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Consumo endurece los requisitos para comercializar las mascarillas higiénicas

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EFE/Ismael Herrero/Archivo

Madrid, 11 feb (EFE).- Consumo endurecerá los requisitos en la venta de mascarillas higiénicas en una nueva orden, por la que solo podrán ser comercializadas como tales las testadas por laboratorios acreditados, y las que no lo sean e incumplan la normativa pueden enfrentarse a la sanción del cierre durante cinco años.

Según fuentes del Ministerio de Consumo, el titular de este departamento firmará este jueves la nueva orden, que establece un periodo transitorio para adecuar el etiquetado y la acreditación de los laboratorios, y que fija un nuevo modelo combinado de materiales que permite la lectura labial y garantiza «la protección real» frente al SARS-CoV-2.

La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, si bien las mascarillas que estén en el mercado antes tendrán un plazo de treinta días para adecuarse a la normativa, aunque después ya no podrán ser comercializadas con la denominación de mascarillas higiénicas.

Esta orden refuerza la aprobada el 19 de abril de 2020, que enumera una serie de requisitos de etiquetado y comercialización de las mascarillas no consideradas quirúrgicas, ni FFP, y que, según Consumo, se publicó «en un momento de falta de stock nacional de este tipo de productos».

Ahora, cuando, según este departamento, hay capacidad de cubrir cerca del 90 % de la demanda, se hace necesario promulgar esta nueva orden para ampliar las exigencias y garantizar la seguridad de las personas consumidoras sin síntomas de coronavirus y que no están en contacto con personas enfermas.

¿Cuales son las novedades de la orden?

– Se contemplan más obligaciones de etiquetado y comercialización que ya se incluían en la anterior normativa, por ejemplo, en relación con la información sobre la composición de este tipo de producto, el periodo de uso recomendado o el número de veces que puede ser lavado.

– Define conceptos como mascarilla facial (o cobertor facial comunitario), accesorios de mascarilla y filtros.

En cuanto a los requisitos adicionales para mascarillas y complementos:

– Cualquier mascarilla higiénica deberá indicar las especificaciones técnicas, datos testados sobre la filtración, la resistencia a la respiración o permeabilidad al aire y el laboratorio, entre otros aspectos.

En productos reutilizables deberán figurar al menos los datos obtenidos antes y después del total de ciclos de lavado indicados por el fabricante.

En ningún caso, según las fuentes, los datos del etiquetado podrán incluir referencias a otro tipo de productos que puedan dar lugar a engaño sobre la verdadera naturaleza del producto (por ejemplo, que nos encontramos ante un Equipo de Protección Especial).

Y en el supuesto de que se incorporen a las mascarillas higiénicas sustancias o mezclas químicas (como, por ejemplo, sustancias virucidas) se deberá garantizar su seguridad mediante una evaluación de riesgos.

Las mascarillas higiénicas no podrán ir fuera del envase original

– De forma excepcional, en las mascarillas que tengan zonas destinadas a permitir una correcta lectura labial, que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta.

Pero éstas deberán cumplir unos requisitos adicionales: los materiales deben permitir una visión nítida y evitar el empañamiento o la reducción del volumen de la voz; se deben evaluar los riesgos para asegurar que el producto no obstruye la respiración, y se indicará en la etiqueta si hay efecto distorsionador del habla.

– En el caso de que las mascarillas estén destinadas a personas con discapacidad, éstas deberán contar con elementos ajustables con velcros a la cabeza para evitar rozaduras detrás de las orejas, con adaptadores (salvaorejas) o con cualquier otro elemento que facilite la autonomía de las personas con dificultades psicomotrices.

– En el caso de mascarillas para los niños, deberán incluir referencias a la edad aproximada de uso en función de los datos antropométricos de la población española, y la indicación: «Advertencia: Utilizar bajo la supervisión de un adulto».

– Los filtros comercializados de forma separada del resto de la tela de la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible de ésta y precisar qué tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración bacteriana y respirabilidad.

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El juez da tres días a Zapatero para entregar toda la documentación sobre las joyas halladas en su despacho

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joyas Zapatero
Joyas localizadas en una caja fuerte del despacho de José Luis Rodríguez Zapatero

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha dado un plazo de tres días a José Luis Rodríguez Zapatero para aportar toda la documentación que tenga en su poder sobre las joyas intervenidas en su despacho durante el registro realizado el pasado 19 de mayo.

La decisión se produce cuatro meses después del hallazgo de las piezas y mientras continúa la investigación del denominado caso Plus Ultra. El magistrado ha acordado además solicitar un nuevo informe pericial gemológico y joyero para determinar las características y el valor de las joyas.

