inversión de 5,3 millones de euros. Esta dotación se suma a los 20 vehículos ya comprados desde el inicio del mandato.

La nueva flota incluirá:

  • 3 furgones de salvamento

  • 1 furgón de reserva de aire

  • 2 vehículos de transporte logístico

  • 1 autobomba urbana pesada

  • 1 autobomba forestal

  • 1 vehículo escalera de 55 metros

“El parque móvil de los Bomberos tiene que estar actualizado y con la mejor dotación”, ha subrayado Catalá.


Reconocimiento a los bomberos desplazados a León

Catalá también ha mantenido un encuentro con los efectivos del cuerpo de Bomberos de València que participaron en las tareas de extinción de los grandes incendios forestales en León este verano. Dos contingentes de 11 bomberos cada uno se desplazaron al operativo nacional los días 11 y 21 de agosto, respectivamente.


Renovación del campo de prácticas en Mercavalència

El Ayuntamiento de València invertirá 266.182 euros en renovar y ampliar el campo de prácticas de incendios en interiores situado en las instalaciones de Mercavalència. Actualmente, el cuerpo dispone de cuatro contenedores especializados, que serán renovados y ampliados con otros cuatro nuevos.

Este espacio permite realizar entrenamientos realistas para mejorar la preparación ante incendios en espacios cerrados.


Resumen de inversiones destacadas:

  • 12,8 millones €: nueva sede administrativa y de dirección

  • 5,3 millones €: adquisición de 9 nuevos vehículos de emergencia

  • 266.182 €: renovación y ampliación del campo de prácticas en interiores


“Estamos invirtiendo para tener un cuerpo de Bomberos a la altura de una gran ciudad como València”, concluyó la alcaldesa.


 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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