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Compromís inicia una campaña de presión por la gratuidad de la AP-7 y pide a Ábalos que «diga claro qué hará» con ella
Publicado
hace 8 añosen
VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – Compromís ha puesto en marcha una campaña para reivindicar la gratuidad de la AP-7 y presionar al ministro de Fomento, José Luis Ábalos», para que «diga claro qué hará» con el vial tras terminar su concesión. La coalición ha asegurado que será «insistente» porque no quiere «ninguna sorpresa» tras el vencimiento de la concesión y ha advertido que los votos de Compromís en el Congreso «se circunscriben a la capacidad de negociación del Gobierno estatal».
Así lo han manifestado este lunes la coportavoz de Compromís Águeda Micó; el portavoz de la coalición en el Senado, Carles Mulet, y la diputada nacional Marta Sorlí, en una rueda de prensa para presentar la campaña que ha emprendido la formación para que el Ejecutivo central se comprometa de forma «clara» a no implantar peajes en la sombra, euroviñetas u otras alternativas que impliquen el cobro por el uso de la AP-7 después de que termine el plazo concesional de la vía, en enero de 2019.
También han pedido que se construyan las conexiones que ha propuesto la Generalitat entre esta vía y determinados municipios, además de otros cinco enlaces que la coalición reclama tras un estudio que ha elaborado: en Calp, Gata de Gorgos (Alicante), Tavernes de la Valldigna (Valencia), Almenara y Alcalà de Xivert (Castellón).
Mulet ha instado al ministro de Fomento, José Luis Ábalos, a que «diga claro qué va a hacer con la AP-7». «Sabemos lo que quiere la Generalitat, no Madrid», ha indicado, antes de lamentar que la explotación privada de este vial ha sido una «vieja constante» durante legislaturas del PP y PSOE, porque «siempre» se ha renovado la concesión con alguna «excusa». «No queremos más sorpresas y agravios», ha subrayado.
Según ha explicado, a tres preguntas registradas por Compromís en el Senado al respecto, las respuestas recibidas han sido «ambiguas» y se limitan a contestar que no se prorrogará el plazo concesional, se revertirá a la Administración General del Estado y se suprimirá el peaje, sin comprometerse de forma explícita a que no haya ningún tipo de gestión privada como peajes en la sombra, euroviñetas, blandos u otras alternativas que impliquen el cobro por el uso de la vía.
Del mismo modo, ha recriminado que el Ejecutivo, cuestionado sobre «garantizar el acceso desde los municipios a la AP-7», señale que «analizará la medida una vez se finalice en plazo concesional». Para Mulet, se trata de un «problema serio» que no se debe «postergar».
MOCIÓN APROBADA EN EL SENADO
Mulet ha explicado que Compromís presentó antes de verano una moción en el Senado que contó con el voto favorable de todas las fuerzas excepto los socialistas, en la que se pedía que no se prorrogase la concesión «bajo ningún concepto»; que se dijera «claro que no habría ningún tipo de explotación privada»; se exigiera que la empresa entregase la autopista en condiciones «óptimas», algo que «no se está cumpliendo» porque hay zonas en «estado lamentable»; que se garantice como mínimo el «rescate» de los puntos negros y que se redacten «urgentemente» los enlaces de la vía con los pueblos que aún no cuentan con ellos.
Compromís está «muy preocupado» por la «postura» del PSOE, que es «parecida a la del PP» y «deja la puerta abierta a la gestión privada», no de peajes pero sí mediante otras modalidades que son «injustas» y «agravian a los valencianos». «No sabemos cómo más presionar», ha señalado, antes de indicar que instar a Ábalos a «que siga claro qué va a hacer con la AP-7».
CAMPAÑA «CONTUNDENTE» EN LOS MUNICIPIOS
El senador ha remarcado que «hace falta una campaña contundente y seria para dejar claro al PSOE» que Compromís «no transigirá». En este sentido, Àgueda Micó ha detallado que la coalición trasladará la moción que presentó Mulet a las tres diputaciones y a todos los ayuntamientos en los que está presente, para que la «ciudadanía vea su compromiso con la gratuidad y las conexiones» de la vía.
Además, organizará ruedas de prensa con los alcaldes de las comarcas «más afectadas»: La Safor, Marina Alta, Baix Maestrat y Plana Alta. Del mismo modo, se celebrarán «actos explicativos» para los ciudadanos.
Igualmente, ha puesto el foco en la visita del secretario de estado de Infraestructuras, Pedro Saura, el próximo miércoles para reunirse con a consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, la socialista María José Salvador. Compromís exigirá «que se moje y diga qué solución aportará» para la AP-7.
