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Listado de los comercios «no esenciales» que podrán abrir en la Comunitat con la Fase 1
Publicado
hace 5 añosen

En la Comunitat Valenciana hay 33.255 locales de comercio al por menor que desarrollan actividades catalogadas como “no esenciales” en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Estas actividades de comercio al por menor “no esenciales” han estado obligadas a mantener sus puntos de venta cerrados para garantizar la máxima seguridad a la población.
Transcurridas ya ocho semanas desde la declaración del estado de alarma, el país inicia la transición hacia una nueva normalidad a partir del 18 de mayo, y una vez confirmado el pase de la Comunitat Valenciana en la fase 1 del plan de desescalada, el BOE establece las condiciones para la reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.
Según la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo, en su Capítulo II, Artículo 10: “Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, con excepción de aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior”.
Más de 25.000 comercios al por menor del grupo de “no esenciales” pueden iniciar la reapertura de sus establecimientos en la Fase 1
El número de comercios minoristas comprendidos en las actividades “no esenciales” cuya superficie es inferior a 400 m2 asciende a 31.665 comercios. De éstos, aproximadamente 25.212 establecimientos comerciales cumplen con las condiciones impuestas para proceder a la reapertura a partir del próximo 18 de mayo. Este comercio representa el 75,8% del total de comercios obligados a cerrar desde el 14 de marzo.
Los 2.071 locales comerciales ubicados en centros o parques comerciales no podrán proceder,
durante esta fase, a la reapertura.
Por otra parte, de los 6.257 puestos de venta de productos no esenciales ubicados en mercadillos o puestos de venta no sedentarios, se estima que solo un porcentaje podrá proceder a su reapertura, siempre que se cumplan las condiciones impuestas en el punto 6 del Artículo 10 de la Orden, que implica que se limita el número de puestos al 25% dando prioridad a la venta de productos alimentarios y de primera necesidad y limitando el aforo al 30%.

FUENTE INE
“Cuando así lo decidan los Ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores.
Los Ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes. En todo caso, se garantizará una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación”.
Condiciones de reapertura de locales comerciales en la Fase 1
Según la Orden SND/399/2020 del de 9 de mayo, se establecen las siguientes condiciones para la
reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados:
a) Que se reduzca al treinta por ciento el aforo total en los locales comerciales. En el caso de
establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas
deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia
mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible
mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un
cliente.
b) Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física prevista en
este capítulo o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores
o mamparas.
c) Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá
hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este
colectivo.
d) Que cumplan adicionalmente con las medidas que se recogen en este capítulo, relativas a la
higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público, a la higiene de los
clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no
sedentaria en la vía pública y al mantenimiento del aforo para los establecimientos y locales
abiertos al público.
2. Lo dispuesto en este capítulo, a excepción de las medidas de seguridad e higiene que se prevén en los artículos 4, 11 y 12, no será de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que ya estaban abiertos al público de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos, pudiendo ampliar la superficie útil de exposición y venta hasta 400 metros cuadrados, para la venta de productos autorizados en dicho artículo 10.1 u otros distintos.
3. Asimismo, podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta. Igualmente, podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior.
4. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo
dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los
productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.
5. Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.

FUENTE INE
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Santos Cerdán, a prisión sin fianza por riesgo de fuga y destrucción de pruebas
Publicado
hace 10 horasen
30 junio, 2025
El Tribunal Supremo (TS) ha decretado este lunes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, por su presunta implicación en una trama de cobro de comisiones ilegales a cambio de adjudicaciones de obra pública, conocida como el ‘caso Koldo’. Se le atribuyen los delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias, debido a su supuesta posición de liderazgo dentro de la red corrupta.
El magistrado instructor, Leopoldo Puente, sostiene en el auto —al que ha tenido acceso Europa Press— que Cerdán se encargaba personalmente de reclamar a las constructoras favorecidas las cantidades pactadas de forma irregular, recaudarlas y hacerlas llegar a José Luis Ábalos y Koldo García. Según el juez, existía entre ellos una relación «vertical», donde Cerdán ejercía un papel de preeminencia en la distribución de los beneficios ilícitos obtenidos por la organización.
Así serán los primeros cinco días de Santos Cerdán en la prisión de Soto del Real tras ser encarcelado por el caso Koldo
Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, ha ingresado oficialmente en el centro penitenciario de Soto del Real (Madrid V) tras la decisión del Tribunal Supremo de decretar prisión provisional, comunicada y sin fianza, por su presunta implicación en la trama de comisiones ilegales conocida como el caso Koldo.
