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Consumo endurece los requisitos para comercializar las mascarillas higiénicas

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EFE/Ismael Herrero/Archivo

Madrid, 11 feb (EFE).- Consumo endurecerá los requisitos en la venta de mascarillas higiénicas en una nueva orden, por la que solo podrán ser comercializadas como tales las testadas por laboratorios acreditados, y las que no lo sean e incumplan la normativa pueden enfrentarse a la sanción del cierre durante cinco años.

Según fuentes del Ministerio de Consumo, el titular de este departamento firmará este jueves la nueva orden, que establece un periodo transitorio para adecuar el etiquetado y la acreditación de los laboratorios, y que fija un nuevo modelo combinado de materiales que permite la lectura labial y garantiza «la protección real» frente al SARS-CoV-2.

La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, si bien las mascarillas que estén en el mercado antes tendrán un plazo de treinta días para adecuarse a la normativa, aunque después ya no podrán ser comercializadas con la denominación de mascarillas higiénicas.

Esta orden refuerza la aprobada el 19 de abril de 2020, que enumera una serie de requisitos de etiquetado y comercialización de las mascarillas no consideradas quirúrgicas, ni FFP, y que, según Consumo, se publicó «en un momento de falta de stock nacional de este tipo de productos».

Ahora, cuando, según este departamento, hay capacidad de cubrir cerca del 90 % de la demanda, se hace necesario promulgar esta nueva orden para ampliar las exigencias y garantizar la seguridad de las personas consumidoras sin síntomas de coronavirus y que no están en contacto con personas enfermas.

¿Cuales son las novedades de la orden?

– Se contemplan más obligaciones de etiquetado y comercialización que ya se incluían en la anterior normativa, por ejemplo, en relación con la información sobre la composición de este tipo de producto, el periodo de uso recomendado o el número de veces que puede ser lavado.

– Define conceptos como mascarilla facial (o cobertor facial comunitario), accesorios de mascarilla y filtros.

En cuanto a los requisitos adicionales para mascarillas y complementos:

– Cualquier mascarilla higiénica deberá indicar las especificaciones técnicas, datos testados sobre la filtración, la resistencia a la respiración o permeabilidad al aire y el laboratorio, entre otros aspectos.

En productos reutilizables deberán figurar al menos los datos obtenidos antes y después del total de ciclos de lavado indicados por el fabricante.

En ningún caso, según las fuentes, los datos del etiquetado podrán incluir referencias a otro tipo de productos que puedan dar lugar a engaño sobre la verdadera naturaleza del producto (por ejemplo, que nos encontramos ante un Equipo de Protección Especial).

Y en el supuesto de que se incorporen a las mascarillas higiénicas sustancias o mezclas químicas (como, por ejemplo, sustancias virucidas) se deberá garantizar su seguridad mediante una evaluación de riesgos.

Las mascarillas higiénicas no podrán ir fuera del envase original

– De forma excepcional, en las mascarillas que tengan zonas destinadas a permitir una correcta lectura labial, que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta.

Pero éstas deberán cumplir unos requisitos adicionales: los materiales deben permitir una visión nítida y evitar el empañamiento o la reducción del volumen de la voz; se deben evaluar los riesgos para asegurar que el producto no obstruye la respiración, y se indicará en la etiqueta si hay efecto distorsionador del habla.

– En el caso de que las mascarillas estén destinadas a personas con discapacidad, éstas deberán contar con elementos ajustables con velcros a la cabeza para evitar rozaduras detrás de las orejas, con adaptadores (salvaorejas) o con cualquier otro elemento que facilite la autonomía de las personas con dificultades psicomotrices.

– En el caso de mascarillas para los niños, deberán incluir referencias a la edad aproximada de uso en función de los datos antropométricos de la población española, y la indicación: «Advertencia: Utilizar bajo la supervisión de un adulto».

– Los filtros comercializados de forma separada del resto de la tela de la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible de ésta y precisar qué tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración bacteriana y respirabilidad.

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Ábalos y Koldo a prisión provisional por riesgo de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Supremo ordena prisión sin fianza para el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al elevarse el riesgo de fuga antes del juicio por la presunta trama de mascarillas.
La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del PP habían solicitado su ingreso inmediato en prisión.

El Supremo ordena prisión provisional para Ábalos y Koldo García

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, investigados por las supuestas irregularidades en contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia.

Se trata de un hecho histórico: es la primera vez que un diputado en ejercicio deberá entrar en prisión provisional antes de ser juzgado.

La decisión llega tras revisar las medidas cautelares que mantenían hasta hoy (retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales). El riesgo de fuga se considera ahora “muy elevado” ante la gravedad de las penas solicitadas.


La Fiscalía Anticorrupción alertó de un riesgo de fuga “disparado”

La medida adoptada responde a la petición expresa del jefe de Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, así como de las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular.
Anticorrupción sostiene que, ante la posibilidad de que ambos se enfrenten a hasta 30 años de cárcel, existe un riesgo de fuga “inequívoco”.


La llegada de Ábalos al Supremo: “No tengo dinero ni a dónde ir”

Ábalos fue el primero en llegar al Supremo, a las 9:12 horas, solo y con una mochila de cuero. En su intervención durante la vistilla, aseguró al magistrado:

“No me voy a fugar. No tengo dinero ni a dónde ir.”

Fuentes jurídicas aseguran que el exministro estaba “visiblemente destrozado”, fumando nervioso en los patios del Palacio de Justicia mientras esperaba la resolución.

Su abogado defendió que su ingreso en prisión, siendo diputado, supondría vulnerar su derecho a representación política y acusó a Anticorrupción de querer “forzar” una declaración colaborativa similar a la del empresario Víctor de Aldama.


Koldo García: “No me voy a ir a ningún sitio”

Koldo García llegó justo a la hora señalada, acompañado de su abogada, y también negó cualquier intención de fugarse:

“No me voy a ir a ningún sitio. Todos tenemos derecho a aprender poco a poco.”

Esta última frase ha sido interpretada por presentes como un reconocimiento implícito de haber cometido errores.

Su defensa alegó arraigo familiar: una madre mayor y una hija pequeña.


El fiscal, contundente: “Ningún poder del Estado puede eludir la acción penal”

El fiscal Luzón fue especialmente duro respecto a Ábalos:

“Fue su pertenencia al Gobierno lo que permitió cometer estos delitos.
Ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal. La Justicia es ciega por eso.”


Camino al juicio por la presunta trama de mascarillas

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por su presunta participación en una trama para adjudicar contratos millonarios de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al empresario.

Penas solicitadas por Fiscalía

  • Ábalos: 24 años de prisión

  • Koldo García: 19 años y medio

  • Víctor de Aldama: 7 años (pena reducida por su confesión)

Los delitos atribuidos incluyen:

  • organización criminal

  • cohecho

  • tráfico de influencias

  • malversación

  • uso de información privilegiada

Penas solicitadas por las acusaciones populares

Las acusaciones que lidera el PP elevan las penas a 30 años al añadir:

  • prevaricación

  • falsedad documental


Un caso que sacude al Gobierno y tensa el clima político

El ingreso inmediato en prisión del exministro socialista supone un terremoto político en vísperas del juicio. La resolución marca un paso decisivo en una de las causas de corrupción más mediáticas derivadas de la pandemia.

 

 

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