También se ha referido a la reunión del jefe del Consell, Ximo Puig, con el presidente del Gobierno central, Pedro Sánchez. «Reclamamos que tenga la actitud de un presidente de todos y no de un miembro del comité del PSOE», ha enfatizado Micó.
CONEXIONES CON LOS MUNICIPIOS
La diputada Marta Sorlí ha insistido en que Compromís apoyó la moción de censura para «revertir los chanchullos del PP» y que, para la formación, «uno de los temas fundamentales» en este sentido es la liberalización de la AP-7, que debe ser «gratuita» y, a la vez, «útil para los pueblos».
Bajo esta premisa, ha urgido al Gobierno central a que «se comprometa» a construir las conexiones con los pueblos que la Generalitat ha presentado. No obstante, ha dicho que el Consell «se ha quedado corto» y que Compromís, tras un estudio de las necesidades de los pueblos, añade a esta lista cinco enlaces más en en Calp, Gata de Gorgos (Alicante), Tavernes de la Valldigna (Valencia), Almenara y Alcalà de Xivert (Castellón). Son propuestas complementarias, «razonables» y «asumibles», ha remarcado.
EL PSOE «DEBE TENER VALENTÍA»
«Ahora, más que nunca, tenemos que tomar medidas» y Ábalos «se debe comprometer a estas conexiones», ha subrayado, antes de incidir en que el PSOE «debe tener valentía, que no es una de sus máximas fortalezas».
En la misma línea, Águeda Micó ha indicado que Compromís apoyó al Gobierno de Sánchez para «deshacerse del Gobierno de la corrupción y ser parte del cambio», pero «no es gratuito», ya que sus votos «se circunscriben a la capacidad de negociación del Gobierno estatal».
A su juicio, la formación se encuentra ante un «momento histórico» por el papel que puede jugar un «proyecto estrictamente valencianista», que además tiene en frente a un «Gobierno con el que se puede hablar». «Presionaremos al Gobierno de Madrid para tener lo que nos toca», ha concluido.
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Nuevo contrato de alquiler en 2026: todos los cambios y lo que debes saber si vas a firmar un alquiler
Publicado
hace 12 horasen
30 septiembre, 2026
El Gobierno ha aprobado dos decretos de vivienda con importantes novedades para propietarios e inquilinos, aunque la prórroga automática y la indemnización de 12 mensualidades todavía están pendientes de publicarse en el BOE
El mercado del alquiler afronta nuevos cambios tras la aprobación por el Gobierno de dos reales decretos-ley de vivienda. Sin embargo, conviene distinguirlos: el primero ya ha sido publicado este miércoles 30 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mientras que el segundo, que introduce la prórroga automática de los contratos y la indemnización de al menos 12 mensualidades si el propietario no quiere renovarlos, está pendiente de publicación y de su posterior convalidación parlamentaria.
Por tanto, la obligación de pagar esas 12 mensualidades no puede presentarse todavía como una norma vigente. El texto del segundo decreto ya ha sido distribuido a los grupos parlamentarios y está previsto que se publique este jueves 1 de octubre.
¿Qué cambia para los contratos de alquiler?
La principal novedad del segundo decreto es la modificación del régimen de prórroga de los contratos de vivienda habitual.
Una vez transcurrido el periodo mínimo obligatorio —cinco años si el arrendador es una persona física y siete años si es una persona jurídica—, el contrato se prorrogaría automáticamente por nuevos periodos, salvo que alguna de las partes comunique su voluntad de no continuar.
El propietario tendría que comunicar la decisión de no renovar con seis meses de antelación, mientras que el inquilino dispondría de dos meses.
El casero podría tener que pagar 12 mensualidades
La medida que más afecta a los propietarios es la indemnización prevista cuando el arrendador comunica correctamente que no quiere prorrogar el contrato.
Según el texto del segundo decreto, deberá abonar al inquilino al menos una cantidad equivalente a 12 mensualidades de renta de una vivienda de características similares.
El cálculo se realizaría, siempre que sea posible, tomando como referencia el sistema estatal de referencia de precios del alquiler.
Además, la compensación no podría ser inferior a una mensualidad por cada año que el inquilino haya residido en la vivienda, prorrateándose los periodos inferiores al año.
Por ejemplo, si la referencia aplicable para una vivienda similar fuese de 900 euros mensuales, las 12 mensualidades alcanzarían los 10.800 euros. La cuantía real dependería del cálculo establecido en la norma.
¿Cuándo no tendría que pagar la indemnización el propietario?
El texto contempla diferentes situaciones en las que el arrendador puede quedar exento de pagar esa compensación.