El juez quiere saber cuánto valen las joyas de Zapatero

El nuevo análisis será realizado por la Joyería Yanes y deberá estudiar de forma individualizada cada una de las piezas intervenidas.

En concreto, el informe deberá determinar:

  • La descripción detallada de cada joya.
  • Los metales preciosos utilizados en su fabricación.
  • Las piedras preciosas o gemas que incorpora cada pieza.
  • Las marcas del fabricante, contrastes oficiales, numeraciones, grabados y otros elementos identificativos.
  • La antigüedad aproximada de las joyas, cuando pueda determinarse.
  • Cualquier otra circunstancia técnica relevante para la investigación.
  • El valor de reposición actual de cada joya.
  • El valor conjunto de todo el lote intervenido.

El juez considera que esta nueva diligencia es «pertinente, útil y necesaria» para esclarecer los hechos investigados y determinar la posible relevancia penal de las piezas intervenidas.

Zapatero tiene tres días para entregar la documentación

Además del informe pericial, Calama ha requerido a Rodríguez Zapatero para que, en un plazo de tres días, presente «toda la documentación que se encuentre en su poder» relacionada con las joyas.

El requerimiento busca aportar información sobre el origen, características y posible titularidad de las piezas encontradas en el despacho del expresidente del Gobierno.

Contra la resolución cabe presentar recurso de reforma en el plazo de tres días y recurso de apelación en cinco días.

Las joyas fueron encontradas en el registro del despacho

Las piezas fueron intervenidas durante el registro del despacho de Zapatero llevado a cabo el 19 de mayo en el marco de la investigación judicial del caso Plus Ultra.

El hallazgo de las joyas ha generado una de las líneas de investigación que ahora el juez pretende concretar mediante el nuevo informe pericial. La valoración de cada pieza y del conjunto permitirá incorporar al procedimiento datos objetivos sobre su naturaleza y valor económico.

Zapatero se refirió públicamente a las joyas por primera vez meses después de su hallazgo y aseguró que «son de la familia».

Las hijas de Zapatero declararán como investigadas

En la misma resolución, el juez Calama ha fijado también las declaraciones de Laura Rodríguez y Alba Rodríguez, hijas del expresidente, en calidad de investigadas.

Laura Rodríguez está citada el 30 de noviembre a las 09:00 horas, mientras que Alba Rodríguez deberá comparecer ese mismo día a las 12:00 horas.

Ambas fueron imputadas en junio dentro de la investigación que analiza, entre otros aspectos, las presuntas irregularidades relacionadas con el rescate de 53 millones de euros concedido por el Gobierno a la aerolínea Plus Ultra durante la pandemia.

Además, el juez ha citado como testigos el 19 de noviembre a José Ángel Partearroyo, exdirector de Participadas de la SEPI, y a Félix Martín, exdirector financiero de Plus Ultra.

La investigación continúa abierta y las diligencias acordadas por el juez buscan determinar las circunstancias de los hechos investigados.

 

El informe pericial cifra las joyas en más de 1,3 millones de euros

Según la valoración realizada por la joyería Ansorena y el Instituto Gemológico Español, las piezas localizadas incluyen collares, pulseras, anillos, pendientes y relojes de alta gama elaborados en oro de 18 y 22 quilates, diamantes, zafiros, rubíes y esmeraldas procedentes de distintos países.

Entre las joyas de mayor valor destacan:

  • Un collar de oro blanco con diamantes y esmeraldas naturales valorado en 278.000 euros.
  • Otro collar con trece zafiros tasado en 220.000 euros.
  • Una pieza con diamantes y cinco rubíes naturales valorada en 155.000 euros.
  • Pulseras de hasta 100.000 euros.
  • Pendientes con esmeraldas y diamantes tasados en 80.000 euros.

Además, el inventario incluye varios relojes de marcas como Omega, Longines, Pierre Balmain o Lorenz.

El juez investiga el origen de las piezas

La Audiencia Nacional ha abierto una nueva línea de investigación por presuntos delitos fiscales y de contrabando, al considerar que el origen de las joyas encontradas en una caja fuerte del despacho del expresidente no estaría debidamente justificado.

La causa se enmarca en una pieza separada del denominado ‘caso Plus Ultra’ y se encuentra actualmente en fase de instrucción.

Luis Arroyo reconoce el error

Tras conocerse el contenido del peritaje, Luis Arroyo ha reconocido públicamente que sus primeras declaraciones sobre el valor de las joyas fueron erróneas y ha pedido perdón por las informaciones facilitadas inicialmente.

La revelación del valor de las piezas ha incrementado la repercusión política y judicial del caso, mientras continúan las diligencias para determinar la procedencia y la situación fiscal de los bienes intervenidos.

 

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