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Activan la alerta sanitaria nacional por listeriosis en la carne mechada ‘Sabores de Paterna’

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La Consejeria de Salud y Familias de la Junta de Andalucía ha informado este viernes de la activación de una nueva alerta sanitaria nacional por la bacteria ‘Listeria monocytogenes’ en relación a la carne mechada ‘Sabores de Paterna’, fabricada en Paterna de Rivera (Cádiz).

En una rueda de prensa en la sede de la Consejería, en Sevilla, el titular andaluz de Salud, Jesús Aguirre, ha precisado que esta alerta sanitaria nacional se ha establecido a las 12,58 horas de este viernes.

Según ha indicado también, en estos momentos los inspectores están en la referida fábrica de Paterna recogiendo muestras, y se ha decretado el cierre de la producción de la empresa, así como han quedado inmovilizados todos los productos de la misma.

Igualmente, se está llamando a proveedores de Cádiz, aunque también los hay en otras provincias como Madrid, Huelva y Málaga, según ha aclarado el consejero de Salud.

Esta alerta llega tras el brote de listeriosis provocado por la empresa Magrudis al distribuir carne mechada contaminada con la citada bacteria, que ha sumado más de 200 afectados en Andalucía, ha causado hasta el momento la muerte de tres personas y seis abortos de embarazadas, cinco de ellas en Andalucía y el restante en Madrid.

Fuente: Europapress

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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