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Cepeda confirma con este mensaje que ha roto con Aitana

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«Aitana y yo hemos decidido tomar caminos separados», con esta claridad ha anunciado este domingo el cantante Luis Cepeda que ha roto su relación con Aitana, otra de las voces de la cantera de Operación Triunfo. «Hace algún tiempo que necesitaba contar nuestra relación actual», ha escrito Cepeda. «Sé que esto será noticia pero ha de serlo para que luego venga la calma».

Cepeda, en un breve texto, pide comprensión y respeto. «Calma», añade, «donde espero que me esperéis los que realmente estáis aquí por la música. Para los demás, los que no están aquí por la música, espero comprensión, y espero que muchos se den cuenta de que hay que respetar la vida y decisiones ajenas».

El cantante ha utilizado Twitter para comunicar los cambios en su vida sentimental tan solo unos días después de anunciar que abandonaba la red social temporalmente por «el odio gratuito».

La relación entre Aitana Ocaña y Luis Cepeda comenzó en la Academia de Operación Triunfo 2017. Entonces, ambos tenían pareja. En la primera gala ya cantaron juntos y se ganaron el favor del público. Cuatro meses después, en febrero, Aitana pidió respeto para su novio después de los comentarios que le relacionaban sentimentalmente con Cepeda. En mayo, acudieron juntos a un acto público, pero la confirmación oficial de su relación llegó hasta el 28 de junio de 2018: un vídeo muestra un ensayo de No puedo vivir sin ti, cantada por ambos a dúo, que acaba con un beso.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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