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El emotivo regreso de Aitana Mas a Les Corts tras superar el cáncer

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Aitana Mas cáncer
La diputada de Compromís en Les Corts Valencianes y exvicepresidenta del Consell Aitana Mas durante su intervención en el hemiciclo a su regreso al Parlamento autonómico tras haber superado un cáncer de mama. EFE/Biel Aliño

Valencia,  20 febrero (OFFICIAL PRESS-EFE).- La diputada de Compromís en Les Corts Valencianes y exvicepresidenta de la Generalitat Aitana Mas ha recibido este jueves un largo y emotivo aplauso del hemiciclo puesto en pie en su regreso al Parlamento tras haber superado un cáncer de mama y haberse sometido a una mastectomía.

Aitana Mas asistió por última vez a un pleno de Les Corts hace diez meses, el 18 de abril de 2024, nada más haber iniciado el tratamiento de quimioterapia, con mascarilla y el pelo cortado, donde se le brindó también un largo aplauso que ella agradeció con la mano sobre el corazón.

La parlamentaria, de 34 años, ha pedido la palabra al inicio de la sesión plenaria para agradecer muy emocionada todo el cariño que ha recibido estos meses, en especial de su familia, y ha asegurado que es «un día importante» y que hubo «muchos momentos» en los que pensó que «igual no volvía».

En especial, ha destacado la labor de su oncólogo, y ha afirmado que vuelve ahora a Les Corts gracias a mucha gente que paga sus impuestos y con ello han permitido que haya recibido un tratamiento que no se hubiera podido pagar.

A sus padres y hermanas les ha agradecido que atendieran su petición de no hacer «un drama» cuando les dijo que tenía cáncer y que hayan transformado las lágrimas en esperanza, y a sus dos hijos que hayan aguantado cuando su madre no se podía levantar para atenderles o vomitaba en el parque o su cubo de la playa.

Mas ha citado también a su marido, que ha sacado adelante la casa y a la familia estos meses y ha soportado su «humor negro», y ha recordado a las personas que no han podido superar el cáncer, pero que han ayudado a las investigaciones.

«Vuelvo por todo el cariño recibido», ha afirmado la diputada de Compromís, tras lo que le han entregado un ramo de flores y todos los diputados puestos en pie le han brindado un cálido aplauso.

Antes de entrar en Les Corts ha asistido a la concentración de las víctimas de la dana para pedir que los diputados voten sí a la propuesta de dimisión del president de la Generalitat, Carlos Mazón, y ha dicho que le cuesta «ver a la gente que ha perdido a sus familiares, que ha perdido sus casas, que lo ha perdido todo y que no encuentran respuesta» en el Gobierno valenciano.

Aitana Mas

Aitana Mas (Crevillente, 1990) es actualmente portavoz-adjunta del grupo parlamentario Compromís en Les Corts.

En 2022, tras la dimisión de su compañera de partido Mónica Oltra, asumió la portavocía del Gobierno valenciano y la conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Mas ha sido también concejala en el Ayuntamiento de Crevillent durante una legislatura (2011-2015), además de portavoz local de Compromís, y es diputada autonómica en Les Corts desde 2019.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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