Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Fernando Simón no descarta una cuarta ola de la pandemia por la variante británica

Publicado

en

Madrid, 8 feb (EFE).- El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha reconocido la posibilidad de que se produzca una cuarta ola de la pandemia, pero su impacto dependerá de varios factores, entre ellos, la campaña de vacunación.

«Por supuesto que es posible una cuarta ola», ha asegurado el portavoz sanitario en la conferencia de prensa para dar detalles sobre la evolución de la pandemia, en la que ha añadido: «Hay que valorar qué características podría llegar a tener, va a depender mucho de cómo bajemos en esta y de cómo evolucione la vacunación».

Y en este sentido, ha precisado: «Si hay una cuarta ola, precisamente porque cada vez va a hate pareceber mucha más población vacunada, la probabilidad de que sea muy rápida en el ascenso es cada vez menor».

«Probablemente, sea de menor envergadura y mucho más lenta», pero si la variante británica «ocupa el espacio dentro de nuestro territorio», esa cuarta ola podría «acelerarse un poco».

Ha confirmado que hay detectados 479 casos de la variante británica B117 del coronavirus, aunque hay más que no se han notificado, y además se han registrado dos casos de la sudafricana y uno de la brasileña, que no han generado contagios secundarios.

Por ello, ha dicho que hay que ser precavidos y evaluar como evolucionan las distintas variantes. Todo depende, ha insistido, «de cómo nos comportemos y como se desescalen las medidas».

En esta comparecencia, Simón ha subrayado que «todo el territorio español está en nivel de riesgo máximo y no podemos bajar en absoluto la guardia hasta que no estemos en niveles de transmisión muy inferiores a los de ahora».

Simón pasa de decir que la cepa británica sería «marginal» a «concentrará la mitad de contagios en marzo»

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

La única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones, según una abogada

Publicado

en

10 trucos para pagar menos impuestos
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Qué es el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.

Cómo evitar el pago del impuesto

Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.

Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:

  • Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.

  • Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.

Conclusión

La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.

Continuar leyendo