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Los hosteleros claman contra el Plan Resiste de Puig: «Es un insulto»

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València, 11 feb (EFE).- Más de un centenar de hosteleros se han manifestado este jueves ante el Palau de la Generalitat para pedir la reapertura de sus negocios y la ampliación de las ayudas del Plan Resistir con una nueva actuación que inyecte 500 millones para un sector que, denuncian, arrastra 11 meses de restricciones y cierres.

En esta protesta organizada por la Coordinadora Empresarial del Ocio y la Hostelería, su presidente, Lalo Díez, ha destacado que no se plantean «abrir a las bravas», sino que van a «seguir con el calendario de protestas» y ha añadido que 250 empresarios ya han interpuesto demandas patrimoniales para reivindicar que si cierran sus empresas, «tienen que compensarlas».

«Vamos a pelear donde toca y como toca», en referencia a los tribunales, porque «hay gente que tiene un negocio y está yendo a pedir comida para llenar su nevera».

Díez, que ha requerido al Consell a no tomar ninguna medida sin sentarse con ellos, ha expuesto que el sector hostelero ha sido «santo y seña» de la Comunitat Valenciana y se ha preguntado si ahora, por contra, son «apestados».

Asimismo, ha incidido en que «ha llegado el momento de iniciar un plan para ‘desescalar’ con el fin de planificar la actividad de las pymes», porque, según ha criticado, «no puede ser que los negocios hayan tenido que tirar su género porque las medidas se anuncian de un día para otro».

En la sentada, en la que han utilizado cacerolas y distintos artículos de cocina para hacer ruido frente al Palau de la Generalitat.

Díez ha denunciado que el sector hostelero «se merece otro trato por parte de todos» y ha mostrado su incomprensión por el hecho de que en la Comunitat no se puedan abrir los establecimientos hosteleros y mientras, en otras regiones, sí sea posible.

«No pedimos limosna, solo que se nos compense, como en Francia, Bélgica o Alemania», ha concluido el presidente de la asociación, la cual ha demandado a nivel nacional un plan de 8.500 millones de euros y uno concreto de 500 millones en la Comunitat.

La portavoz de la plataforma, Gemma Piquer, ha expresado por su parte: «No queremos abrir de cualquier forma» y si no hay unas nuevas ayudas por valor de 500 millones, «no nos vale».

Ha pedido a los distintos alcaldes de la Comunitat, así como al president de la Generalitat, Ximo Puig, y al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que les escuchen y ha dicho que no quieren «proyectos», sino ayudas directas.

Piquer ha recriminado que las ayudas del Plan Resistir son «un chiste» y que 100 millones de esas ayudas son créditos que se tienen que devolver, por lo que ha pedido un plan de rescate «digno», porque «es el sector que más dinero da al país».

Por último, ha explicado que según datos del Ministerio de Sanidad, «solo el 2 % de los contagios viene por el sector de la restauración», por lo que ha concluido que este sector «no es el culpable» y se ha preguntado «por qué se cierra a los hosteleros».

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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