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El gran enfado de Àlex Casademunt de OT 1

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MADRID, 20 Ago. (CHANCE) – La nueva edición de Gran Hermano Vip está a la vuelta de la esquina y como sucede cada año antes de su emisión hay una gran cantidad de especulaciones sobre los posibles participantes que entrarán en la casa de Guadalix de la Sierra.

Pero, entre esas suposiciones también hay contradicciones. Es el caso del ex triunfito Àlex Casademunt quien ha desmentido su colaboración en el reality show con un comunicado en el que se muestra muy molesto debido al aluvión de menciones que le han llegado los últimos días.

El cantante ha escrito de forma tajante en una publicación de Instagram: «No voy a GH VIP». El mensaje del concursante de la primera edición de Operación Triunfo ha explicado a sus seguidores su no participación en Gran Hermano Vip con el siguiente comunicado: «A ver queridos amigos … Sé que ya es algo tarde pero he abierto las personas que me mencionan y ya he tenido que pronunciarme porque es demasiada la gente que me lo pregunta !! NO !!!! NO VOY A ‘GHVIP’ NO VOY, ME HE QUEDADO COMO VOSOTROS CON LA NOTICIA, ya queda dicho y por favor , que algunos no tengan tanta imaginación para afirmar que yo entraba allí , y decirlo en la tv y quedarse tan a gusto… Buenas noches y dicho queda…».

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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