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Consumo

Denuncian a Bimbo por vender pan de molde industrial como «artesano»

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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Bimbo Donuts Iberia por comercializar varias modalidades de pan de molde con el reclamo «artesano», al considerar que al utilizarla la empresa vulnera la nueva norma de calidad del pan y, con ello, también las leyes que regulan la publicidad y la protección del consumidor.

Un mes después de la entrada en vigor del Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan, Bimbo continúa comercializando tres productos en cuyo etiquetado muestra como reclamo principal la palabra «artesano». Se trata de los panes de molde Bimbo Rebanada Estilo Artesano, Bimbo Rebanada Estilo Artesano Integral y Bimbo Bollo Estilo Artesano, que en su web presenta además como un producto «nuevo».

Las denuncias de FACUA han sido remitidas a la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, donde la empresa tiene su sede social, y a otras autoridades de protección al consumidor autonómicas. La asociación esprea que las administraciones competentes no sólo impongan sanciones a la empresa, sino que procedan a ordenar la retirada del mercado de los productos por vulnerar la nueva norma de calidad del pan.

Qué dice la norma

FACUA se dirigió hace un mes a Bimbo para recordarle que el citado Real Decreto señala en su artículo 10 que el pan sólo se considerará de elaboración artesana cuando se respeten una serie de condiciones, entre las que se incluyen que «en el proceso de elaboración primará el factor humano sobre el mecánico», «la producción no se realizará en grandes series» y «el formado de las piezas se realizará, total o parcialmente, de forma manual de manera que se obtenga un resultado final individualizado».

La respuesta de la empresa ha sido, en opinión de FACUA, una auténtica tomadura de pelo. En ella reconoce que sus panes no cumplen con los requisitos establecidos en el Real Decreto que regula la calidad del pan para presentarlos con la denominación «artesanos» dada su producción industrial. Sin embargo, argumenta que «un consumidor medianamente perspicaz y normalmente informado es plenamente conocedor» de que Bimbo no fabrica «panes de elaboración artesana» aunque utilice el reclamo «artesano» para denominar a varios de ellos junto a la palabra «estilo» en una tipografía mucho más pequeña.

Además, antes de la entrada en vigor de la nueva norma de calidad del pan, el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios ya recogía de forma general, en su artículo 18, que «el etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor», especialmente en relación a cuestiones como su «origen» y «modo de fabricación».

Publicidad engañosa

FACUA considera que al presentar sus productos como panes «estilo artesano», Bimbo también incurre en publicidad engañosa. El artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal estipula que «se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios».

La nueva norma de calidad del pan señala en su disposición transitoria primera que «los productos objeto de la presente norma de calidad, elaborados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto y que no se ajusten a lo dispuesto en él, podrán comercializarse hasta que se agoten las existencias, incluidas las etiquetas y envases rotulados adquiridos previamente, siempre que cumplan con las disposiciones vigentes anteriores a su entrada en vigor». Sin embargo, esto no justifica que Bimbo no haya actualizado en su web los etiquetados ni la publicidad de los panes objeto de la reclamación.

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Consumo

Cuidado con los menús navideños: cómo no pagar de más en restaurantes

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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en la Comunitat Valenciana ha lanzado una advertencia ante la proliferación de posibles prácticas abusivas en restaurantes durante las comidas y cenas navideñas, unas fechas en las que se incrementan las reservas y los encuentros familiares y de empresa.

La entidad recuerda que algunas medidas impuestas por determinados establecimientos pueden vulnerar los derechos de los consumidores e incluso resultar ilegales, por lo que aconseja extremar la precaución antes de reservar.

Consejos de la OCU para evitar abusos en restaurantes estas Navidades

1. Atención a los menús obligatorios
Los restaurantes pueden ofrecer menús cerrados en fechas señaladas, pero la OCU advierte de que imponer un único menú común para todos los comensales, sin tener en cuenta alergias o intolerancias alimentarias, puede ser una práctica cuestionable. Además, alerta sobre suplementos elevados entre las opciones del menú que no estén debidamente justificados.

2. Cuidado con los adelantos excesivos por reserva
Es habitual que se solicite un anticipo para garantizar la reserva, pero la OCU considera que adelantos superiores al 50% del precio total pueden resultar excesivos. Antes de pagar, recomienda comprobar:

  • Hasta cuándo se puede cancelar la reserva

  • Si existe penalización

  • El importe de dicha penalización

Cobrar el 100% del menú por una cancelación se considera abusivo y desproporcionado.

3. El importe adelantado debe descontarse del total
La organización recuerda que, salvo indicación clara en contrario, el dinero entregado por la reserva debe descontarse del precio final. También resulta indebido retrasar la devolución del importe o convertirlo en un bono que obligue a volver al restaurante.

4. No pueden cobrar un plus solo por reservar
Cobrar un suplemento adicional únicamente por realizar una reserva es una práctica que la OCU califica de cuestionable y potencialmente abusiva.

5. Derecho a una carta clara y completa
Aunque los códigos QR sean habituales, el restaurante debe ofrecer también una carta física en papel si el cliente la solicita. Además:

  • Los precios “según mercado” deben incluir una referencia clara (por ejemplo, precio por kilo)

  • Debe informarse del precio de cualquier producto fuera de carta antes de servirlo

6. Prohibido cobrar por cubierto, servicio o agua del grifo
La OCU recuerda que es ilegal cobrar por:

  • Servicio de mesa

  • Cubierto

  • Agua del grifo

Tampoco puede rechazarse el pago en efectivo. En cambio, sí se puede rechazar el pago con tarjeta, pero solo si se avisa claramente antes de consumir.

7. El ticket debe detallar todos los productos
El establecimiento está obligado a emitir un ticket o factura desglosada, donde aparezcan claramente todos los productos y precios. No hacerlo incumple la normativa de consumo.

Qué hacer si detecta un abuso

Si durante estas fiestas se sufre alguna práctica abusiva, la OCU recuerda que el cliente puede solicitar la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, es recomendable avisar a la policía municipal para que levante acta.

Además, aconseja conservar siempre el tique de compra, un documento clave para cualquier reclamación posterior.

 

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