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Vuelven a abrir los centros comerciales: estas son las normas

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centros comerciales abiertos

Los locales y establecimientos situados dentro de los centros comerciales podrán reabrir sus puertas desde este lunes siempre que tengan un acceso directo e independiente desde «el exterior», tal y como recoge la orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El documento, por el que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus en aplicación del Plan para la transición hacia la ‘nueva normalidad’, adapta el texto del 16 de mayo, en el que se limitaba la apertura a los establecimientos que tuvieran «acceso directo e independiente desde la vía pública».

En la orden ministerial de este sábado, modifica la alusión directa a la vía pública, para indicar que los locales situados en centros y parques comerciales que podrán reabrir desde el lunes deberán contar con «acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial».

El texto apunta que desde el próximo 25 de mayo los establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales, «podrán proceder a su reapertura al público siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial».

La apertura de todos los centros comerciales será en la fase 2 de la desescalada, es decir a partir del 25 de mayo, pero con medidas restrictivas como que las siguientes:

Medidas en materia de aforo para los establecimientos y locales abiertos al público.

1. Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.

2. Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

3. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros exigida por el Ministerio de Sanidad. Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

4. En los establecimientos y locales comerciales que dispongan de aparcamientos propios para sus trabajadores y clientes, cuando el acceso a las instalaciones, los lectores de tickets y tarjetas de trabajadores no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, este será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo. Este personal también supervisará que se cumple con las normas de llegada y salida escalonada de los trabajadores a y desde su puesto de trabajo, según los turnos establecidos por el centro. En su caso, y salvo que estrictos motivos de seguridad recomienden lo contrario, las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a la tienda o los vestuarios de los trabajadores permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.

Artículo 17. Medidas aplicables a centros comerciales y parques comerciales.

Además de lo dispuesto en el artículo 12, los centros y parques comerciales que reabran al público deberán cumplir las condiciones siguientes:

a) El uso de aseos familiares y salas de lactancia se restringirá a una única familia, no pudiendo simultanear su uso dos unidades familiares.

b) El uso de los aseos y salas de lactancia comunes de los centros y parques comerciales deberá ser controlado por el personal de los mismos, debiendo procederse a su limpieza y desinfección de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5.

c) El personal de seguridad velará por que se respete la distancia mínima interpersonal de dos metros y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones que se puedan formar, prestando especial atención a las zonas de escaleras mecánicas y a los ascensores.

d) En la zona de aparcamiento, además de la desinfección continuada de los puntos de contacto habituales y puesta a disposición al alcance del cliente de gel hidroalcohólico, se fomentará el pago por medios electrónicos sin contacto de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.6.

e) En caso necesario, se utilizarán vallas o sistemas de señalización equivalentes para un mejor control de los accesos y gestión de las personas a los efectos de evitar cualquier aglomeración. Preferiblemente, siempre que el centro o parque comercial disponga de dos o más accesos, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

f) Se deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

Otras cosas que podrás hacer en la Fase 2

En la fase dos o intermedia se abrirá el espacio interior de los locales solo para el servicio de mesas, con separación entre ellas y un tercio de aforo.

El curso escolar comenzará en septiembre con carácter general, si bien se podrán reabrir antes los centros educativos con el propósito de garantizar las actividades de refuerzo, que los menores acudan en el caso de que ambos progenitores trabajen presencialmente y para celebrar las pruebas de la EBAU.

Los cines, teatros y auditorios reabrirán un tercio de su aforo con butacas preasignadas. Las salas de exposiciones, conferencias y visitas a monumentos también abrirán con un tercio de su ocupación habitual. Los actos y espectáculos al aire libre estarán permitidos cuando se congreguen menos de 400 personas sentadas. Los lugares de culto deberán limitar su aforo al 50%.

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Sánchez anuncia la desclasificación de los documentos del 23-F: “Saldamos una deuda histórica”

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El Consejo de Ministros aprobará este martes la desclasificación de los documentos del golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, coincidiendo con el 45 aniversario del intento de asalto al Congreso.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que el Ejecutivo aprobará mañana en el Consejo de Ministros la desclasificación de los documentos oficiales relacionados con el golpe de Estado del 23-F. La medida llega cuando se cumplen 45 años del intento de ruptura del orden constitucional ocurrido el 23 de febrero de 1981.

Según ha explicado el jefe del Ejecutivo, la decisión permitirá “saldar una deuda histórica” con la ciudadanía, facilitando el acceso a información relevante sobre uno de los episodios más trascendentales de la historia democrática reciente de España.

¿Qué ocurrió el 23-F?

El conocido como 23-F hace referencia al intento de golpe de Estado liderado por el entonces teniente coronel Antonio Tejero, quien irrumpió armado en el Congreso de los Diputados durante la sesión de investidura de Leopoldo Calvo-Sotelo.

Durante varias horas, España vivió una grave crisis institucional que puso en riesgo el proceso democrático iniciado tras la Transición. La intervención televisada del rey Juan Carlos I, defendiendo el orden constitucional, fue clave para frenar la intentona golpista.

El fracaso del golpe consolidó el sistema democrático, pero durante décadas parte de la documentación oficial relacionada con aquellos hechos ha permanecido clasificada.

Transparencia y memoria democrática

Con la desclasificación anunciada, el Gobierno busca reforzar las políticas de transparencia y memoria democrática, facilitando el trabajo de historiadores, investigadores y medios de comunicación.

El Ejecutivo considera que, 45 años después, el acceso público a estos documentos contribuirá a un mejor conocimiento de lo sucedido y ayudará a cerrar interrogantes aún presentes sobre la trama del golpe y sus posibles apoyos.

La aprobación formal de la medida está prevista para el Consejo de Ministros de este martes, tras lo cual se iniciará el procedimiento técnico para hacer accesible la documentación conforme a la legislación vigente en materia de secretos oficiales y protección de datos.

45 años del intento de golpe de Estado

El anuncio se produce en un contexto simbólico, coincidiendo con el 45 aniversario del 23-F, una fecha clave en la historia política de España. La desclasificación de los documentos supone un paso relevante en la revisión histórica de aquel episodio que marcó el rumbo de la democracia española.

Con esta decisión, el Gobierno pretende reforzar el compromiso institucional con la verdad histórica y el derecho de la ciudadanía a conocer en profundidad los hechos que marcaron el devenir del país.

 

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