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¿Qué es la ley D’Hondt?

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¿Qué es la ley D'Hondt?
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La ley D’Hondt es el sistema que se utiliza para repartir los escaños o concejales entre las candidaturas de forma proporcional al número de votos obtenidos.

El próximo 23 de julio se celebran elecciones generales en España. En nuestro país, en todos los procesos electorales se utiliza el sistema D’Hondt.

Ley D’Hondt

Como ejemplo vamos a simular un Parlamento o un Ayuntamiento de ocho escaños o concejales a repartir entre cuatro candidaturas que llamaremos A, B, C y D.

En primer lugar ordenamos los resultados electorales de mayor a menor y se calcula el porcentaje de cada uno sobre el total de votos válidos, teniendo en cuenta los votos en blanco.

Para evitar una excesiva fragmentación de la cámara o la corporación, se descartan las candidaturas que no lleguen a un porcentaje mínimo de votos. En el caso de las elecciones generales este umbral es el 3% de los votos. En las elecciones locales, el porcentaje mínimo es el 5%. En este ejemplo al ser el umbral del 3% se corresponden a unas es elecciones generales

Se construye una tabla con tantas columnas como número de escaños o concejales a distribuir, completando cada columna con el número de votos de cada candidatura dividido por 1, 2, 3… hasta completarla.

Los escaños o concejales se asignan a los 8 coeficientes más altos, en orden decreciente.

En caso de empate, el escaño o concejal se asignará a la candidatura con mayor número de votos totales. Si estos también coinciden, se asignará por sorteo, y el resto de empates de forma alternativa.

El reparto de escaños o concejales queda de la siguiente forma:

  • Candidatura A: 4 escaños o concejales
  • Candidatura B: 3 escaños o concejales
  • Candidatura C: 1 escaño o concejal

¿A quién beneficia la ley D’Hondt y por qué?

Beneficia a los partidos grandes, y perjudica a los pequeños. Aunque la Constitución habla de «representación proporcional», en realidad es de lo más desproporcionado: ni se ajustan los escaños a los votos, ni se defiende el orden que los votantes otorgan a los partidos, ocurriendo en ocasiones que una formación con menos votos logra obtener más escaños. Muchos no lo consideran un sistema proporcional, sino mayoritario, un sistema que no busca la proporcionalidad sino favorecer la gobernabilidad de los partidos más poderosos.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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