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Domingo de Resurrección en Valencia: Horarios del desfile y de todos los actos

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Domingo de Resurrección en Valencia
ARCHIDIÓCESIS VALENCIA

El Domingo de Resurrección pone fin a la Semana Santa Marinera de Valencia. Se trata de una jornada festiva con muchas celebraciones durante la mañana, en la que destaca el conocido desfile de Resurrección, una multitudinaria procesión diurna con música, flores y color.

Domingo de Resurrección en Valencia

Semana Santa Marinera

13:00 Acto Colectivo del Desfile de Resurrección. Itinerario: Mercado del Cabañal, calle Mediterráneo, calle Escalante, calle Pintor Ferrandis, plaza Iglesia de los Ángeles, calle Pedro Maza, calle de la Reina, plaza Semana Santa Marinera, calle Doctor Juan José Dómine, avenida del Puerto, calle Cristo del Grao, calle Ernesto Anastasio, calle Francisco Cubells, calle del Rosario, plaza Iglesia del Rosario donde finalizará.

PARROQUIA SANTA MARÍA DEL MAR

10:00 Salida del Templo de la imagen de Jesús Resucitado, portado por la Cofradía de Jesús de Medinaceli para acudir a la Oración por los Difuntos en la dársena del puerto. Itinerario: plaza Tribunal de las Aguas, avenida del Puerto, dársena interior del puerto de València (antigua escalera real) donde se hará una ofrenda de una corona de laurel y se rezará una Oración. El regreso será por la avenida del Puerto.

10:15 Salida de la Santísima Virgen de los Dolores Coronada del Templo Parroquial para participar en el Encuentro de Gloria.

10:30 Santo Encuentro de Resurrección en la plaza Juan Antonio Benlliure -Reales Atarazanas-. A continuación, Procesión. Itinerario: plaza Juan Antonio Benlliure, calle José Aguirre, calle Escalante, Correos, calle Dr. JJ Dominé, avenida del Puerto, plaza Tribunal de las Aguas, Parroquia.

12:00 Eucaristía de Resurrección.

PARROQUIA SAN MAURO MÁRTIR

12:00 Eucaristía de Resurrección.

PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO

09:30 Procesión del Encuentro Glorioso entre Cristo Resucitado y la Santísima Virgen a la altura del número 37 de la calle de la Barraca.

10:00 Procesión del Comulgar de Impedidos.

12:15 La Real Hermandad de la Santa Faz realizará el tradicional acto de Recogida de Personajes Bíblicos en su local social, calle José Benlliure número 59.

PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DE LOS ÁNGELES

08:00 Celebración de la Eucaristía.

08:45 Diana al Santísimo Cristo del Salvador por la banda de cornetas y tambores en la casa agraciada, calle Escalante número 267.

09:00 Encuentro de la Virgen con su Hijo Resucitado en la calle Escalante número 231, realizando este acto la Real Hermandad de Jesús con la Cruz y Cristo Resucitado y la Corporación de Granaderos de la Virgen. A continuación, traslado de la Imagen de Jesús Resucitado a la Parroquia y de la Dolorosa a la casa agraciada donde quedará expuesta hasta el jueves de Pascua.

10:00 Procesión del Comulgar de Enfermos e Impedidos de la Parroquia, con la participación de todas las Hermandades, Cofradías y Corporaciones de la Junta Parroquial.

PARROQUIA CRISTO REDENTOR-SAN RAFAEL ARCÁNGEL

09:00 Eucaristía.

09:45 Procesión del Comulgar de Enfermos e Impedidos. En el caso de que no hubiera enfermos e impedidos a los que dar la Sagrada Comunión, se realizará la Procesión del Santísimo Sacramento.

En el caso de realizar la Procesión del Santísimo Sacramento, el itinerario será el siguiente: Parroquia, calle de la Reina, calle Mediterráneo, calle Escalante, calle Cura Planelles, calle de la Reina, finalizando en la Parroquia.

11:00 (aprox.) Santo Encuentro. Al finalizar la Procesión del Comulgar de Enfermos e Impedidos, ante la puerta de la Parroquia, tendrá lugar el encuentro entre el Resucitado -representado por un niño de la Corporación de Sayones del Cristo Yacente- y la Virgen Dolorosa de la Hermandad de María Santísima de las Angustias, acompañados de la Hermandad del Santísimo Cristo del Salvador y del Amparo.

Desfile de Resurrección

El Desfile de Resurrección se trata de un acto único en toda España, lleno de color, flores y música, y en el que participan las 30 hermandades, cofradías y corporaciones que integran la Semana Santa Marinera, fiesta de Interés Turístico Nacional.

En el Desfile de Resurrección los cofrades visten colores claros (el Viernes Santo los llevan oscuros) y portan sus báculos adornados con flores. Los personajes bíblicos –figura propia de la Semana Santa Marinera– cambian sus atributos por flores, que lanzan al público. Otra de las peculiaridades de este desfile es la ausencia de imágenes y pasos y la presencia de piezas de música más festivas. Por ello, la marcha es a paso ligero.

Itinerario: plaza del mercado del Cabanyal, avenida del Mediterráneo, calle Escalante, calle Pintor Ferrandis, plaza de la iglesia de los Ángeles, calle Pedro Maza, calle de la Reina, plaza de la Semana Santa Marinera (antes plaza de la Armada Española), calle José Juan Dómine, avenida del Puerto, calle Cristo del Grao, calle Ernesto Anastasio, calle Francisco Cubells, calle del Rosario y plaza de la iglesia del Rosario.

