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Consumo endurece los requisitos para comercializar las mascarillas higiénicas
Publicado
hace 6 añosen

Madrid, 11 feb (EFE).- Consumo endurecerá los requisitos en la venta de mascarillas higiénicas en una nueva orden, por la que solo podrán ser comercializadas como tales las testadas por laboratorios acreditados, y las que no lo sean e incumplan la normativa pueden enfrentarse a la sanción del cierre durante cinco años.
Según fuentes del Ministerio de Consumo, el titular de este departamento firmará este jueves la nueva orden, que establece un periodo transitorio para adecuar el etiquetado y la acreditación de los laboratorios, y que fija un nuevo modelo combinado de materiales que permite la lectura labial y garantiza «la protección real» frente al SARS-CoV-2.
La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, si bien las mascarillas que estén en el mercado antes tendrán un plazo de treinta días para adecuarse a la normativa, aunque después ya no podrán ser comercializadas con la denominación de mascarillas higiénicas.
Esta orden refuerza la aprobada el 19 de abril de 2020, que enumera una serie de requisitos de etiquetado y comercialización de las mascarillas no consideradas quirúrgicas, ni FFP, y que, según Consumo, se publicó «en un momento de falta de stock nacional de este tipo de productos».
Ahora, cuando, según este departamento, hay capacidad de cubrir cerca del 90 % de la demanda, se hace necesario promulgar esta nueva orden para ampliar las exigencias y garantizar la seguridad de las personas consumidoras sin síntomas de coronavirus y que no están en contacto con personas enfermas.
¿Cuales son las novedades de la orden?
– Se contemplan más obligaciones de etiquetado y comercialización que ya se incluían en la anterior normativa, por ejemplo, en relación con la información sobre la composición de este tipo de producto, el periodo de uso recomendado o el número de veces que puede ser lavado.
– Define conceptos como mascarilla facial (o cobertor facial comunitario), accesorios de mascarilla y filtros.
En cuanto a los requisitos adicionales para mascarillas y complementos:
– Cualquier mascarilla higiénica deberá indicar las especificaciones técnicas, datos testados sobre la filtración, la resistencia a la respiración o permeabilidad al aire y el laboratorio, entre otros aspectos.
En productos reutilizables deberán figurar al menos los datos obtenidos antes y después del total de ciclos de lavado indicados por el fabricante.
En ningún caso, según las fuentes, los datos del etiquetado podrán incluir referencias a otro tipo de productos que puedan dar lugar a engaño sobre la verdadera naturaleza del producto (por ejemplo, que nos encontramos ante un Equipo de Protección Especial).
Y en el supuesto de que se incorporen a las mascarillas higiénicas sustancias o mezclas químicas (como, por ejemplo, sustancias virucidas) se deberá garantizar su seguridad mediante una evaluación de riesgos.
Las mascarillas higiénicas no podrán ir fuera del envase original
– De forma excepcional, en las mascarillas que tengan zonas destinadas a permitir una correcta lectura labial, que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta.
Pero éstas deberán cumplir unos requisitos adicionales: los materiales deben permitir una visión nítida y evitar el empañamiento o la reducción del volumen de la voz; se deben evaluar los riesgos para asegurar que el producto no obstruye la respiración, y se indicará en la etiqueta si hay efecto distorsionador del habla.
– En el caso de que las mascarillas estén destinadas a personas con discapacidad, éstas deberán contar con elementos ajustables con velcros a la cabeza para evitar rozaduras detrás de las orejas, con adaptadores (salvaorejas) o con cualquier otro elemento que facilite la autonomía de las personas con dificultades psicomotrices.
– En el caso de mascarillas para los niños, deberán incluir referencias a la edad aproximada de uso en función de los datos antropométricos de la población española, y la indicación: «Advertencia: Utilizar bajo la supervisión de un adulto».
– Los filtros comercializados de forma separada del resto de la tela de la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible de ésta y precisar qué tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración bacteriana y respirabilidad.
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Juan Carlos I renuncia a recuperar los 65 millones de euros que entregó a Corinna Larsen
Publicado
hace 5 horasen
10 octubre, 2026
El rey emérito descarta finalmente emprender acciones judiciales contra su expareja y el abogado suizo Dante Canónica, a quienes pretendía reclamar más de 73 millones de euros por una operación económica vinculada a fondos procedentes de Arabia Saudí.
Juan Carlos I ha decidido no continuar con su intención de recuperar los 65 millones de euros que transfirió a Corinna Larsen en 2012, una cantidad que procedía de los fondos que el entonces monarca había recibido años antes de Arabia Saudí. El rey emérito renuncia así a presentar la demanda que había anunciado en abril de 2025 contra su antigua pareja sentimental y contra el abogado suizo Dante Canónica.
La decisión supone un nuevo giro en uno de los episodios económicos más controvertidos de la vida del padre de Felipe VI. Según ha publicado El País, citando fuentes próximas al entorno del exjefe del Estado, la reclamación judicial finalmente no se ha formalizado, pese a que inicialmente se había planteado exigir 70 millones de euros a Corinna Larsen y otros 3,5 millones al letrado suizo.
Con este cambio de postura, Juan Carlos I evita abrir otro procedimiento judicial relacionado con sus finanzas personales y con la fortuna que acabó en manos de quien fue su compañera sentimental durante años.
Juan Carlos I renuncia a demandar a Corinna Larsen por los 65 millones de euros
La intención del rey emérito de acudir a los tribunales se conoció en abril de 2025, cuando trascendió que estudiaba emprender acciones legales contra Corinna Larsen y Dante Canónica.
La reclamación no se limitaba a solicitar la devolución del dinero. También contemplaba posibles acciones por presunto fraude y vulneración del derecho al honor, en relación con las circunstancias de la transferencia y las declaraciones públicas realizadas por la empresaria.
Juan Carlos I consideraba que había sido engañado y pretendía obtener una compensación económica que superaba el importe originalmente entregado.
Sin embargo, más de un año después de anunciar sus intenciones, el antiguo monarca ha optado por no presentar la demanda.
Esta decisión evita reactivar un enfrentamiento judicial que podría haber vuelto a situar bajo el foco público las operaciones financieras del emérito y su relación con Corinna Larsen.
¿De dónde procedían los 65 millones de euros que Juan Carlos I entregó a Corinna?
El origen de esta fortuna se remonta a 2008, cuando Juan Carlos I recibió 100 millones de dólares del Ministerio de Finanzas de Arabia Saudí, durante el reinado de Abdalá bin Abdulaziz.
Los fondos fueron depositados en una cuenta bancaria vinculada a la fundación panameña Lucum, una estructura financiera relacionada con el patrimonio del entonces jefe del Estado español.
La operación adquirió especial relevancia pública años después, cuando comenzaron a conocerse detalles sobre las cuentas del rey emérito en el extranjero.
En 2012, el banco suizo Mirabaud & Cie exigió el cierre de la cuenta asociada a la fundación Lucum. Fue entonces cuando Juan Carlos I transfirió aproximadamente 65 millones de euros a Corinna Larsen.
La empresaria trasladó posteriormente ese patrimonio a una cuenta perteneciente a una de sus sociedades en Bahamas.
Una donación que se realizó después del escándalo de Botsuana
La transferencia tuvo lugar en 2012, el mismo año en el que salió a la luz el polémico viaje de Juan Carlos I a Botsuana para participar en una cacería de elefantes.
Aquel episodio marcó un punto de inflexión en la imagen pública del entonces monarca, especialmente después de que sufriera un accidente durante su estancia en el país africano.
Corinna Larsen formaba parte de aquel viaje, cuya repercusión mediática puso bajo escrutinio la vida privada del rey y su relación con la empresaria.
Meses después de aquel escándalo, Juan Carlos I formalizó la entrega de los 65 millones de euros que ahora ha decidido no reclamar judicialmente.
La clave de la fortuna de Corinna Larsen: una donación irrevocable
Uno de los aspectos fundamentales de este caso es la naturaleza jurídica de la transferencia realizada por Juan Carlos I.
Según la documentación de la operación, la entrega de los 65 millones de euros se formalizó como una donación irrevocable, una condición que resulta especialmente relevante a la hora de valorar cualquier posible reclamación posterior.
El documento establecía que Corinna Larsen no estaba obligada a devolver el dinero, ni siquiera en caso de fallecimiento del rey emérito.
Esta cláusula dificultaba una eventual reclamación basada únicamente en la voluntad de recuperar los fondos.
Aunque Juan Carlos I estudió la posibilidad de impugnar la operación, finalmente ha decidido no iniciar ese procedimiento.
La decisión no supone una nueva resolución judicial sobre la titularidad del dinero, sino que implica que el emérito no ha formalizado las acciones legales que había anunciado.
¿Quién es Dante Canónica y qué relación tiene con el dinero de Juan Carlos I?
El abogado suizo Dante Canónica también figuraba entre las personas contra las que Juan Carlos I pretendía emprender acciones judiciales.
Su nombre está vinculado a la estructura de la fundación Lucum, a través de la cual se canalizaron los fondos recibidos de Arabia Saudí.
La reclamación que se planteaba contra él ascendía a 3,5 millones de euros, mientras que la dirigida contra Corinna Larsen alcanzaba los 70 millones.
El rey emérito pretendía cuestionar las circunstancias de las operaciones económicas y exigir responsabilidades por los perjuicios que consideraba haber sufrido.
No obstante, la decisión de no presentar la demanda afecta a ambos y deja sin materializar aquella iniciativa judicial.
La relación entre Juan Carlos I y Corinna Larsen, marcada por las polémicas
La relación personal entre Juan Carlos I y Corinna Larsen ha protagonizado numerosos titulares durante las últimas décadas.
La empresaria alemana, conocida también como Corinna zu Sayn-Wittgenstein, mantuvo una estrecha vinculación con el entonces monarca y su nombre apareció posteriormente asociado a diferentes controversias relacionadas con las finanzas del rey emérito.
El viaje a Botsuana de 2012 contribuyó a que aquella relación adquiriera una gran dimensión mediática.
Con el paso de los años, las diferencias entre ambos trascendieron el ámbito privado y llegaron a los tribunales.
Las declaraciones públicas de Larsen sobre su relación con Juan Carlos I y las operaciones económicas relacionadas con el antiguo jefe del Estado también contribuyeron a mantener el caso en la actualidad informativa.
La intención anunciada en 2025 de reclamar judicialmente los millones transferidos parecía abrir un nuevo capítulo en ese enfrentamiento.
Sin embargo, la renuncia a presentar la demanda supone, por ahora, que no se iniciará ese nuevo procedimiento por parte del emérito.
Juan Carlos I evita una nueva batalla judicial por su fortuna
La decisión de Juan Carlos I llega después de varios años en los que sus actividades financieras han sido objeto de investigaciones y procedimientos judiciales tanto en España como en el extranjero.
Desde 2018, diferentes asuntos relacionados con el patrimonio y las operaciones económicas del rey emérito han generado una importante controversia pública.
Los procedimientos a los que se refiere la información publicada han terminado archivados, aunque la repercusión de estas investigaciones ha continuado afectando a su imagen.
En este contexto, la posibilidad de presentar una nueva demanda contra Corinna Larsen y Dante Canónica suponía volver a abrir un frente judicial de gran repercusión mediática.
La renuncia a reclamar los 65 millones de euros evita, al menos por esta vía, que las circunstancias de aquella donación vuelvan a examinarse en un nuevo procedimiento promovido por Juan Carlos I.
¿Qué ocurrirá ahora con los 65 millones de euros de Corinna Larsen?
La consecuencia inmediata de esta decisión es que Juan Carlos I no ha presentado la reclamación judicial que había anunciado para intentar recuperar el dinero.
La transferencia realizada en 2012 se formalizó mediante un documento que establecía expresamente su carácter irrevocable.
Por tanto, y de acuerdo con la información conocida, no existe una nueva resolución judicial que obligue a Corinna Larsen a devolver aquella cantidad.
El emérito tampoco ha formalizado la reclamación económica prevista contra Dante Canónica.
De este modo, Juan Carlos I deja atrás, por ahora, la posibilidad de recuperar mediante la demanda anunciada los 65 millones de euros entregados a su expareja, una fortuna cuyo origen y posterior transferencia han marcado algunos de los episodios más controvertidos de su trayectoria tras abandonar la jefatura del Estado.
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