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Valencia

Sanidad incorpora la vacuna frente al virus papiloma humano al calendario vacunal de los chicos de 12 años

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Vacunación infantil contra el papiloma en la Comunitat
Imagen a través del microscopio del virus del papiloma humano. EFE/Instituto Alemán de Investigaciones sobre el Cáncer (DKFZ)/Handout

València, 28 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica hoy la incorporación en el calendario infantil de la vacuna frente al Virus Papiloma Humano (VPH) a los chicos de 12 años.

Hasta ahora, se contemplaba solo para las niñas de esa edad pero, a partir del 1 de octubre, también se ofrecerá la vacuna a los niños nacidos en 2010.

La resolución que modifica el calendario de vacunación sistemática infantil de la Comunitat Valenciana entra en vigor el 1 de octubre de 2022 con lo que, a partir de ese momento, se hace efectiva la extensión de la vacuna del VPH a los adolescentes de 12 años.

De este modo, la Comunitat Valenciana, que se convierte en una de las primeras autonomías en extender a los chicos la vacunación contra el VPH. Se trata de una medida que busca garantizar y ampliar la protección frente a la infección tanto a niños como a niñas.

“La vacuna contra el VPH protege de forma eficaz contra las infecciones del VPH, es segura y no solo beneficia a quien la recibe sino que también ayuda a proteger a los demás. Por eso, cuantas más personas se vacunen, menos circulará el virus”, ha explicado el conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, Miguel Mínguez.

Los primeros adolescentes que recibirán la vacuna contra el VPH serán los niños que nacieron en enero de 2010, luego febrero de 2010, marzo de 2010 y así sucesivamente.

Se irá inmunizando a medida de que los menores acudan a los centros de salud, donde se les ofrecerá la vacuna y, además, la Conselleria de Sanidad diseñará campañas de captación activa de la población susceptible de vacunarse (vía SMS, llamada telefónica o correo postal).

La vacuna que se administrará es la que incorpora nueve serotipos, que ofrece protección frente a los tumores más frecuentes relacionados con este virus, además de las verrugas genitales. Se inocularán dos dosis, con 6-12 meses de separación.

Evidencias científicas 

La vacunación contra el VPH también a los chicos se basa en evidencias y recomendaciones de sociedades científicas y organismos internacionales que abogan por esta medida para contribuir a reducir la infección por el virus del papiloma humano y, de esta manera, disminuir la incidencia de tumores relacionados con él, en especial el cáncer de cuello de útero en las mujeres, pero también otros tumores menos prevalentes en los varones.

Además, la infección por el VPH, un virus con el que la mayoría de personas sexualmente activas tiene contacto a lo largo de su vida, puede causar verrugas genitales, con lo que la vacunación frente a esta enfermedad también ayudará a su control.

La principal vía de transmisión del virus del papiloma es sexual. El sexo oral y el contacto piel con piel de la zona genital también son vías de contagio.

Una vez que se contrae, la infección es autolimitada en la mayoría de las ocasiones, pero en torno al 20% de los casos progresa a estadios de cáncer de cuello uterino. Por eso, la mejor forma de prevenir el contagio del virus del papiloma es la vacuna.

 

Vacunación infantil contra el papiloma en la Comunitat: fechas y edades

La vacunación infantil contra el papiloma en la Comunitat Valenciana comenzará con los niños a partir del 1 de octubre, y se administrarán dos dosis con 6-12 meses de separación a una población de más de 28.000 niños.

El conseller de Sanidad, Miguel Mínguez, ha anunciado la fecha del inicio de vacunación para niños en la comunidad, una de las «primeras autonomías que, además de las niñas de 12 años, también vacunará a los niños frente al papiloma», ha destacado.

Vacunación infantil contra el papiloma en la Comunitat

La vacuna que se administrará es la que incorpora nueve serotipos y ofrece protección frente a los tumores más frecuentes relacionados con este virus, además de las verrugas genitales

Se trata de una medida que busca «garantizar y extender» la protección frente a la infección del VPH tanto en niños como en niñas. La infección por el VPH se puede complicar en un 20 % de casos, según ha informado la Conselleria de Sanidad.

La extension de la vacunación a los chicos se basa en evidencias y recomendaciones de sociedades científicas y organismos internacionales que abogan por esta medida para contribuir a reducir la infección por el virus del papiloma humano y, de este modo, disminuir la incidencia de tumores relacionados con él, en especial el cáncer de cuello de útero en las mujeres, pero también otros tumores menos prevalentes en los varones.

Calendario vacunal de los chicos

Por tanto, la vacuna contra el VPH se va a incorporar en la Comunitat Valenciana en el calendario vacunal de los chicos a la edad de los 12 años. Los primeros en recibirla a partir de octubre serán los niños nacidos en 2010, primero los nacidos en enero y así sucesivamente.

Se irá inmunizando a medida que los niños acudan a los centros de salud, donde se les ofrecerá la vacuna, y, además, la Conselleria de Sanidad diseñará campañas de captación activa de la población susceptible de vacunarse.

La vacuna, la más eficaz para prevenir

Según indica Sanidad, la vacuna es la forma más eficaz de prevenir la infección contra el virus del papiloma humano, un virus con el que la mayoría de personas sexualmente tendrá contacto a lo largo de su vida.

Cómo se contagia

La principal vía de transmisión del virus del papiloma es sexual.

El sexo oral y el contacto piel con piel de la zona genital también son vías de contagio.

Una vez que se contrae, el virus puede permanecer latente durante muchos años sin causar ningún síntoma. En la mayoría de los casos, el sistema inmunitario lo elimina, pero hay un porcentaje de población que será portadora del virus sin saberlo y, si no adopta las medidas adecuadas, lo propagará.

Se estima que la infección es autolimitada en la mayoría de las ocasiones, pero en torno al 20 % de los casos progresa a estadios de cáncer de cuello uterino.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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