Durante sus primeros cinco días en prisión, Cerdán permanecerá en el departamento de ingresos, una fase clave para todos los reclusos preventivos en la que será evaluado por los distintos técnicos del centro penitenciario antes de que se le asigne una celda definitiva.
Evaluación médica, social y psicológica: el protocolo de ingreso penitenciario
Según establece el artículo 20 del Reglamento Penitenciario, todos los internos recién llegados pasan por un proceso de evaluación integral. Cerdán será examinado a la mayor brevedad posible por el médico del centro y entrevistado por un educador y un trabajador social, quienes detectarán sus posibles necesidades sociales, personales o psicológicas. Esta evaluación inicial también ayudará a determinar su inclusión en programas de tratamiento o intervención específicos.
El objetivo de este procedimiento es ofrecer un modelo individualizado de intervención y velar tanto por su salud como por su seguridad y adaptación al entorno penitenciario.
La celda definitiva y el informe técnico
Durante estos días, los profesionales de Soto del Real emitirán un primer informe de clasificación interior conforme al artículo 99 del Reglamento Penitenciario, que determinará su ubicación definitiva dentro del centro. Esta fase puede incluir una propuesta de separación interior, inclusión en módulos específicos o incluso, en casos puntuales, el traslado a otro centro penitenciario si así se considera oportuno.
Solo se podrá prolongar esta fase inicial más allá de los cinco días por motivos sanitarios o de seguridad, debiendo ser notificado al juez de vigilancia penitenciaria.
Además, la prisión planificará desde el primer momento las actividades educativas, socioculturales, deportivas y de desarrollo personal en las que podrá participar el exdirigente socialista.
El papel de la Junta de Tratamiento
Una vez finalizado el ingreso, la Junta de Tratamiento del centro valorará factores como su ocupación laboral previa, nivel de estudios, formación profesional y situación familiar para definir un modelo de intervención adaptado. Todo ello respetando el principio de presunción de inocencia, dado que Cerdán se encuentra en calidad de investigado y no condenado.
Las acusaciones del Tribunal Supremo: organización criminal, cohecho y tráfico de influencias
El ingreso en prisión de Santos Cerdán se produce tras un auto firmado por el magistrado Leopoldo Puente, que lo considera pieza clave en la presunta red de adjudicación irregular de obra pública a cambio de comisiones, conocida como el caso Koldo. El Supremo atribuye a Cerdán delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
Según el juez, Cerdán habría actuado con un papel de “cierta preeminencia” dentro de la trama, encargándose de reclamar las cantidades pactadas a las constructoras beneficiadas, para después distribuir esos fondos ilícitos entre José Luis Ábalos y Koldo García, exasesor de Ábalos en el Ministerio de Transportes.
Soto del Real, la cárcel de referencia para presos políticos y mediáticos
Soto del Real es una prisión tipo ubicada al norte de la Comunidad de Madrid y ha sido en los últimos años centro de ingreso habitual para figuras relevantes envueltas en causas judiciales. Desde políticos hasta grandes empresarios o celebridades mediáticas, este centro penitenciario ha adquirido un perfil altamente visible en causas de impacto nacional.
La adjudicación de obras, clave en la presunta trama
El juez detecta un patrón común en los presuntos amaños de contratos públicos: todas las obras fueron adjudicadas a Acciona Construcción, que operaba en UTE con otras empresas más pequeñas. Llama la atención que, en ninguno de los casos, la adjudicataria presentó la mejor oferta económica, siendo favorecida sistemáticamente por criterios de valoración subjetivos.
La clave: los audios grabados por Koldo
Uno de los puntos más relevantes de la investigación es la existencia de grabaciones realizadas por Koldo García entre 2019 y 2023, en las que figuran conversaciones directas con Cerdán y Ábalos. El juez considera estas pruebas como «notabilísimos indicios», subrayando que son conversaciones explícitas protagonizadas por los propios implicados, lo que les otorga un alto valor probatorio.
El magistrado descarta que estas grabaciones hayan sido manipuladas o que Koldo actuase como agente encubierto. Asegura que fueron encontradas en poder del propio García, lo que refuerza su autenticidad.
