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Consumo endurece los requisitos para comercializar las mascarillas higiénicas

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EFE/Ismael Herrero/Archivo

Madrid, 11 feb (EFE).- Consumo endurecerá los requisitos en la venta de mascarillas higiénicas en una nueva orden, por la que solo podrán ser comercializadas como tales las testadas por laboratorios acreditados, y las que no lo sean e incumplan la normativa pueden enfrentarse a la sanción del cierre durante cinco años.

Según fuentes del Ministerio de Consumo, el titular de este departamento firmará este jueves la nueva orden, que establece un periodo transitorio para adecuar el etiquetado y la acreditación de los laboratorios, y que fija un nuevo modelo combinado de materiales que permite la lectura labial y garantiza «la protección real» frente al SARS-CoV-2.

La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, si bien las mascarillas que estén en el mercado antes tendrán un plazo de treinta días para adecuarse a la normativa, aunque después ya no podrán ser comercializadas con la denominación de mascarillas higiénicas.

Esta orden refuerza la aprobada el 19 de abril de 2020, que enumera una serie de requisitos de etiquetado y comercialización de las mascarillas no consideradas quirúrgicas, ni FFP, y que, según Consumo, se publicó «en un momento de falta de stock nacional de este tipo de productos».

Ahora, cuando, según este departamento, hay capacidad de cubrir cerca del 90 % de la demanda, se hace necesario promulgar esta nueva orden para ampliar las exigencias y garantizar la seguridad de las personas consumidoras sin síntomas de coronavirus y que no están en contacto con personas enfermas.

¿Cuales son las novedades de la orden?

– Se contemplan más obligaciones de etiquetado y comercialización que ya se incluían en la anterior normativa, por ejemplo, en relación con la información sobre la composición de este tipo de producto, el periodo de uso recomendado o el número de veces que puede ser lavado.

– Define conceptos como mascarilla facial (o cobertor facial comunitario), accesorios de mascarilla y filtros.

En cuanto a los requisitos adicionales para mascarillas y complementos:

– Cualquier mascarilla higiénica deberá indicar las especificaciones técnicas, datos testados sobre la filtración, la resistencia a la respiración o permeabilidad al aire y el laboratorio, entre otros aspectos.

En productos reutilizables deberán figurar al menos los datos obtenidos antes y después del total de ciclos de lavado indicados por el fabricante.

En ningún caso, según las fuentes, los datos del etiquetado podrán incluir referencias a otro tipo de productos que puedan dar lugar a engaño sobre la verdadera naturaleza del producto (por ejemplo, que nos encontramos ante un Equipo de Protección Especial).

Y en el supuesto de que se incorporen a las mascarillas higiénicas sustancias o mezclas químicas (como, por ejemplo, sustancias virucidas) se deberá garantizar su seguridad mediante una evaluación de riesgos.

Las mascarillas higiénicas no podrán ir fuera del envase original

– De forma excepcional, en las mascarillas que tengan zonas destinadas a permitir una correcta lectura labial, que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta.

Pero éstas deberán cumplir unos requisitos adicionales: los materiales deben permitir una visión nítida y evitar el empañamiento o la reducción del volumen de la voz; se deben evaluar los riesgos para asegurar que el producto no obstruye la respiración, y se indicará en la etiqueta si hay efecto distorsionador del habla.

– En el caso de que las mascarillas estén destinadas a personas con discapacidad, éstas deberán contar con elementos ajustables con velcros a la cabeza para evitar rozaduras detrás de las orejas, con adaptadores (salvaorejas) o con cualquier otro elemento que facilite la autonomía de las personas con dificultades psicomotrices.

– En el caso de mascarillas para los niños, deberán incluir referencias a la edad aproximada de uso en función de los datos antropométricos de la población española, y la indicación: «Advertencia: Utilizar bajo la supervisión de un adulto».

– Los filtros comercializados de forma separada del resto de la tela de la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible de ésta y precisar qué tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración bacteriana y respirabilidad.

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Muere Noelia Castillo tras recibir la eutanasia en Cataluña después de casi dos años de batalla

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Noelia eutanasia
Noelia, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia. Antena 3

La joven de 25 años culmina su solicitud de muerte asistida tras casi dos años de batalla legal

Noelia Castillo, la joven catalana de 25 años que había solicitado la eutanasia, ha fallecido este jueves tras recibir la muerte asistida en el centro sociosanitario Sant Camil, en Sant Pere de Ribes (Barcelona), poniendo fin a un largo proceso judicial que se ha prolongado durante casi dos años.

La joven, que presentaba una discapacidad del 74% tras un intento de suicidio en 2022, fue acompañada por familiares y amigos, aunque decidió permanecer sola durante el procedimiento.

Un caso que reabre el debate sobre la eutanasia en España

El caso de Noelia Castillo ha generado un intenso debate social, político y ético sobre los límites de la eutanasia en España, especialmente en situaciones relacionadas con el sufrimiento psicológico y los trastornos mentales.

Su historia adquirió gran repercusión mediática tras una entrevista televisiva en la que explicó públicamente su decisión y los motivos que la llevaron a solicitar la muerte asistida.

Cómo se realiza el procedimiento de eutanasia

La eutanasia se llevó a cabo siguiendo el protocolo sanitario vigente en España. Un equipo médico no objetor de conciencia confirmó previamente que la paciente mantenía su voluntad firme de continuar con el proceso.

El procedimiento contempla dos modalidades principales:

  • Administración intravenosa (la más habitual)
  • Ingesta oral de medicación

Ambas opciones están reguladas dentro de la ley de eutanasia en España.

Intentos judiciales para frenar la eutanasia

El padre de la joven trató de paralizar el procedimiento hasta el último momento. Sin embargo, un juzgado de Barcelona rechazó su petición al considerar que la capacidad de decisión de Noelia había sido avalada en múltiples instancias judiciales.

El caso recorrió prácticamente todo el sistema judicial español:

  • Juzgado Contencioso-Administrativo nº12 de Barcelona
  • Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
  • Tribunal Supremo
  • Tribunal Constitucional

Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también rechazó suspender la eutanasia.

Una vida marcada por el sufrimiento

La joven había relatado episodios traumáticos, incluidas agresiones sexuales, y padecía trastornos de salud mental como trastorno límite de la personalidad y trastorno obsesivo compulsivo.

En octubre de 2022 intentó suicidarse arrojándose desde un quinto piso. Aunque sobrevivió, sufrió una lesión medular irreversible que le provocó paraplejia y dolor neuropático crónico.

Desde entonces, residía en un centro sociosanitario y dependía de cuidados asistenciales continuos.

Reacciones sociales y concentraciones

Durante la jornada, varios colectivos se concentraron a las puertas del centro sanitario, entre ellos asociaciones contrarias a la eutanasia, grupos religiosos y representantes políticos.

También se celebraron actos de oración en distintas ciudades bajo el lema “Noelia, no estás sola”.

Las reacciones han sido diversas:

  • Colectivos a favor de la eutanasia defienden el derecho a una muerte digna
  • Organizaciones contrarias alertan sobre las implicaciones éticas

Un precedente en la eutanasia en España

El caso de Noelia Castillo se convierte en uno de los procesos de eutanasia más judicializados en España, marcando un precedente relevante.

La resolución reafirma que una persona con plena capacidad de decisión puede acceder a la eutanasia incluso frente a la oposición de familiares, siempre que cumpla los requisitos establecidos por la ley.

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