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Listado de los comercios «no esenciales» que podrán abrir en la Comunitat con la Fase 1
Publicado
hace 6 añosen
En la Comunitat Valenciana hay 33.255 locales de comercio al por menor que desarrollan actividades catalogadas como “no esenciales” en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Estas actividades de comercio al por menor “no esenciales” han estado obligadas a mantener sus puntos de venta cerrados para garantizar la máxima seguridad a la población.
Transcurridas ya ocho semanas desde la declaración del estado de alarma, el país inicia la transición hacia una nueva normalidad a partir del 18 de mayo, y una vez confirmado el pase de la Comunitat Valenciana en la fase 1 del plan de desescalada, el BOE establece las condiciones para la reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.
Según la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo, en su Capítulo II, Artículo 10: “Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, con excepción de aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior”.
Más de 25.000 comercios al por menor del grupo de “no esenciales” pueden iniciar la reapertura de sus establecimientos en la Fase 1
El número de comercios minoristas comprendidos en las actividades “no esenciales” cuya superficie es inferior a 400 m2 asciende a 31.665 comercios. De éstos, aproximadamente 25.212 establecimientos comerciales cumplen con las condiciones impuestas para proceder a la reapertura a partir del próximo 18 de mayo. Este comercio representa el 75,8% del total de comercios obligados a cerrar desde el 14 de marzo.
Los 2.071 locales comerciales ubicados en centros o parques comerciales no podrán proceder,
durante esta fase, a la reapertura.
Por otra parte, de los 6.257 puestos de venta de productos no esenciales ubicados en mercadillos o puestos de venta no sedentarios, se estima que solo un porcentaje podrá proceder a su reapertura, siempre que se cumplan las condiciones impuestas en el punto 6 del Artículo 10 de la Orden, que implica que se limita el número de puestos al 25% dando prioridad a la venta de productos alimentarios y de primera necesidad y limitando el aforo al 30%.

FUENTE INE
“Cuando así lo decidan los Ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores.
Los Ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes. En todo caso, se garantizará una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación”.
Condiciones de reapertura de locales comerciales en la Fase 1
Según la Orden SND/399/2020 del de 9 de mayo, se establecen las siguientes condiciones para la
reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados:
a) Que se reduzca al treinta por ciento el aforo total en los locales comerciales. En el caso de
establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas
deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia
mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible
mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un
cliente.
b) Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física prevista en
este capítulo o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores
o mamparas.
c) Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá
hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este
colectivo.
d) Que cumplan adicionalmente con las medidas que se recogen en este capítulo, relativas a la
higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público, a la higiene de los
clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no
sedentaria en la vía pública y al mantenimiento del aforo para los establecimientos y locales
abiertos al público.
2. Lo dispuesto en este capítulo, a excepción de las medidas de seguridad e higiene que se prevén en los artículos 4, 11 y 12, no será de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que ya estaban abiertos al público de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos, pudiendo ampliar la superficie útil de exposición y venta hasta 400 metros cuadrados, para la venta de productos autorizados en dicho artículo 10.1 u otros distintos.
3. Asimismo, podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta. Igualmente, podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior.
4. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo
dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los
productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.
5. Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.

FUENTE INE
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Cancelación de trenes por la huelga del 9, 10 y 11 de febrero: consulta el estado de tu tren de Renfe, Ouigo e Iryo
Publicado
hace 4 horasen
9 febrero, 2026
La huelga ferroviaria convocada para los días 9, 10 y 11 de febrero afectará de forma significativa al transporte en tren en España. Los sindicatos del sector mantienen los paros de 24 horas durante estas tres jornadas, lo que provocará cancelaciones y modificaciones en los servicios de Renfe, Ouigo e Iryo, especialmente en los trenes de alta velocidad, larga distancia y media distancia.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha decretado servicios mínimos del 73% en alta velocidad, pero aun así se prevé la supresión de hasta 350 trenes en total, lo que obligará a miles de pasajeros a revisar el estado de sus viajes.
