Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Audiencia Nacional estudiará su competencia sobre la demanda de las bolsas de À Punt

Publicado

en

VALÈNCIA, 21 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional estudiará si es competente para pronunciarse sobre la demanda de la Unió de Periodistes y la Asociación de la Prensa de Alicante contra el baremo aplicado en las bolsas de trabajo de la radiotelevisión pública valenciana À Punt. En caso de resolver afirmativamente, se comunicará a los 400 trabajadores la posibilidad de personarse en el procedimiento como perjudicados.

Así se ha decidido en una vista en la Sala de lo Social que ha quedado suspendida a la espera de la decisión del órgano judicial sobre si asume la competencia.

La Audiencia celebraba este martes la vista por el baremo de las bolsas de À Punt a raíz de la nueva demanda interpuesta por la Unió de Periodistes Valencians como consecuencia de la decisión de la titular del juzgado de lo Social número 5 de València, que se declaró incompetente, en contra del criterio de la abogada de la asociación profesional y del Ministerio Fiscal.

Según la información que la Unió de Periodistes ha facilitado a sus socios, la Audiencia ha decidido suspender el acto para resolver sobre si es competente o no en esta causa. Si la sala de lo social se declara competente, habrá juicio y, en caso de no hacerlo, la cuestión se elevará al Tribunal Supremo para que se pronuncie al respecto.

Si finalmente la Audiencia decidiera seguir adelante con el procedimiento, se comunicaría a los trabajadores ya contratados la posibilidad de personarse en el procedimiento como perjudicados, «lo que ya había pedido la abogada» de la Unió en la demanda «pero que el ente nunca comunicó a sus empleados», de acuerdo a la misma información.

En todo caso, según la Unió, el ministerio fiscal ha comunicado a los abogados de las partes que defenderá que el baremo es «discriminatorio» para los no extrabajadores de la extinta radiotelevisión pública valenciana Canal 9.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

Publicado

en

SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo