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Sanidad publica el protocolo para la apertura de las piscinas: estas serán las normas

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Piscinas municipales gratuitas durante la ola de calor

El Ministerio de Sanidad acaba de publicar un protocolo cuyo objetivo es establecer las medidas básicas de seguridad para velar por la salud de los ciudadanos en las piscinas. Dicho documento, consensuado con las comunidades autónomas y el sector que gestiona este tipo de establecimientos, entrará en vigor única y exclusivamente cuando el Plan de transición hacia una nueva normalidad establezca que es posible la apertura.

Un aspecto importante a tener en cuenta es la ventilación de los espacios cerrados, como vestuarios y baños, botiquín y salas técnicas. El hacinamiento y la ausencia de ventilación son factores que favorecen la transmisión del virus. Se recomienda así abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación de aire en el área. Y, en el caso de que la ventilación se proporcione a través de medios mecánicos, estos deben conservarse en buen estado de mantenimiento, limpieza y grado de desinfección adecuado.

Además, es esencial que se realice una exhaustiva limpieza antes de proceder a la desinfección de todo el mobiliario (vaso, corcheras, escaleras de acero inoxidable, duchas, paredes, taquillas, etc.), y prestar especial atención a las superficies de contacto más frecuente como grifos, barandillas o pomos de puerta. El protocolo llama la atención sobre el hecho de que la desinfección carece de eficacia si la superficie no ha sido previamente desprovista de suciedad que puede servir de refugio a los microorganismos.

Asimismo, se insta que de forma complementaria a este documento se disponga de un protocolo específico que responda a las características específicas de cada instalación. De manera general no hay que olvidar aspectos como por ejemplo que se deberán utilizar paños y materiales de un solo uso o proceder a su limpieza y desinfección adecuada. Respecto a los desinfectantes se podrán usar diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

El agua de los vasos debe contar con un proceso de depuración física y química, la renovación mediante adición de agua de aporte y la realización de controles operativos o rutinarios. Para eliminar el virus hay que mantener correctamente el tratamiento y niveles de desinfección residual en el agua.

Los establecimientos de hostelería que se encuentren ubicados en la piscina, deberán seguir los protocolos correspondientes a este sector. Y, las instalaciones deportivas y parques de juegos no podrán usarse hasta que así se establezca en la oportuna fase de desescalada.

Aforo y control de accesos

Se propone como medida restrictiva de aforo al menos doblar la superficie por persona en los espacios al aire libre y triplicarla en los espacios cubiertos. Estas medidas son indicativas y dependiendo de la configuración de la piscina y de la zona pública podrán establecerse medidas más restrictivas para asegurarse el distanciamiento social.

Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar el número de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos y de acuerdo con la legislación vigente en cada comunidad autónoma.

Para la entrada a la piscina se propone dibujar o colocar bandas en el suelo de recepción que marquen la distancia mínima entre personas de 2 metros para acceder el mostrador y a la entrada.

En el caso de que la barrera de acceso sean tornos es preferible tenerlos bajados o tocarlos con la ropa. Y, si la instalación lo permite, se recomienda utilizar una puerta de entrada y otra de salida para intentar evitar al máximo los cruces.

Otras medidas de seguridad

El protocolo señala que los establecimientos deberán contar con sistemas para la desinfección de manos a la entrada e incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado a la entrada así como recomendar el uso de calzado exclusivo dentro de la instalación.

Además, se pondrá a disposición de los usuarios una bolsa de plástico para material desechable que se deberá depositar convenientemente cerrada en un cubo de basura (con tapa y pedal) a la salida y se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles.

También se hace hincapié en la importancia de la difusión de mensajes de prevención mediante carteles y/o megafonía. Los carteles recordarán buenas prácticas de higiene pública como ducharse antes de entrar a la piscina o lavar los trajes y las toallas de baño, para eliminar todas las bacterias o virus.

Medidas en las zonas comunes

Las piscinas deben contar con una distribución espacial de al menos 2 metros entre los usuarios que estará señalizada en el suelo. Todos los objetos personales como toalla, botes de crema, calzado de uso exclusivo, mochilas, etc. deben permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido y evitar el contacto con el resto de usuarios.

Se deberá realizar limpieza y desinfección de las zonas de estancia y de tránsito de los bañistas, al menos dos veces al día, haciendo especial hincapié en las zonas más frecuentadas como vestuarios, aseos, taquillas, duchas y lavabos.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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