Si necesita la vivienda para él o su familia
Cuando el propietario sea una persona física y necesite la vivienda para convertirla en su residencia habitual o para determinados familiares, puede quedar exento.
La excepción incluye al propio arrendador, a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o por adopción y al cónyuge en determinados supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Pero existe una condición importante: si transcurridos tres meses desde la entrega de la vivienda esta no ha sido ocupada por las personas indicadas, el propietario deberá abonar la indemnización, salvo que exista una causa de fuerza mayor que justifique que no se haya producido la ocupación.
Si el inquilino no vive realmente en la vivienda
El propietario también podrá quedar exento cuando el inquilino no haya residido en la vivienda durante más de seis meses en los 12 meses anteriores a la comunicación.
No se tendrán en cuenta determinadas ausencias justificadas, como las relacionadas con salud, trabajo o cuidado de familiares.
Si el inquilino tiene otra vivienda en el mismo municipio
Otra de las excepciones previstas se produce cuando el arrendatario dispone, en el momento de la comunicación, de otra vivienda apta para vivir en el mismo municipio.
Si se firma un nuevo contrato
Tampoco se aplicaría la indemnización cuando propietario e inquilino acuerden firmar un nuevo contrato de alquiler de vivienda habitual.
También se contempla el supuesto en el que el arrendatario rechace una oferta para formalizar un nuevo contrato sobre la misma vivienda realizada por el propietario dentro de los plazos establecidos.
Si el propietario acredita vulnerabilidad
El texto también contempla la posibilidad de quedar exento cuando concurra otra circunstancia debidamente justificada que determine la prevalencia de los intereses del arrendador cuando exista una situación de vulnerabilidad acreditada.
¿Qué pasa si el casero no avisa con seis meses?
Si el propietario no comunica en plazo su intención de poner fin al contrato, la prórroga se produciría automáticamente.
El texto establece que, una vez superados los cinco años de contrato —o siete cuando el arrendador sea una persona jurídica—, el alquiler se prorrogaría por periodos sucesivos de cinco o siete años, respectivamente, si ninguna de las partes comunica su voluntad de no continuar.
¿Y si es el inquilino quien quiere marcharse?
El inquilino tendría que comunicar su voluntad de no continuar con el contrato con al menos dos meses de antelación.
Esta modificación no debe confundirse con el desistimiento durante la vigencia del contrato: la nueva regulación se refiere al momento en que llega la fecha de vencimiento y entra en juego el régimen de prórroga.
Los cambios que ya están en vigor
Mientras el segundo decreto está pendiente de publicación y convalidación, el Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, ya ha sido publicado en el BOE este miércoles.
Esta primera norma incorpora, entre otras medidas, una prórroga extraordinaria de hasta dos años para determinados contratos de vivienda habitual que cumplan los requisitos establecidos y cuya prórroga obligatoria, tácita o reconducción termine antes del 31 de diciembre de 2028.
Para solicitarla, el inquilino debe estar al corriente del pago del alquiler y haberlo estado mensualmente durante los ocho meses anteriores. Durante esa prórroga se mantienen los términos y condiciones del contrato.
También establece una limitación extraordinaria de las actualizaciones de las rentas hasta el 31 de diciembre de 2027. Según el nuevo régimen, cuando no exista acuerdo entre propietario e inquilino, la actualización puede quedar limitada al 2 %, con las condiciones previstas en la norma.
Nuevas reglas para los alquileres temporales
El primer decreto también modifica el tratamiento de los alquileres de temporada o vivienda temporal.
Estos contratos deberán responder a una causa real y acreditable de temporalidad. Como regla general, su duración no podrá superar los 12 meses, aunque puede prolongarse si continúa existiendo la causa que justificó el alquiler temporal.
Además, si un alquiler temporal supera los 12 meses sin una justificación válida o se suceden más de dos contratos consecutivos entre las mismas partes y sobre la misma vivienda, el primero puede considerarse alquiler de vivienda habitual, con la aplicación del régimen correspondiente.
Una norma que todavía debe superar el Congreso
La principal precaución para propietarios e inquilinos es la situación de la segunda norma.
El Gobierno ha aprobado el texto, pero la prórroga automática con indemnización de 12 mensualidades todavía no está publicada en el BOE a 30 de septiembre de 2026 y debe superar la correspondiente convalidación parlamentaria. La votación está prevista para este viernes.
Por ello, cualquier persona que vaya a firmar, renovar o finalizar un contrato de alquiler debe distinguir entre las medidas que ya están en vigor y las que todavía dependen de la publicación y convalidación del segundo decreto.
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