La huelga ferroviaria en Valencia continúa afectando a miles de usuarios de Cercanías, con retrasos y cancelaciones en múltiples líneas durante la primera jornada. Las Líneas C1, C2, C3 y C6 han registrado incidencias tanto por la movilización de los trabajadores como por averías técnicas, lo que ha generado alteraciones significativas en los horarios habituales. Renfe y los sindicatos mantienen posiciones enfrentadas sobre el seguimiento de la huelga, mientras los viajeros deben consultar el estado de sus trenes antes de desplazarse para evitar contratiempos. La combinación de servicios mínimos y averías convierte esta jornada en una de las más complicadas para los usuarios de la red de Cercanías de Valencia, afectando especialmente a quienes se desplazan durante las horas punta.
Huelga de trenes en febrero: qué días y a qué servicios afecta
La huelga ferroviaria comenzará a las 00:00 horas del domingo 9 de febrero y se prolongará hasta las 23:59 horas del martes 11 de febrero. Durante esos días, los paros afectarán a:
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Alta velocidad y larga distancia
-
Media distancia
-
Cercanías y Rodalies
-
Servicios de mercancías
Los sindicatos reclaman mejoras en las condiciones de seguridad ferroviaria y cambios en la gestión del sector tras varios incidentes recientes, motivo por el cual no se ha alcanzado un acuerdo para desconvocar los paros.
Trenes cancelados de Renfe, Ouigo e Iryo
Las principales operadoras ferroviarias ya han comunicado afectaciones en sus servicios:
🚄 Renfe
-
Cancelaciones en AVE, Larga Distancia y Media Distancia
-
Ajustes en horarios de Cercanías, especialmente fuera de las horas punta
-
Posible supresión de cientos de servicios a lo largo de los tres días
🚆 Ouigo
-
Cancelación de varias decenas de trenes de alta velocidad
-
Reorganización de frecuencias en los corredores más demandados
🚄 Iryo
-
Servicios no garantizados durante las jornadas de huelga
-
Cambios de última hora según el cumplimiento de los servicios mínimos
En total, se calcula que hasta 350 trenes de alta velocidad podrían verse afectados entre las tres compañías.
Servicios mínimos durante la huelga ferroviaria
El Gobierno ha establecido servicios mínimos obligatorios para garantizar la movilidad básica de los ciudadanos:
-
Alta velocidad y larga distancia: 73%
-
Media distancia: alrededor del 65%
-
Cercanías en horas punta: hasta el 75%
-
Cercanías en horas valle: en torno al 50%
-
Mercancías: aproximadamente el 21%
Estos porcentajes pueden variar en comunidades con competencias ferroviarias propias.
Cómo consultar el estado de tu tren
Si tienes previsto viajar los días 9, 10 o 11 de febrero, es fundamental comprobar si tu tren está cancelado o mantiene su servicio. Puedes hacerlo a través de:
-
La web oficial o la app móvil de Renfe, Ouigo o Iryo
-
El área de “Mis viajes” usando tu localizador
-
Los avisos enviados por correo electrónico o SMS por la operadora
Se recomienda revisar el estado del tren con antelación y justo antes del viaje, ya que pueden producirse cambios de última hora.
Qué hacer si tu tren está cancelado
En caso de cancelación, las compañías ferroviarias ofrecen a los pasajeros:
-
Reembolso completo del billete
-
Cambio de fecha u horario sin coste adicional
-
Posibilidad de reubicación en otro tren dentro de la disponibilidad existente
También se aconseja valorar medios de transporte alternativos si el desplazamiento es urgente.
Resumen rápido para pasajeros
-
📅 Fechas de la huelga: 9, 10 y 11 de febrero
-
🚆 Compañías afectadas: Renfe, Ouigo e Iryo
-
❌ Trenes cancelados: hasta 350 de alta velocidad
-
📊 Servicios mínimos: 73% en AVE y larga distancia
-
🔍 Recomendación: comprobar el estado del tren antes de viajar
Adif rectifica y vuelve a limitar a 160 km/h la velocidad en un tramo de la línea Madrid-Barcelona
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