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Denuncian discriminación trasnfóbica a un opositor por parte del tribunal

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notas corte universidades

La Federació d’Ensenyament de CCOO (FE CCOO PV) ha asegurado que un integrante de un tribunal de las recientes oposiciones docentes celebradas en la Comunitat Valenciana ha tenido «actitudes transfóbicas» hacia un candidato durante el proceso de selección, por lo que el sindicato pedirá una reunión con la Dirección General de Personal y «no descarta emprender acciones legales por discriminación de trato por razón de identidad de género».

Según han detallado a Europa Press fuentes del sindicato, el afectado es un hombre trans que se concurría a las oposiciones. En la primera prueba, fue llamado con su nombre antiguo de mujer, que es el que todavía figura en su DNI al no haber transcurrido el tiempo que marca la ley para solicitar el cambio. El aspirante explicó al tribunal su situación y especificó claramente el nombre con el que quería que se dirigieran a él.

Sin embargo, cuando fue requerido para la segunda prueba el presidente del tribunal insistió en referirse a él con su antiguo nombre y, además, en vez de ser llamado anteponiendo los apellidos –como el resto de candidatos– se le nombró poniendo en primer lugar y «recalcando» el nombre de pila que ya no corresponde a su actual identidad de género.

Además, este miembro del tribunal llegó a decir que no tenía muy claro que se pudiera presentar y a pedirle un informe de su endocrino que acreditara que se está hormonando. Ante el revuelo provocado, desde la comisión asesora se informó al tribunal de que esta persona no tenía por qué aportar dicho informe.

El afectado lamenta que todas estas circunstancias le afectaron emocionalmente y, de hecho, no superó la tercera prueba.

 

PROTOCOLO DE TRATO CORRECTO

Para CCOO PV, se trata de una actitud «inadmisible e intolerable» e instan a la Conselleria de Educación «a dar respuesta». Desde la federación, proponen que para las oposiciones previstas para el año que viene se elabore «un protocolo de trato correcto y respetuoso hacia las persones opositoras» y se forme a los tribunales, ya que «el proceso de reafirmación de género no impide, de ninguna forma, el transcurso de la vida cotidiana».

En esta línea, defienden que «el proceso de reafirmación, en la vertiente administrativa, no puede ser causa para impedir, obstaculizar o discriminar y, si sucede, hay que actuar con contundencia para que no le pase nunca más a nadie».

 

Fuente: Europa Press

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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