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Cristina Pedroche y David Muñoz desvelan el destino de sus vacaciones a miles de kilómetros

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MADRID, 10 Ago. (CHANCE) – Cristina Pedroche y David Muñoz continúan con su bonita relación de lo más felices. Hace unos días pudimos ver a la pareja decir adiós a la capital al ritmo de Yo ya no quiero ná de Lola Índigo, un vídeo que se hizo viral en redes sociales, aunque no desvelaron el destino de su viaje.

Poco después, les vimos muy sonrientes en el avión, por lo que todo indicaba que se alejarían miles de kilómetros de nuestro país. Esta mañana, Cristina Pedroche ha desvelado el lugar elegido para sus vacaciones de verano y es que la pareja ha escogido Arequipa, en Perú, para disfrutar de unos días más juntos.

Si algo a David Muñoz es la gastronomía, por lo que el chef ha logrado trasmitir esta afición a su mujer. De esta manera, en su viaje están pudiendo saborear las comidas más tradicionales de Perú, tal y como ha mostrado el tres estrellas Michelín en su cuenta oficial de Instagram: «La Ocopa de Camarones de la @lanuevapalomino es un portento de equilibrio, cremosidad, intensidad y matices!!! Puta fiesta en tu paladar!!!!».

Está claro que este verano está siendo muy especial para la pareja. A pesar de los continuos rumores de embarazo, que fueron desmentidos en más de una ocasión por Cristina Pedroche, ambos están disfrutando de esta etapa y quién sabe si en un futuro aumentarán o no la familia. Por el momento, están felices y enamorados y no se plantean sellar su amor con un bebé.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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