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A prisión por golpear, apuñalar y echar gasolina a su mujer e hijo

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A prisión por golpear, apuñalar y echar gasolina a su mujer e hijo
EFE
Imagen de archivo de la entrada principal de la Audiencia Provincial de Alicante. EFE/Morell

Alicante, 9 dic (OFFICIAL PRESS/EFE).- Un hombre de 42 años y vecino de Elda (Alicante) ha sido condenado por la Audiencia Provincial a siete años y seis meses de prisión por golpear a su mujer y a su hijo en el transcurso de una discusión en la que apuñaló al pequeño y llegó a rociarlos a ambos con gasolina mientras les amenazaba con prenderles fuego.

Violencia de género

El tribunal de la Sección Primera que enjuició los hechos considera al procesado responsable de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, por el que le impone un año de prisión y, además, concluye que también es autor de un delito de lesiones, por el que acuerda otros cuatro años y seis meses de cárcel, y añade dos años más por amenazas graves.

Las agresiones y las amenazas se produjeron entre las 14 y las 15 horas del 6 de marzo de 2022 en el domicilio familiar, después de que el acusado y su mujer iniciasen una acalorada discusión.

En un momento de la pelea, el procesado le propinó un puñetazo a su esposa, lo que hizo que un hijo común, de 18 años, intercediese en defensa de su madre para evitar que continuase golpeándola.

Agresión a su hijo

La sentencia cree probado que el procesado también asestó otro puñetazo a su hijo y que, acto seguido, se marchó del domicilio a comprar un bidón de combustible para regresar a casa con actitud agresiva hasta amenazar a ambos con prenderles fuego, con expresiones como “os voy a matar” o “no vais a llegar a la noche”, todo ello con un mechero en la mano.

A continuación, “agarró una fusta con la que trató de golpear” a su mujer, pero de nuevo se interpuso su hijo, a quien le propinó varios golpes en la espalda y en los brazos mientras seguía con las amenazas.

A navajazos

Además, cuando el hijo trató de defenderse, el procesado sacó una navaja de su bolsillo y se la clavó en la parte posterior del hombro derecho causándole una herida de seis centímetros y medio.

Solo la llamada de una de las hijas menores de la pareja a la Policía propició la detención del acusado poco después, a las puertas del domicilio familiar.

En el acto del juicio, tanto la mujer como el hijo trataron de modificar las declaraciones que prestaron en comisaría y durante la fase de instrucción con la intención de no perjudicar al acusado ya que la primera aseguró que, tras el suceso, había declarado presionada por la Policía y que, entonces, estaba muy nerviosa. Mientras que el hijo dijo que no recordaba bien lo sucedido porque la noche anterior había bebido y porque, al ser atendido en el hospital, le dieron un sedante.

No obstante, el tribunal considera que existe prueba de cargo suficiente para considerar probadas las agresiones a partir de las declaraciones prestadas por las dos víctimas durante la fase de instrucción.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis
Hospital General de València en imagen de archivo - GVA - Archivo

La compañía aseguradora de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años que falleció por una pancreatitis aguda tras permanecer 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica continuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación presentada por la asociación El Defensor del Paciente, cuyos letrados, Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre, han logrado que ambas aseguradoras asuman la compensación económica por los daños causados.


36 horas en un box sin seguimiento médico

Según detalla la asociación en un comunicado, la paciente permaneció en un box de Urgencias desde las 00:12 horas del día de su ingreso hasta las 07:32 horas del día siguiente, momento en el que se certificó su fallecimiento.

Durante ese periodo, denuncian que no consta registro de constantes vitales, analíticas ni nuevas exploraciones médicas, más allá de la evaluación inicial realizada a su llegada al hospital.

El acuerdo se ha producido en el marco de un procedimiento administrativo tras interponerse una reclamación patrimonial contra la sanidad pública por presunta negligencia médica.


Ingreso sin cama disponible y falta de atención

Los hechos se remontan al 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias con síntomas como dolor abdominal, vómitos y sensación de hinchazón.

Tras las primeras pruebas, entre ellas una ecografía abdominal, se detectó litiasis biliar y se diagnosticó una pancreatitis aguda biliar, por lo que se ordenó su ingreso hospitalario.

Sin embargo, ante la falta de camas disponibles, la paciente permaneció en el área de Urgencias a la espera de traslado y tratamiento.

Según la asociación, durante ese tiempo la mujer estuvo “36 horas esperando atención” y finalmente falleció sola en el box sin que ningún profesional sanitario advirtiera la situación a tiempo.


Una patología que requiere vigilancia intensiva

La pancreatitis aguda puede evolucionar de forma leve o grave. En los casos más severos, puede provocar inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo multiorgánico, con tasas de mortalidad que superan el 30%.

Por ello, este tipo de pacientes requiere monitorización constante, uso de escalas pronósticas y tratamiento intensivo precoz para evitar complicaciones.

La asociación denuncia que no se aplicaron estos protocolos básicos, lo que, a su juicio, derivó en una muerte evitable.


Denuncian “inacción” y falta de atención mínima

El Defensor del Paciente considera que la fallecida tenía “altas expectativas de curación”, pero que la falta de atención sanitaria le privó de recibir el tratamiento necesario.

“La paciente fue abandonada en un box de Urgencias sin la supervisión mínima exigible”, subraya la entidad, que insiste en que este tipo de situaciones son evitables con un seguimiento básico de los pacientes ingresados.

Asimismo, recalcan que no es aceptable que durante más de un día ningún profesional sanitario se acercara a valorar su estado, lo que consideran una grave negligencia asistencial.

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