Declaración de Cerdán: niega los hechos y habla de «persecución política»
Durante su declaración, que ha durado aproximadamente una hora, Cerdán solo respondió a preguntas de su abogado. Según fuentes jurídicas citadas por Europa Press, el exdirigente socialista ha negado su implicación en los hechos y ha asegurado que todo responde a una cacería política, afirmando ser el «arquitecto» de los gobiernos progresistas liderados por Pedro Sánchez.
Tras la declaración, se celebró una vistilla de medidas cautelares. En ella, el fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, solicitó el ingreso inmediato en prisión, argumentando que Cerdán era el jefe de la organización criminal. A esta petición se sumaron también las acusaciones populares, lo que no ocurrió en su momento con Ábalos y García.
Riesgo de destrucción de pruebas
Aunque el magistrado instructor no considera que exista riesgo de fuga ni de reiteración delictiva, sí identifica un peligro fundado de que Cerdán pueda destruir o manipular pruebas relevantes de cara al juicio. Por este motivo, ha ordenado su ingreso inmediato en prisión sin posibilidad de fianza.
Posibles nuevos delitos: malversación y fraude fiscal
Durante la vistilla, la Fiscalía Anticorrupción también apuntó a posibles delitos de malversación y contra la Hacienda Pública, aunque el juez Puente ha indicado que «no es ahora el momento de profundizar» en estos extremos. No obstante, no se descarta que estas acusaciones se sumen en el futuro a la causa.
El Supremo sospecha que más personas podrían haberse lucrado en la trama del ‘caso Koldo’ y cifra el botín en 5 millones de euros
El Tribunal Supremo considera que en la trama del ‘caso Koldo’, por la que ha sido enviado a prisión Santos Cerdán, más personas físicas o jurídicas podrían haber participado y obtenido beneficios económicos ilícitos. Así lo ha señalado el magistrado Leopoldo Puente en el auto por el que acuerda prisión provisional sin fianza para el exsecretario de Organización del PSOE.
Según detalla el instructor, el «botín» de los presuntos amaños en adjudicaciones de obra pública ascendería a 5 millones de euros, muy por encima del millón que habrían recibido José Luis Ábalos y Koldo García, según los indicios recogidos.
El papel de Santos Cerdán en la supuesta red corrupta
El auto judicial establece que Cerdán era el encargado de reclamar a las constructoras favorecidas las comisiones pactadas, supuestamente obtenidas a cambio de adjudicaciones públicas, y posteriormente repartía esas cantidades entre los miembros clave de la trama. La investigación sostiene que existía un patrón organizado que podría implicar a más beneficiarios de lo que inicialmente se creía.
En palabras del magistrado, “el botín indiciariamente obtenido por o comprometido para Ábalos y García representa un porcentaje insólitamente mínimo en el marco de esta clase de operaciones delictivas”. Calcula que si se hubiese aplicado un 1 % de comisión sobre el valor total de las obras adjudicadas, el beneficio económico superaría los 5 millones de euros, “una cantidad varias veces mayor que la parte que indiciariamente correspondía a Ábalos y García”.
Más personas implicadas: una posibilidad abierta
Para el juez instructor, esta diferencia entre el supuesto monto total y lo recibido por los principales investigados sugiere que podría haber más implicados en la trama de corrupción: “refuerza así, siempre en los términos indiciarios, la idea de que más personas, físicas o jurídicas, además de Ábalos, García y Cerdán, pudieran haberse lucrado con las tan mencionadas adjudicaciones”.
A pesar de que todavía no hay imputaciones formales adicionales, el magistrado no descarta nuevas investigaciones en función de cómo evolucionen las diligencias y el análisis de las pruebas obtenidas.
Cerdán niega su implicación y habla de «cacería política»
Durante su comparecencia, Santos Cerdán ha negado cualquier relación con la trama corrupta, rechazando también la existencia de pagos al PSOE. Ha asegurado que su implicación en la causa responde a una persecución política motivada por su papel como «arquitecto» de los gobiernos progresistas liderados por Pedro Sánchez.
Tras la declaración, se celebró una vistilla para valorar las medidas cautelares, en la que el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, solicitó el ingreso inmediato en prisión provisional sin fianza, al considerar que Cerdán es el jefe de la organización criminal. Según fuentes jurídicas, la Fiscalía Anticorrupción ha sido tajante al asegurar que las pruebas y mensajes son lo suficientemente explícitos como para justificar la gravedad de las medidas adoptadas.
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