Actos en la Catedral de Valencia

Por último, el Domingo de Resurrección, 31 de marzo, se celebrarán a las 10.30 horas los Laudes y la Santa Misa de Pascua, oficiada por el Arzobispo.

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Declaración de la Renta 2023: todas las novedades que debes saber

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Declaración de la Renta 2023
Declaración de la Renta 2023

La campaña de la declaración de la renta 2023 comienza el 3 de abril y, desde entonces, el borrador podrá modificarse y presentarse hasta el 1 de julio, un periodo algo más largo si lo comparamos con otros años. En año al que se refiere la Campaña, en 2023, el Gobierno puso en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales. Repasamos todas las novedades de la renta 2023.

Quién está obligado a hacer la declaración de la renta: nuevos criterios

Una de las novedades de la campaña de la renta 2023-2024 más relevantes es la subida del mínimo de ingresos que obligan a presentar la declaración. De este modo, estamos obligados a declarar a Hacienda si el año pasado ganamos más de 15.000 euros brutos anuales y tuvimos más de un pagador. Dicho límite antes estaba en 14.000 euros.

Quienes solo tienen un pagador (o varios, pero el segundo y siguientes suman menos de 1.500 euros) están obligados a declarar si ganan más de 22.000 euros, igual que en campañas anteriores.

Desde este año, además, los autónomos y los trabajadores del mar están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos.

Otros cambios para los autónomos en la declaración de la renta 2023

Para quienes trabajan por cuenta ajena, es decir, los autónomos, la campaña de la renta 2023-2024 guarda otro cambio: los gastos de difícil justificación podrán ser hasta el 7% del total declarado, cuando antes eran del 5%.

Maternidad

Otro requisito que se ha facilitado este año tiene que ver con la maternidad. Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, bastaría con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos.

Este cambio en las deducciones por maternidad, se suma a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años. Hasta ahora, solo era posible aplicarse si llevábamos a nuestros hijos a uno de los centros de educación infantil autorizados por la comunidad autónoma, pero a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, este año también es válido cualquier guardería que tenga licencia del ayuntamiento.

Cambios en las retenciones

En la campaña de la renta 2023-2024, hay una reducción del cálculo de los rendimientos del trabajo para las rentas menores de 14.047,50 euros, y también entre dicha cantidad y 19.747,50 euros. “A efectos prácticos hace que paguen un poquito menos de impuestos”, explica a RTVE.es la responsable del área fiscal de Tax Down, Paula Urcera.

Para las rentas altas, en cambio, aumentan ligeramente los impuestos al añadir un nuevo tramo en el gravamen al ahorro. A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y  a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).

El IRPF de los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, cuando se aplica un tipo del 28%. En el tramo anterior, de los 200.000 a los 300.000 euros, el tipo es ahora del 27%, un punto porcentual más que antes.

Pero también existen reducciones en el ámbito de las inversiones. Con la nueva ley de startups es posible deducirse un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cuando antes era de un 30% sobre 60.000 euros.

Se han reducido también las retenciones a obras literarias, artísticas o científicas, y en menor medida a cualquier rendimiento a los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Finalmente, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los artistas y al 0,8% por las rentas obtenidas en Ceuta, Melilla y, este año, también la isla de La Palma.

Por la compra de un coche eléctrico

Como novedad también de este año, quienes se han comprado un vehículo eléctrico o han instalado en su casa un punto de recarga pueden deducirse parte de esos gastos. La deducción es del 15% del valor, que se aplica sobre una base máxima de 20.000 euros en el caso coches, motos, etc., y hasta 4.000 euros anuales en los puntos de recarga.

Para aplicarlo, podemos encontrar el apartado dentro de las «Deducciones generales» de la cuota y aparecerá como «deducción por la adquisición de vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible y puntos de recarga».

Deducciones autonómicas en vivienda

El grueso de las novedades en la declaración de la renta viene de la mano de las deducciones autonómicas. Las aplicables al alquiler se encuentran entre las más habituales y desde TaxDown instan a revisar bien las de nuestro territorio, porque han podido introducirse nuevas o han podido cambiar los criterios. Estas, además, tendremos que introducirlas manualmente en las casillas correspondientes.

“Hay que mirarse bien los requisitos que exige cada comunidad y tener la documentación”, recuerda Urcera, que en materia de vivienda apunta también a posibles deducciones autonómicas por tener una vivienda hipotecada o por comprar o reformar una casa en zonas despobladas.

Deducirse gastos médicos, educativos y demás

Pero las deducciones autonómicas no se limitan a la vivienda. Desde este año, por ejemplo, La Rioja y la Comunidad Valenciana permiten deducirse los gastos del gimnasio u otras actividades deportivas, con el objetivo de fomentar un modo de vida saludable. En Canarias y Cantabria existen deducciones por “gastos de enfermedad”, y en Asturias se han incluido las ayudas a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).

En el ámbito educativo, la Comunidad de Madrid permite deducirse el pago de intereses de préstamos de estudios de grado, máster o doctorado, mientras Aragón o Asturias, entre otras, incluyen la adquisición de libros de texto y material escolar. Y en otro caso de deducciones muy específicas, Andalucía permite incluir los gastos de defensa jurídica por un conflicto laboral.

“Hay más de 200 deducciones autonómicas y es importante que estudiemos bien cuáles nos podemos aplicar”, insiste la experta fiscal de TaxDown, Marta Rayaces. “Hemos estimado que hay aproximadamente unos 400 euros de ahorro de los que nos podemos beneficiar si las aplicamos”.

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