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La joven ilicitana captada por una secta en Perú viaja hacia España con su padre y su bebé

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ALICANTE, 10 Ago. (EUROPA PRESS) –

Patricia Aguilar, la joven captada por una secta, viaja en estos momentos hacia España junto a su padre y su bebé en un vuelo procedente de Lima (Perú), según ha confirmado a Europa Press la abogada de la familia, María Teresa Rojas.

La joven ilicitana, que ahora tiene 19 años, fue captada cuando era menor de edad por Félix Esteven Manrique, autoproclamado líder de una secta, que la convenció para abandonar a su familia y viajar a Perú, circunstancia que sucedió pocos días después de que la joven cumpliese los 18 años.

Patricia Aguilar ha vivido durante el último año y medio en Perú con el hombre que la captó, padre además del bebé de unos dos meses que tiene la joven.

Desde su desaparición, la familia de Patricia Aguilar emprendió una laboriosa búsqueda que el pasado mes de julio dio sus frutos, cuando Alberto, el padre de la joven, se desplazó por sus propios medios a Perú y logró que las autoridades judiciales de aquel país abriesen una investigación para la detención, como así ocurrió del presunto captor de Patricia Aguilar.

La chica fue localizada en una peligrosa zona de la selva peruana, frecuentada por grupos de narcotraficante, de donde pudo ser rescatada. Mientras la joven ilicitana viaja rumbo a España, Félix Esteven Manrique permanece encarcelado en Perú toda vez que el Juzgado Penal de Lima acordó nueve meses de detención preventiva para él en tanto que se completa la investigación iniciada.

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El TJUE facilita anular hipotecas con IRPH por falta de transparencia bancaria

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hipotecas irph sentencia

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia que podría suponer un fuerte impacto económico para la banca, abriendo la posibilidad de declarar nulas las cláusulas de hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Esto podría derivar en devoluciones que superarían los 15.000 millones de euros, afectando a casi un millón de hipotecas activas en España.

Claves de la sentencia del TJUE sobre el IRPH

  • Falta de transparencia: El tribunal considera que el simple hecho de que la definición y el método de cálculo del IRPH estén publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no exonera a los bancos de su obligación de informar adecuadamente a los consumidores.
  • Información insuficiente: Según el TJUE, muchos contratos no especifican que el IRPH se calcula a partir de las medias de las TAE (Tasas Anuales Equivalentes) ni mencionan las advertencias del Banco de España sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo al índice debido a su coste más elevado frente a otros, como el Euríbor.
  • Evaluación caso por caso: Los jueces nacionales deberán analizar si la información proporcionada al cliente fue suficiente para que pudiera comprender las consecuencias económicas del IRPH en su hipoteca.

¿Por qué es importante esta decisión?

La justicia europea recalca que una cláusula que liga una hipoteca al IRPH será considerada abusiva si no se cumplieron los requisitos de transparencia. Esto incluye la falta de comparación entre el método de cálculo del IRPH y otros índices del mercado al momento de la firma del contrato.

Sin embargo, el TJUE también aclara que el uso de la TAE en el cálculo del IRPH no es abusivo por sí mismo, incluso si algunos elementos incluidos en esa tasa, como los gastos hipotecarios, fueron declarados nulos posteriormente.

Impacto para los consumidores

Los afectados podrían recibir una indemnización media de 16.000 euros, según la compañía Reclamador, cifra que representa la diferencia que habrían pagado de menos si su hipoteca hubiera estado referenciada al Euríbor.

Por otro lado, si el índice se declara nulo y la hipoteca no puede subsistir, el tribunal establece que los bancos no podrán reclamar intereses de demora al consumidor por el capital prestado.

¿Qué ocurre si se anula el IRPH?

El TJUE deja abierta la cuestión de cómo se debe sustituir el índice en caso de nulidad. Señala que los jueces no pueden modificar las condiciones del contrato aplicando retroactivamente un diferencial negativo, sino que deberán recurrir a una disposición supletoria del derecho nacional.

Repercusiones para la banca

La banca enfrenta un panorama incierto, con un posible golpe financiero si los jueces nacionales consideran nulas estas cláusulas. Además, el fallo subraya que la buena fe de las entidades no puede presumirse únicamente porque el IRPH sea un índice oficial.

Esta sentencia supone un paso más en la lucha por los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias que, según el TJUE, podrían haber carecido de la transparencia necesaria.

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